Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/6/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de junio de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 115

3- Si durante este plazo no se presentaran alegaciones, la aprobación inicial será automáticamente elevada a definitiva.

4- Una vez aprobada definitivamente, se publicará íntegramente en el BOP.

Se hace público a los efectos arriba citados.

Alcalá del Valle a 10 de Junio de 2020. ELALCALDE, fdo.: Rafael Aguilera Martínez.
Nº 28.311


AYUNTAMIENTO DE ALCALA DEL VALLE
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcalá del Valle Cádiz por el que se aprueba inicialmente el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2020.

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha nueve de Junio de 2020, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal para el ejercicio económico 2020, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Alcalá del Valle a 10 de Junio de 2.020. EL ALCALDE, Fdo.: Rafael Aguilera Martínez.
Nº 28.332


AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE
ANUNCIO

Expediente: 2806/2020. Habiéndose aprobado inicialmente por Decreto de Alcaldía número 2020/2592 de fecha 5 de junio de 2020 el Proyecto de Bases y Estatutos de la Junta de Compensación del la Unidad de Ejecución Área 15-CA
Campamento San Roque del PGOU de San Roque, promovido por la mercantil VALDECARRETA UNION, S.L., se expone al público por el plazo de VEINTE
DÍAS, a partir de la publicación de este anuncio en el B.O.P., pudiendo examinarse el expediente en el Área de Urbanismo, Ordenación del Territorio, Medio Ambiente y Fomento de la Actividad Económica del Ayuntamiento de San Roque, sito en Plaza Espartero nº 10, y en su caso, presentarse las alegaciones que procedan.

En San Roque, 9/06/2020, firma el Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento. Fdo.: Juan Carlos Ruiz Boix.
Nº 28.340


AYUNTAMIENTO DE ALCALA DEL VALLE
ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento de Alcalá del Valle Cádiz, en sesión de fecha nueve de Junio de dos mil veinte, adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO:

1- Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal para el reconocimiento del Régimen Jurídico aplicable a las Construcciones, Obras e Instalaciones irregulares terminadas y existentes en el municipio de Alcalá del Valle Cádiz.

2- Someter este acuerdo al trámite de información pública durante el plazo de treinta días mediante publicación de anuncios en el BOP y en el tablón de anuncios de la casa consistorial.

3- Si durante este plazo no se presentaran alegaciones, la aprobación inicial será automáticamente elevada a definitiva.

4- Una vez aprobada definitivamente, se publicará íntegramente en el BOP.

Se hace público a los efectos arriba citados.

Alcalá del Valle a 10 de Junio de 2020. EL ALCALDE, Fdo.: Rafael Aguilera Martínez.
Nº 28.357


AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
EXTRACTO DEL ACUERDO EN SESIÓN ORDINARIA, DE 03 DE MARZO
DE 2020, DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL POR EL QUE SE APRUEBA
LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE TERCERA
EDAD PARA 2020.
BDNSIdentif.:509933

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:

Primero. Entidades beneficiarias.

Serán beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro que realicen acciones en
Página 13

favor del colectivo de la tercera edad en nuestra localidad, que sean y estén legalmente constituidas como asociaciones de mayores e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Chiclana y que desarrollen sus proyectos dentro de este término municipal.

Segundo. Objeto.

El objeto es regular la concesión de subvenciones para el año 2020 y dentro de los límites establecidos por el presupuesto municipal en la aplicación presupuestaria 2314.489, a proyectos promovidos por asociaciones de mayores legalmente constituidas y que y, que realicen acciones en favor del colectivo de la tercera edad en nuestra localidad, para ayudar a financiar los gastos de mantenimiento de las sedes sociales y los ocasionados por el desarrollo de las actividades previstas en la presente convocatoria.

En ningún caso, se subvencionarán los gastos de inversión, únicamente se subvencionarán los gastos corrientes.

Tercero. Convocatoria.

La Convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana otorga, a través de la Delegación de Tercera Edad, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente al año 2020. Dicha convocatoria puede ser consultada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la Delegación de Tercera Edad a la dirección http ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=o 00671a14721030d80c07e3369050d08I documento autentificado mediante el Código Seguro de Verificación y en la página web municipal www.chiclana.es junto con la Ordenanza de Subvenciones y los Anexos correspondientes.

Cuarto. Cuantía.

La Delegación de Tercera Edad destinará a estos efectos una cuantía total de dieciseis mil ochocientos euros 16.800 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes que habrán de ajustarse al modelo que acompaña al anuncio de ésta convocatoria Anexo I y la documentación exigida podrán presentarse durante los 30 días naturales, siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de forma electrónica mediante ventanilla virtual, https www.
chiclana.es/oficina-virtual/acceso-ventanilla-virtual/

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación y anexos que se exigen en la presente convocatoria.

El abono de la totalidad de la subvención se realizará en un solo pago previo a su justificación. No se realizará pago alguno al beneficiario de la subvención concedida en tanto existan subvenciones otorgadas a su favor cuya justificación no haya sido aprobada.

Los pagos de las subvenciones se efectuarán conforme a las prioridades, órdenes y directrices emanadas de la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera y según las disponibilidades de caja existentes.

En Chiclana de la Fra., al día de la fecha de la firma electrónica.

CHICLANA DE LA FRONTERA, 03 de marzo de 2020. DELEGADA
DE TERCERA EDAD.
Nº 28.358


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
ANUNCIO

El Ayuntamiento en Pleno, en sesiones celebradas en fechas 16/01/2019 y 12/02/2020, acordó modificar la relación de puestos de trabajo.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicho acuerdo, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer sin que puedan simultanearse, los siguientes recursos:

1.- Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución. artº 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.- Contencioso-Administrativo: en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta notificación, o bien en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.

Los expedientes se podrán examinar en el Servicio de Personal de este Ayuntamiento de lunes a viernes en horario de 09:00h a 13:00h.

02/06/2020. LA TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA DE RECURSOS
HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y FOMENTO DE EMPLEO. Fdo.: Marina Peris Sayabera.
Nº 28.496


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA DESIGNACIÓN DE JUEZ
DE PAZ SUPLENTE DEL MUNICIPIO DE CHIPIONA

D. LUIS MARIO APARCERO FERNÁNDEZ DE RETANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

Hago Saber:

Que la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de Julio del Poder Judicial, determina que los Jueces de Paz y su sustituto serán nombrados por un periodo de cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, debiendo recaer el nombramiento

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/6/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/06/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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