Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/6/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 114

provisional del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Cuotas municipales se hace saber para general conocimiento que durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, estará expuesta en el tablón de anuncios del Municipio de San Martín del Tesorillo la Matricula del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2.019 a fin de que sea examinada por los interesados y puedan presentar, en su caso, la reclamaciones que estimen convenientes..

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Municipio de San Martín del Tesorillo.

Recursos contra la matrícula
La inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o la alteración de cualquiera de los datos a los que se refiere el apartado 2 del artículo 2
del Real Decreto 243/95, de 17 de Febrero, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición potestativo ante el órgano competente o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal correspondiente.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.
10/6/2019. Presidente de la Comisión Gestora del Municipio Fdo. Jesús Fernández Rey.
Nº 45.737


Area de Desarrollo Economico y Servicios a la Ciudadania Fundacion Provincial de Cultura CONVOCATORIA
BDNSIdentif.:461463

CON FECHA 31 DE MAYO DE 2019, LA PRESIDENTA EN FUNCIONES
DE LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE CULTURA, HA DICTADO RESOLUCIÓN
PARA LA APROBACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN
GENERAL DE PATRIMONIO E IDENTIDAD CULTURAL A ENTIDADES SIN
ÁNIMO DE LUCRO 2019, CON EL ANEXO I , del siguiente tenor literal:

BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES
DENTRO DEL PLAN GENERAL DE PATRIMONIO E IDENTIDAD CULTURAL A
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2019, DE LA FUNDACIÓN PROVINCIAL
DE CULTURA DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ
1.- PREÁMBULO

La Fundación Provincial de Cultura de la Diputación de Cádiz tiene entre sus Planes Generales el Plan General de Patrimonio e Identidad Cultural. Son dos los objetivos estratégicos de este Plan General.

1º Desarrollar el eje cultura-territorio-economía y su vinculación al patrimonio, especialmente inmaterial, y el turismo. Dado el potencial de la provincia y las dinámicas socioeconómicas contemporáneas, la cultura debe a la vez aportar herramientas para el desarrollo del territorio y ser beneficiario de este.

2º Reforzar el equilibrio territorial dentro la provincia en favor de los municipios pequeños y medianos. La cultura juega un papel compensador del microterritorio frente a los grandes polos urbanos.

La presente convocatoria de subvenciones se propone poner en valor el amplio y variado patrimonio histórico y cultural de nuestra Provincia; propiciar modelos de gestión que permitan el uso, disfrute y conocimiento del patrimonio a la población de dichas localidades, especialmente a las menores de 20.000 habitantes; ampliar el conocimiento ciudadano acerca del patrimonio de bienes muebles e inmuebles;
ampliar el conocimiento del patrimonio etnográfico, entendido como un refuerzo de identidades, de autoestima, concibiendo por tanto la cultura popular como expresión de un contexto local; sensibilización sobre el valor de las manifestaciones culturales, incluyendo en los valores educativos el refuerzo de la identidad; mantener el equilibrio entre la mercantilización y la conservación de la riqueza patrimonial, preservando su socialización como valor clave por encima del valor económico; e integrar la tradición con el entorno natural, manifestando su utilidad en el contexto de las acciones cotidianas
La cultura juega un papel compensador del microterritorio frente a los grandes polos urbanos. El fortalecimiento del tejido asociativo cultural y la participación ciudadana son claves para abordar la dimensión del patrimonio como generador de oportunidades desde el desarrollo local.

El artículo 36 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que son competencias propias de la Diputación las que le atribuyan las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública. En todo caso le corresponde la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito; por ello, la Diputación Provincial de Cádiz, a través de su Fundación Provincial de Cultura en adelante la Fundación, es competente para el lanzamiento de las presentes subvenciones para entidades sin animo de lucro con sede social en la Provincia de Cádiz 2.- MARCO NORMATIVO

El marco normativo básico que afecta a la presente convocatoria se encuentra constituido por:
. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
. Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Provincial de Cultura BOP Nº 149, de 29 de junio de 2004.
. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz BOP nº 140, de 18 de junio de 2004.
. Bases de Ejecución del Presupuesto 2019 aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 12 de diciembre de 2018 y definitivamente aprobado y publicado en el Boletín
18 de junio de 2019

de la Provincia de Cádiz nº 12, de 18 de enero de 2019.
3.- OBJETO, FINALIDAD Y CONDICIONES
3.1.- OBJETO Y FINALIDAD. Las siguientes bases tienen por objeto regular, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, la convocatoria pública de concesión de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro de carácter cultural que tengan su sede social en la provincia de Cádiz; estas subvenciones tienen como finalidad poner en valor el amplio y variado patrimonio histórico cultural de nuestra provincia, y se encuadran dentro del Plan General de Patrimonio e Identidad Cultural de la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación de Cádiz.

