Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/6/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 101

ADMINISTRACION DEL ESTADO
MINISTERIO DE HACIENDA
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
JEREZ DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE COBRANZA RELATIVO A LOS RECIBOS DEL I.A.E. 2020

Se comunica, en relación con los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a 2020, y cuando se trate de cuotas nacionales y provinciales, cuya gestión recaudatoria corresponde a la Administración Tributaria del Estado, lo siguiente:

PLAZO PARA EFECTUAR EL INGRESO

Del 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2019 Resolución de 18 de mayo de 2020 del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

LUGAR DE PAGO
Cuotas nacionales.

A través de las Entidades colaboradoras Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.
Cuotas provinciales.

A través de las Entidades colaboradoras Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.

Los ingresos se podrán efectuar en el horario de atención al público de dichas Entidades.

Asimismo, el pago de cuotas nacionales y provinciales podrá ser realizado mediante adeudo en cuenta, a través de Internet, en la dirección www.
agenciatributaria.es, en la opción: Sede Electrónica. Trámites Destacados Pago de Impuestos. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo y el devengo de los intereses de demora y de los recargos a que se refieren los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.
Nº 25.213

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
DEPARTAMENTO DE GESTION, INSPECCION Y SANCIONES
ANUNCIO
SAN MARTÍN DEL TESORILLO
EXPOSICIÓN DE LA MATRÍCULA DEL IMPUESTO
SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Recibida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la matrícula provisional del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Cuotas municipales se hace saber para general conocimiento que durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, estará expuesta en el tablón de anuncios del Municipio de San Martín del Tesorillo la Matricula del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2.020 a fin de que sea examinada por los interesados y puedan presentar, en su caso, la reclamaciones que estimen convenientes.

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Municipio de San Martín del Tesorillo.

Recursos contra la matrícula.

La inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o la alteración de cualquiera de los datos a los que se refiere el apartado 2 del artículo 2
del Real Decreto 243/95, de 17 de Febrero, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición potestativo ante el órgano competente o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal correspondiente.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.
19/05/2020. EL ALCALDE. Fdo. Jesús Fernández Rey.
Nº 25.169

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TARIFA
ANUNCIO
EXPOSICIÓN DE LA MATRÍCULA DEL IMPUESTO
SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS

Recibida de la Agencia Estatal de Administración la matrícula provisional del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS Cuotas municipales se hace saber para general conocimiento que durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la
1 de junio de 2020

Provincia, o hasta el 30 de mayo o a una fecha posterior si así resultara de la normativa de aplicación, todo ello de acuerdo con lo previsto por el Real Decreto Ley 15/20202, de 21 de abril de 2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y la ocupación, estará expuesta en la oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Tarifa la Matricula del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2020 a fin de que sea examinada por los interesados y puedan presentar, en su caso, la reclamaciones que estimen convenientes. La inclusión de un sujeto pasivo en la matricula, así como su exclusión o la alteración de cualquiera de los datos a los que se refiere el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 243/95, de 17 de febrero, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición potestativo ante el órgano competente o reclamación-administrativa ante el tribunal correspondiente.

Los interesados en la consulta deberán solicitar cita previa mediante la Oficina de Atención al ciudadano de este Ayuntamiento.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

Tarifa a 13 de mayo de 2020. EL ALCALDE, Fdo.: Francisco Ruiz Giráldez Nº 24.438


AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
EDICTO

Por Resolución Alcaldía núm.2867, de fecha 14/05/2020, se aprobó la Matrícula Provisional del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS, ejercicio 2020, de acuerdo a datos remitidos por la Agencia Tributaria en relación con el Importe neto de la Cifra de negocios, compresiva de titulares de actividades empresariales, artísticas y locales afectos.

1. Cuota Municipal - comienza con ABA ESPAÑA ASOC AVANC
CIENCIA CONDUCTA" termina con ZOÑUN CONSTRUCCIONES Y
PROYECTOS SL.

2. Cuota Nacional comienza con AVILA FARZON SL y termina con REPARACIONES MECAMANSOL SL.

La misma se expone al público por plazo de QUINCE DÍAS hábiles a fin de que los interesados legítimos puedan examinarla y presentar las reclamaciones que contra la misma estimen oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento según lo dispuesto en los art. 2 y 3 del Real Decreto 243/1995 por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal del impuesto modificado por Real Decreto 1041/2003, de 1 de Agosto , por el que se aprueba el nuevo Reglamento por el que se regulan determinados censos tributarios y se modifican otras normas relacionadas con la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas.

En Chiclana de la Frontera, el 15/05/20. EL TENIENTE-ALCALDE
DELEGADO DE HACIENDA, Fdo.: D. Joaquín Guerrero Bey. Fdo.: José Antonio Polo Amo.
Nº 24.852


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
EDICTO

D. GERMAN BEARDO CARO, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María,
HAGO SABER:

Que en virtud de Decreto del Teniente de Alcalde Delegado del Área Económica número 2020/2196 de once de mayo de dos mil veinte, se ha resuelto:

1º.- Aprobar las listas cobratorias por los conceptos de la Tasa Municipal de Reservas de espacio por la instalación de Toldos, Tasa Municipal por Ocupación de Terrenos de uso público con mesas y sillas anuales, y Tasa Municipal por Ocupación de la vía pública con Kioscos correspondientes al ejercicio 2.020, que estarán expuestas al público en las oficinas de la U.A. Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:00, durante el plazo de VEINTE DÍAS contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del Edicto correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia , a efectos de su examen por parte de quienes tuvieren un interés legítimo , que podrán interponer contra los recibos recurso de reposición, previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes, a contar desde el inmediato día hábil siguiente al del término del período de exposición pública de las listas cobratorias.

2º.- Al objeto de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, los referidos conceptos tributarios se podrán pagar de forma fraccionada. La primera mitad 50% de la cuota anual, o la cuota completa si así lo desea el contribuyente se abonará entre los días 1 de julio y 31 de agosto del presente año. El segundo pago se realizará entre los días 1 de octubre y 1 de diciembre del año corriente.

3º.- Los pagos podrán realizarse en las oficinas de las entidades bancarias o cajas colaboradoras, en horario de atención al público.

4º.- El impago de las cuotas fraccionadas en los períodos correspondientes al primero 1 de julio a 31 de agosto y segundo plazo 1 de octubre a 1 de diciembre, supondrá su exacción por vía de ejecutiva y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/6/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha01/06/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones5999

Primera edición02/01/2001

Ultima edición18/04/2024

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