Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/5/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

30 de mayo de 2018

B.O.P. DE CADIZ NUM. 102

del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 5.534,13€. Sin cargas.
Lote número 2: Finca registral 24813. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 3, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 7,82 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 3.490,07€. Sin cargas.
Lote número 3: Finca registral 24814. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 4, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 9,32 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 4.195,52€. Sin cargas.
Lote número 4: Finca registral 24815. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 5, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 7,79 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 3.476,68€. Sin cargas.
Lote número 5: Finca registral 24816. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 6, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 13,37 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 5.967,04€. Sin cargas.
Lote número 6: Finca registral 24817. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 7, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 13,37 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 5.967,04€. Sin cargas.
Lote número 7: Finca registral 24818. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 8, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 14,96 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 5.886,71€. Sin cargas.
Lote número 8: Finca registral 24819. Derechos del deudor sobre el inmueble embargado: cien por cien del pleno dominio. Descripción: Trastero número 9, situado en la planta baja del edificio sito en la ciudad de San Roque, calle Camino de Gaucín, sin número, que cuenta con una superficie construida de 19,67 m2. Valoración del 100% correspondiente al pleno dominio de la finca y que servirá como tipo inicial para la subasta: 8.778,74€. Sin cargas.
SEPTIMO.- La Subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se hace el pago de la deuda, principal, recargos del período ejecutivo, intereses de demora y costas del procedimiento.
OCTAVO.- Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, continúan subsistentes y, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador las admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor.
NOVENO.- El rematante deberá entregar en el acto de la adjudicación de los bienes, o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación, salvo que se esté en el caso de haber sido autorizado el pago en el momento de la escritura pública de venta y se haya constituido depósito adicional establecido en su caso. Igualmente, en caso de sobrante de la subasta y ante la inexistencia de acreedores posteriores al derecho de esta Administración Pública, podrá embargarse el remanente de la subasta ante la existencia de otros débitos incursos en el procedimiento de apremio.
DÉCIMO.- Si en primera licitación no se formulasen posturas, en el mismo acto se anunciará, si la Mesa de Subasta lo estima pertinente, la inmediata apertura de una segunda licitación, fijando como tipo el 75 por ciento del que sirvió en primera licitación. A continuación habrá de constituirse nuevos depósitos del 20 por ciento de dicho tipo, siendo válidos para esta licitación los consignados en primera licitación.
Asimismo, si esta segunda licitación resultase desierta y en virtud de lo establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación, se podrá celebrar venta por adjudicación directa.
UNDÉCIMO.- En el caso que existan pujas en sobre cerrado o automáticas por vía telemática, la Mesa sustituirá a los licitadores por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en cada oferta, actuando conforme establece el artículo 104.4 del Reglamento General de Recaudación.
DUODÉCIMO.-Los licitadores habrán de conformase con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros.
DECIMOTERCERO.- Los títulos de propiedad disponibles son la Certificación del Registro de la Propiedad, comprensiva de la descripción, titularidad y cargas sobre la finca, y podrán ser examinados en la Unidad de Recaudación del Servicio Provincial de Recaudación de La Línea de la Concepción, sita en calle Real, 1, esquina plaza de la Constitución, en horario de 9 a 13.30 horas, de Lunes a Viernes y hasta el día anterior al de celebración de la subasta.
DECIMOCUARTO.-En el momento en que con el precio del bien adjudicado se cubra el importe de la deuda y costas del procedimiento, el acto se dará por terminado.
DECIMOQUINTO.- Al término de la Subasta los depósitos que se hubiesen constituido en la Mesa se devolverán a sus respectivos propietarios, conservándose únicamente los pertenecientes a los rematantes, los cuales serán considerados como entrega a cuenta del precio de adjudicación.
DECIMOSEXTO.- Todos los gastos ocasionados por la adjudicación
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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados, Honorarios Profesionales de Registradores de Propiedad, etc serán por cuenta del adjudicatario.
DECIMOSEPTIMO.- En el caso de deudores con domicilio desconocido, la notificación del Acuerdo de Subasta se entenderá efectuada, a todos los efectos legales, por medio de su anuncio.
DECIMOCTAVO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.6
del Reglamento General de Recaudación, terminada la subasta se entregará a los adjudicatarios certificación del acta de adjudicación de bienes y precio de remate, a los efectos tributarios que procedan. Justificado el pago, exención o no sujeción a dichos tributos, se les entregará los bienes.
En La Línea de la Concepción a 15 de mayo de 2018. LA JEFA DE LA
UNIDAD DE RECAUDACIÓN DEL SPRyGT. Fdo: Nuria García Segura.
Nº 32.800


Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Unidad de Gestion Censal, Catastral y Tributaria BENALUP
EDICTO
Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria, incluida la relativa a sujetos exentos, correspondiente al ejercicio 2018 del IMPUESTO SOBRE BIENES
INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha veintiseis de marzo de dos mil quince, y entrada en vigor para este tributo con fecha diecisiete de abril de dos mil quince, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de BENALUP y en la Unidad Técnica Tributaria del referido municipio.
El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de BENALUP y tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en la referida lista cobratoria sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante esta Diputación Provincial de Cádiz, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública de esta lista cobratoria que se refiere al:
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA
RÚSTICA.
En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el impuesto y ejercicio referido, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de la lista cobratoria que se indica.
Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.
11/05/2018. El Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos. Fdo.:
Salvador Jesús Solís Trujillo, P.D.F Decreto RECAU 03721-2015 de 31 de Agosto.
LA COORDINADORA DEL SERVICIO. Fdo.: Patricia Cuenca Jiménez.
Nº 32.935


Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Unidad de Gestion Censal, Catastral y Tributaria VILLAMARTIN
EDICTO
Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria, incluida la relativa a sujetos exentos, correspondiente al ejercicio 2018 del IMPUESTO SOBRE
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha veinte de noviembre de dos mil catorce, y entrada en vigor para este tributo con fecha veintinueve de noviembre de dos mil catorce, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de VILLAMARTIN y en la Unidad Técnica Tributaria del referido municipio.
El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de VILLAMARTIN y tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en la referida lista cobratoria sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante esta Diputación Provincial de Cádiz, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública de esta lista cobratoria que se refiere al:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/5/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha30/05/2018

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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