Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/8/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 163

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIOS DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
OFICINA DE ALGECIRAS
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO

D. Rafael Antonio Espigares Navarro, Jefe de la Unidad de Recaudación de Algeciras del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER:

En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Algeciras, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:

CONCEPTO:IBI URBANA segundo semestre, BIENES INMUEBLES
DE CARACTERISTICAS ESPECIALES Segundo semestre, RUSTICA, IMPUESTO
ACTIVIDADES ECONOMICAS, BASURA INDUSTRIAL, BASURA DOMESTICA, GARAJES, RÓTULOS, TOLDOS.

PLAZOS DE INGRESO: del 1 de Septiembre hasta el 20 de Noviembre de 2020, ambos inclusive.

LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica o la APP Dipupay o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja.

MODALIDADES DE COBRO:
- Mediante la app Dipupay disponible en Google Play y App Store - A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
- Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO
SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA.
- Mediante díptico/carta de pago.
- Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
- Mediante Plan de Pago Personalizado.

Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán solicitar cita en el teléfono de Atención Telefónica al Contribuyente 856 940 243 de la Unidad de Recaudación de Algeciras sita en C/ Sindicalista Luis Cobos 2 1 planta Edificio Bomberos Algeciras, en horario de 9 a 13 horas, de lunes a viernes.

ADVERTENCIA: Una vez transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del periodo ejecutivo que prevé el artículo 28 de la Ley General Tributaria e intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que hago público para general conocimiento de todos los contribuyentes,
En Algeciras a 10 de Agosto de 2020. EL JEFE DE UNIDAD DE
RECAUDACIÓN DE ALGECIRAS Fdo.: Rafael Antonio Espigares Navarro.Nº 42.772

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCALA DEL VALLE
ANUNCIO

El Sr. Alcalde-Presidente, con fecha 10 de Agosto de 2.020, ha dictado decreto delegando las facultades que le confiere la Ley 35/1994 de 23 de diciembre, para la celebración de matrimonio civil, en la Concejala Doña Francisca Dorado Redondo, matrimonio que tendrá lugar en las Dependencias de este Ayuntamiento el día 15 de Agosto de 2.020 entre D. Juan Antonio Párraga Rayas y D María Cristina Dorado Ayala.

Alcalá del Valle, a 10 de Agosto de 2.020. El Alcalde-Presidente, Fdo.:
Rafael Aguilera Martínez Nº 42.579


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

El Pleno del Ilmo. Ayuntamiento de Chipiona, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2020, acordó la aprobación inicial de la modificación puntual del Reglamento de Uso y Funcionamiento del Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación Cádiz y el Nuevo Mundo.

Dicho texto se expone al público mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de Cádiz número 110 de 12 de junio de 2020, así como en el Tablón de Anuncios de la Corporación y el Portal de Transparencia, no habiéndose presentado ninguna alegación ni sugerencia contra el acuerdo referido durante el periodo de exposición al público, según consta en Informe de la Jefa del Registro General de fecha 30 de julio de 2020, por lo que se eleva a definitiva la modificación puntual del Reglamento de Uso y Funcionamiento del Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación Cádiz y el Nuevo Mundo, cuyo texto íntegro es el que sigue:
REGLAMENTO DE USO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES
DEL CASTILLO DE CHIPIONA Y CENTRO DE INTERPRETACIÓN
CÁDIZ Y EL NUEVO MUNDO.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo1.- Consideraciones Generales
El Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación: Cádiz y el Nuevo Mundo es un centro cultural integrado dependiente del Ayuntamiento de Chipiona.

26 de agosto de 2020

Entre otras funciones, tiene encomendada la difusión, gestión y administración de la exposición permanente: Cádiz y el Nuevo Mundo, de actividades socioculturales y educativas de interés público, así como una serie de servicios e instalaciones a todos los ciudadanos, haciendo más accesible el acceso a la cultura, y promoviendo la participación de estudiantes, asociaciones, colectivos, investigadores y los ciudadanos en general. El Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación: Cádiz y el Nuevo Mundo pone a disposición de cualquier persona o entidad, la posibilidad de acceder a las distintas instalaciones dependientes del Ayuntamiento de Chipiona, bien para integrarse en actividades dirigidas desde el propio Castillo de Chipiona, bien para realizar actividades libres, cursos, conferencias, jornadas, audiciones, exposiciones o cualquier otra forma de práctica y/o manifestación sociocultural.

Artículo 2.- Ámbito de Aplicación
El presente reglamento tiene por objeto regular las competencias, la organización y funcionamiento del Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación:
Cádiz y el Nuevo Mundo integrados y dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Chipiona. En todo caso lo no previsto en el presente Reglamento será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. El Castillo y Centro de Interpretación: Cádiz y el Nuevo Mundo están ambos, situados en la calle Castillo Nº 5, 11550 Chipiona CÁDIZ.

