Gaceta Oficial de Venezuela del 18/02/2022 - Ordinaria
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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria
Viernes 18 de febrero de 2022
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
LA ASAMBLEA NACIONAL
455.989
SEGUNDO. Ratificar el apego irrestricto al Acuerdo de Ginebra de 1966,
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
como
controversia
único
amistosamente
ACUERDO EN CONMEMORACIÓN DE LOS 56 AÑOS DE LA
FIRMA DEL ACUERDO DE GINEBRA
instrumento
territorial el
sobre
arreglo
la
jurídico Guayana
práctico
y
válido
para
Esequiba
satisfactorio
dirimir y
para
la
alcanzar ambas
Repúblicas.
TERCERO. Expresar el firme respaldo a las acciones que desarrolla el Ejecutivo Nacional para la defensa de los derechos soberanos de la República Bolivariana de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.
CONSIDERANDO
Que la Asamblea Nacional cumple con el mandato del Pueblo soberano para hacer realidad los valores supremos de la República
CUARTO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la2
República Bolivariana de Venezuela.
de paz, libertad, igualdad, soberanía, solidaridad, bien común y preeminencia de los derechos humanos, por lo que se encuentra
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los diecisiete días del mes de
comprometida inexorablemente a defender la integridad territorial de
febrero de dos mil veintidós. Años 211 de la Independencia, 162de
la República;
la Federación y 23 de la Revolución Bolivariana.
CONSIDERANDO
Que la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio de su independencia y soberanía, es titular de derechos inalienables, históricos y legalmente establecidos, tanto en el orden interno como internacional, sobre la integridad de su territorio nacional y demás espacios geográficos, correspondientes a aquellos de la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad;
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo de Ginebra, que el día de hoy cumple 56 años desde su firma el 17 de febrero de 1966, es el tratado internacional inscrito y
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS
depositado en la Organización de las Naciones Unidas, que rige exclusivamente la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba entre las partes, con el propósito de que amistosamente la República Bolivariana de Venezuela y la República Cooperativa de Guyana alcancen un arreglo práctico y satisfactorio para ambas partes,
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objetivo jurídico que ha venido siendo cumplido mediante los buenos oficios y las negociaciones entre las partes;
CONSIDERANDO
Que el Estado venezolano ha cumplido de buena fe, de forma comprometida y continua todas las obligaciones derivadas del Acuerdo de Ginebra de 1966, con el más riguroso apego a su mandato, propósito, espíritu y razón que postula dicho arreglo alcanzable taxativamente por los medios políticos en él prescritos;
CONSIDERANDO
Que la República Bolivariana de Venezuela no reconoce la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para la solución de la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba, tal y como se desprende expresamente de la naturaleza jurídica del Acuerdo de Ginebra de 1966.
ACUERDA
PRIMERO. Reafirmar los legítimos y soberanos derechos de la República Bolivariana de Venezuela sobre el territorio de la Guayana Esequiba.
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