Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/4/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 79

del IEDT, la siguiente convocatoria:
CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CREACIÓN
DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL EN LA CATEGORIA DE TÉCNICOS
DE GESTIÓN DE PROYECTOS/PLANES DE COOPERACIÓN TERRITORIAL
EUROPEA.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
El IEDT, al objeto de cubrir posibles necesidades futuras de personal en materia de Gestión Jurídica de Proyectos, convoca UNA BOLSA DE TRABAJO
ESPECÍFICA PARA TÉCNICOS/AS DE GESTIÓN DE PROYECTOS/PLANES DE
COOPERACIÓN TERRITORIAL EUROPEA para puestos de carácter temporal, en los distintos programas que desarrolla esta entidad, constituida por un máximo de 25
personas.
El objeto de la presente convocatoria es la selección de aspirantes para la constitución en el IEDT de una Bolsa en la categoría de Técnicos de Gestión de Proyectos/Planes de Cooperación Territorial Europea, grupo A-1 para atender las necesidades del IEDT, incluidas las cofinanciadas con cargo a Fondos Estructurales y de Inversión Europeos FONDOS EIE, dotadas con las retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente, Convenio Colectivo de este IEDT.
En ningún caso podrán corresponder a puestos de trabajo de naturaleza estructural, ni devendrán en contratos fijos ni indefinidos, que deberán ser objeto, en su caso, del correspondiente proceso selectivo específico e independiente.
Esta Bolsa tendrá validez hasta que se sustituya por la resultante de la primera convocatoria para la provisión definitiva de plazas Escala de Administración General/Especial, subescala Técnica, Grupo A Subgrupo A1.
CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS:
Sistema de provisión: CONCURSO OPOSICIÓN.
Turno de Acceso: LIBRE.
Grupo de titulación: A1.
Reserva minusválidos: 0
Lugar de trabajo: Provincia de Cádiz, con disponibilidad para movilidad geográfica nacional e internacional según las necesidades del servicio.
FUNCIONES:
Búsqueda y análisis de convocatorias públicas de proyectos a nivel europeo alineadas con la estrategia de la Diputación.
Identificación y gestión de las posibles vías de financiación de los proyectos más adecuadas, tanto privadas como públicas, a nivel europeo.
Identificar las actuaciones susceptibles de ser cofinanciadas en el marco de estos proyectos, convenios o acuerdos.
Presentación de proyectos a entidades privadas y organismos públicos.
Interlocución con los socios transnacionales y transfronterizos y participantes en los proyectos.
Coordinar el equipo de proyectos de carácter europeo en el marco de la cooperación, orientados al desarrollo socioeconómico del territorio.
Gestionar los compromisos de adhesión a los diferentes proyectos de los potenciales socios territoriales.
Elaborar los Convenios con Administraciones de otros países para la ejecución de proyectos de cooperación internacional.
Coordinación con el equipo técnico que conforma el personal de cada proyecto, supervisando el establecimiento de los flujos financieros y los mecanismos de control económico, la documentación técnica y administrativa que el proyecto genere, y su presentación ante los organismos competentes Organización y participación en reuniones de carácter nacional o transnacional, elaboración de informes y, en general, realizar el conjunto de tareas necesarias para garantizar la buena marcha de los proyectos.
Gestión y control de los proyectos de Cooperación Territorial Europea asignados.
Definición y seguimiento de indicadores de proyectos Desempeñará sus cometidos bajo las directrices del personal técnico y directivo del IEDT.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
La selección se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, que se ajustará a las siguientes bases:
PRIMERA.- Requisitos para participar.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de la posibilidad de participación de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, con las excepciones establecidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza y puesto a que se aspira. Las personas con minusvalía deberán hacerlo constar en la instancia, indicando si precisan adaptación de las pruebas. La condición de minusválido se acreditará por certificación del Organismo Público competente.
c Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
d No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e Estar en posesión de la Licenciatura/ grado en Ciencias Empresariales, Economía, Administración y Dirección de Empresas, Sociología, Ciencias Políticas y
26 de abril de 2018

