Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/8/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 157
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA, INDUSTRIA Y ENERGIA
CADIZ
ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, se encuentra sometido al trámite de información pública, el expediente de autorización del Plan de Restauración de los terrenos afectados por el proyecto de Ampliación de la explotación de recursos de la sección A, denominada "LA SALINILLA , en el término municipal de San José del Valle Cádiz.
Solicitud de autorización del plan de restauración de fecha 13/09/2018.
Organismo competente para la autorización del citado Plan: Delegación del Gobierno en Cádiz.
Propuesta de Resolución del Plan de Restauración: Aprobación.
Plazo de exposición al público del Plan de Restauración: 30 días.
Lugar de exposición del Plan de Restauración: Delegación del Gobierno en Cádiz.
Servicio de Industria, Energía y Minas. Departamento de Minas. Plaza Asdrúbal 6
2 planta, Cádiz.
Medios para la información: Documental, previa cita a través del teléfono de atención al ciudadano y vía internet a través del Portal de la Transparencia.
Procedimientos de participación pública: Los establecidos en los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las Administraciones Públicas
Lo que se hace público para que pueda ser examinado el expediente para su consulta documental en la sede de la Delegación del Gobierno en Cádiz, previa cita al teléfono 955 063 910, o a través del Portal de la Transparencia, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo, no se admitirá alegación alguna.

09/03/2020. LA DELEGADA DEL GOBIERNO. Fdo.: Ana Mestre García.
Nº 40.604


CONSEJERIA DE HACIENDA, INDUSTRIA Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR
LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.

Visto el expediente AT-13976/19, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
- Peticionario: RED ELECTRICA DE ESPAÑA, S.A.U.
Domicilio: Paseo Conde de los Gaitanes, 177 LA MORALEJA - 28109 ALCOBENDAS
MADRID
- Lugar donde se va a establecer la instalación: Subestación PUERTO REAL según planos de Proyecto Término municipal afectado: PUERTO REAL
- Finalidad: FACILITAR MALLADO RED DE TRANSPORTE EN LA ZONA

Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación de Gobierno es competente para resolver el expediente, en base a lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo; el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado mediante Decreto del Presidente 6/2019 de 11 de febrero; el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía; la Resolución de 9 de marzo de 2016, BOJA nº 51, de 16/03/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE
CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a RED ELECTRICA DE ESPAÑA, S.A.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:
AMPLIACIÓN DE SUBESTACIÓN PUERTO REAL 220
Parque de 220 kV
Nueva posición de salida de línea a Cartuja Nueva posición de interruptor central Reconfiguración de las salidas de línea.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo
18 de agosto de 2020

se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución.
El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.
7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

30/07/2020. LADELEGADADEL GOBIERNO EN CÁDIZ.ANAMESTRE
GARCÍA. Firmado.

Nº 40.681

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
OFICINA DE MEDINA SIDONIA
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
Juan José Borrego Ramírez, Jefe de Unidad de Medina-Sidonia del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER: En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Medina-Sidonia, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos
CONCEPTOS:
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERISTICAS
ESPECIALES B.I.C.E.S ANUAL 2020
- IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA ANUAL 2020
- IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICAANUAL 2020
- IMPUESTO DE ACTIVADADES ECONÓMICAS ANUAL 2020
- TASA DE RECOGIDA DE BASURAS 2º S 2020
- TASA ENTRADA DE VEHICULOS ANUAL 2020
PLAZOS DE INGRESO: del 1 de Septiembre hasta el 13 de Noviembre 2020, ambos inclusive.
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica o la APP Dipupay o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 h. a 13:30 h.

MODALIDADES DE COBRO:
- Mediante la app Dipupay disponible en Google Play y App Store - A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
- Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO
SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA.
- Mediante díptico/carta de pago.
- Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
- Mediante Plan de Pago Personalizado.

Los contribuyentes podrán efectuar el pago en las Entidades Bancarias utilizando la modalidad de dípticos, que podrán obtenerse de la Sede Electrónica, contactando con las Unidades Tributarias a través de nuestros teléfonos y correos electrónicos. Una vez transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/8/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha18/08/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones6006

Primera edición02/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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