Artículo 3.- Objetivos del Centro
El objetivo básico es promover y fomentar la práctica de la cultura en general en la ciudad de Chipiona, a través de la exposición del Centro de Interpretación:
Cádiz y el Nuevo Mundo y, demás actividades socioculturales y de carácter general que se desarrollen. Este objetivo se consigue a través de los siguientes medios:
1. Impulsar programas y servicios de carácter general que respondan a las demandas y necesidades del ciudadano y que tengan por objeto el desarrollo integral del mismo.
2. Servir de instrumento válido para las iniciativas y actividades culturales fomentando la participación activa de personas y colectivos en los procesos sociales, culturales y otros del municipio.
3. El Centro Cultural, Castillo de Chipiona y el Centro de Interpretación: Cádiz y el Nuevo Mundo, están destinados a realizar actividades socioculturales, docentes y lúdicas que requieren el cumplimiento de una serie de normas de comportamiento por parte de los usuarios.

Artículo 4.- Instalaciones del Castillo de Chipiona
Son instalaciones del Castillo de Chipiona todas aquellas salas o dependencias, que se encuentran en su interior y que equipados para desarrollar la práctica de las actividades a que vayan dirigidas y, cuya gestión tenga encomendada el centro cultural integrado dependiente del Ayuntamiento de Chipiona, el Castillo de Chipiona, la Delegación de Cultura, la Delegación de Turismo u otras entidades, personas físicas o jurídicas, mediante concesión o cesión administrativa. En lo que se refiere a la protección integral de del edificio inmueble y su entorno, sirva como normativa complementaria de desarrollo la Ley 16/1985 de 25 de Junio del Patrimonio Histórico Español, Ley 14/2007, de 26 de Noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Artículo 5.- Horarios
Los horarios de visita pública al Centro de Interpretación: Cádiz y el Nuevo Mundo serán de 10h. a 14h. y de 17h. a 19h de martes a viernes. Sábado, Domingos y festivos de 10h. A 14h. Los lunes permanecerá cerrado. Los meses de Julio y Agosto se abrirá de: 10h. a 14h. Y de 18h. A 21 h. de martes a sábado. Domingos y festivos de 10h. A 14h. Los lunes permanecerá cerrado. El último pase al centro será cuarenta y cinco minutos 45 min. antes de su cierre, tiempo de visita medio estimado, para permitir una correcta visualización de los distintos elementos del recorrido. Para el acceso en el periodo de Navidades habrá que consultar la disponibilidad según concurran las circunstancias. El régimen de apertura en horarios especiales necesitará, la previa solicitud motivada por el ciudadano, representante del colectivo, organización o asociación, entidad, persona física o jurídica, etc. de un estudio de la necesidad concreta de apertura del centro y acuerdo específico en cada caso. Los colectivos, organizaciones o asociaciones, entidades, personas físicas o jurídicas, etc. que realicen actividades deberán ajustarse al horario del centro, finalizando todas las actividades 10 minutos antes del horario del cierre del centro salvo, en los casos excepcionales que lo autorice el Ayuntamiento a través del coordinador o responsable que estuviera en ese momento del Castillo de Chipiona. El horario se expondrá en lugar visible y accesible para el público, cualquier modificación o cierre para mantenimiento de las instalaciones se comunicará con la suficiente antelación en el tablón de anuncios del Castillo de Chipiona y/o por los medios que se estimen oportunos para su mejor difusión.
CAPÍTULO II. DE LA CONDICIÓN DE USUARIO.
Derechos y Obligaciones Generales de los Usuarios
Artículo 6.- Usuarios 1.- A efectos de la presente normativa se entiende por usuarios de las instalaciones del Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación: Cádiz y el Nuevo Mundo a aquellas personas o entidades que visitan o utilizan éstas, bien participando en programas promovidos y gestionados por el centro cultural integrado dependiente del Ayuntamiento, Castillo de Chipiona, o cualquier delegación municipal del Ayuntamiento de Chipiona, Organismo Público, peticionario autorizado para llevar a cabo actividades o bien participando del alquiler o cesión de dichos espacios.
2.- Cuando el usuario de la instalación sea un menor, serán responsables de las consecuencias de sus actos, sus padres o tutores legales.
3.-Aunque el usuario esté exento de abonar la tasa por el uso de la actividad o servicio, siempre estará obligado a cumplir el presente reglamento.

Artículo 7.- Derechos de los Usuarios:
1.-Los usuarios tendrán derecho al disfrute de las instalaciones del Castillo de Chipiona dentro de los límites que establece este Reglamento.
2.- El centro cultural integrado dependiente del Ayuntamiento, Castillo de Chipiona, organizará actividades de interés colectivo, estando abiertas a su participación.
3.- La organización de actividades en el Castillo de Chipiona, se realizará previa solicitud del usuario y una vez autorizada por el Centro.
4.- A ser tratados con dignidad y respeto.
5.-A recibir una información suficientemente detallada acerca de las actividades que

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/8/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/08/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6006

Primera edición02/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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