Las subvenciones financiarán actuaciones incluidas en alguna de las siguientes líneas:

Linea 1.- Actividades en materia de investigación, documentación, registro, preservación, difusión y puesta en valor del patrimonio, especialmente inmaterial, de la provincia de Cádiz. Actividades de sensibilización, educación y formación a diversos colectivos, incidiendo en niños y jóvenes.

Linea 2.- Actividades sobre las interconexiones entre el turismo y el patrimonio cultural inmaterial, así como investigaciones sobre sus riesgos y oportunidades y experiencias prácticas que fomenten el desarrollo del turismo a través de la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

Linea 3.- Medidas prácticas y experiencias para elaborar, gestionar y comercializar productos turísticos basados en el patrimonio cultural inmaterial.
Desarrollo de nuevas rutas, circuitos o redes del patrimonio, así como la combinación de atractivos turísticos que puedan crear conjuntos temáticos importantes para el mercado.
3.2.- CONDICIONES. Cada entidad podrá presentar dos proyectos como máximo y por líneas distintas. La ayuda máxima por proyecto será de TRES MIL EUROS 3.000,00
€. La ayuda máxima por beneficiario será de SEIS MIL EUROS 6.000,00 €

La subvención otorgada será por importe cierto y puede financiar hasta el 100% del coste de la actividad subvencionada sin que en ningún caso puedan superarse los límites de ayuda que se establecen en el párrafo anterior.

La concesión de estas ayudas será compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que la suma de la totalidad de las ayudas no exceda del coste de la actividad que se subvenciona. Serán, en todo caso, incompatibles con otras subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cádiz y cualquiera de sus organismos autónomos para el mismo fin.
4.- BENEFICIARIOS. REQUISITOS

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:

-Entidades sin ánimo de lucro con sede social en la provincia de Cádiz y que entre sus fines se encuentre el carácter cultural.

En todo caso serán requisitos exigibles a los beneficiarios los siguientes:
a. No hallarse incurso/a en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. Cumplir las obligaciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c. No tener pendiente de justificación, una vez vencido el plazo acordado, cualquier subvención otorgada por la Diputación Provincial de Cádiz, la Fundación Provincial de Cultura y el resto de sus organismos autónomos.
d. No ser beneficiario de subvención nominativa prevista en el presupuesto o de cualquier otro tipo de ayuda económica concedida por la Diputación Provincial de Cádiz, la Fundación Provincial de Cultura y el resto de sus organismos autónomos a lo largo de la anualidad 2019 para la misma finalidad.

Quedan excluidas de la presente convocatoria de subvenciones las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

Los destinatarios de las subvenciones podrán presentar, en el marco de esta convocatoria, proyectos o actividades que se realicen entre el 1 de diciembre de 2018
y el 30 de septiembre de 2019.
6.-CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

La Fundación destinará a la presente convocatoria de subvenciones el presupuesto total de veinte mil euros 20.000,00 € desglosados de la siguiente manera:

2. PLAN GENERAL DE PATRIMONIO E
IDENTIDAD CULTURAL
2.3.1. DESARROLLO TURÍSTICO Y
PROMOCIÓN DE TRADICIONES

APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA

IMPORTE

08/334BC/48000

20.000,00

TOTAL

CONCEPTO

20.000,00

7.-SOLICITUD, PLAZO, DOCUMENTACIÓN Y SUBSANACIÓN
7.1.- Solicitud. La solicitud de subvención Anexo I se dirigirá a la Presidenta de la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación Provincial de Cádiz y se presentará mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible desde la página principal de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz: https
sede.dipucadiz.es, accesible igualmente desde el portal corporativo de la Diputación Provincial de Cádiz www.dipucadiz.es o desde la web de la Fundación http www.
dipucadiz.es/cultura/varios, y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en el impreso de solicitud y anexos. El Registro Electrónico proporcionará el documento de acuse de recibo de la transacción realizada, así como copia de todos los documentos presentados.

El impreso de solicitud llevará firma autorizada de la entidad solicitante conforme a la Ley 39/2015.
7.2.- Plazo. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/6/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha18/06/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6006

Primera edición02/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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