Administración Pública, Gestión y Administración Pública Ciencias del Trabajo y RRHH, Derecho, Relaciones Laborales y RRHH, o titulación declarada legalmente equivalente, o en condiciones de obtenerla en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes, verificados por el Consejo de Universidades a través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, y el real Decreto 43/2015, de 2 de febrero.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada. Al ser requisito inexcusable, no podrá ser alegada como mérito.
f Estar en posesión del Certificado C1 de inglés.
g En el supuesto de tratarse de aspirantes que no posean la nacionalidad española deberá realizarse una prueba previa, ante el Tribunal nombrado para valorar la convocatoria a la que se presenten, donde demuestren que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de la lengua castellana, salvo que el conocimiento de esta lengua se dedujera de su origen o pudiera acreditarlo documentalmente. Esta prueba será calificada de apto o no apto.
Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Será nulo el nombramiento/contrato de quien esté incurso en causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.
SEGUNDA.- Presentación de solicitudes:
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, debidamente cumplimentada, en el plazo de veinte días naturales contado desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. La solicitud, podrá recogerse en el IEDT o descargarse en la página web del mismo Organismo www.dipucadiz.es/iedt/empleo. Se dirigirán al Ilmo./a. Sr./a.
Presidente/a del IEDT, presentándose en el Registro General del IEDT, o a través de su sede digital, indicando que reúne todos y cada uno de los requisitos que figuran en la convocatoria.
Podrán remitirse también en cualquiera de las formas y medios que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en concordancia con lo previsto en el Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes. Los aspirantes discapacitados deberán presentar certificación expedida por el órgano competente de la comunidad autónoma o de la Administración del Estado que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de las presentes bases.
El tribunal establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de prueba. A
tal efecto, los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.
En todo caso, para el reconocimiento del derecho, deberán adjuntar tanto la certificación que acredite su discapacidad, como la que acredite la compatibilidad de la misma con el desempeño de las funciones que se describan en la convocatoria específica. En este caso, el certificado de discapacidad se entregará junto a la solicitud de participación en el proceso selectivo, y el certificado de compatibilidad inexcusablemente en el plazo establecido para la justificación de los méritos.
A la solicitud se acompañará:
Copia compulsada del DNI o NIE, en caso de ciudadanos comunitarios.
Copia simple de la titulación exigida para el acceso a la plaza.
TERCERA. - Procedimiento de Selección:
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de CONCURSOOPOSICIÓN, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en Bases Generales para la creación de Bolsa de Trabajo Temporal de fecha 4 de agosto de 2017, publicada en el Bop de Cádiz número 164 de 29 de agosto de 2017. Consistirá en la celebración sucesiva de cada una de las fases de oposición y de concurso, a fin de evaluar la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las correspondientes funciones y de establecer el orden de prelación de los mismos para la constitución de la bolsa de empleo.
1.- FASE DE OPOSICIÓN.
La fase de oposición estará compuesta por dos pruebas que serán eliminatorias para todos los aspirantes:
- Prueba personal: Consistirá en responder a un cuestionario tipo test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, en el tiempo que determine el órgano de selección, no superior a 60 minutos, sobre las materias relacionadas en el Anexo I.
- Prueba práctica: Consistirá en la resolución de:
1.- Un supuesto teórico-práctico relacionados con la plaza convocada, que podrá ser oral o escrita, en el tiempo que se determine en ese momento, no superior a 60 minutos. En cualquier caso el ejercicio estará relacionado con las funciones a desempeñar y las materias específicas relacionadas en el Anexo I.
2.- Una prueba de idioma, de conformidad con el requisito necesario para participar en esta convocatoria, que certifique el nivel de inglés exigido en la misma.
1.1. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN:
Cada uno de los ejercicios de la oposición será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los ejercicios realizados. Una calificación inferior a 5 puntos, o la no superación de alguno de ellos, supondrá la exclusión automática del

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/4/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/04/2018

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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