Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/7/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 144

Sólo se tendrá en cuenta una titulación superior y, en el caso de titulaciones de Grado, Diplomado, Técnico superior o Técnico, deberán corresponder a rama del conocimiento relacionada con la categoría o puesto a cubrir.

3. Se establece como puntuación mínima de corte para garantizar que los candidatos reúnen las condiciones mínimas necesarias para la prestación de los servicios requeridos, la siguiente: 0,90 puntos.

En caso de que al menos un porcentaje del 50% del número de aspirantes a seleccionar 10, no alcancen dicha puntuación mínima de corte, el órgano de selección podrá, potestativamente, proponer la modificación de dicha puntuación mínima y fijar motivadamente una puntuación inferior.

4. A efectos de que el órgano de selección pueda valorar los méritos alegados, los aspirantes deberán aportar obligatoriamente todos los documentos especificados a continuación:

A En el caso de prestación de servicios en empresa privada o en entidades de Derecho Privado del sector público, los dos documentos siguientes:

I. Un informe de vida laboral que acredite la experiencia laboral aportada.

II. Contrato de trabajo en el se especifique el puesto de trabajo desempeñado, así como el tiempo de duración de la relación laboral.

B En el caso de prestación de servicios en la Administración Pública, se acreditará mediante presentación del certificado de servicios previos previsto en el Anexo 1 del Real Decreto 1461/1982. En su defecto podrá admitirse la presentación conjunta de los siguientes dos documentos:

I. Informe de vida laboral que acredite la experiencia laboral aportada.

II. Contrato de trabajo o resolución de nombramiento expedida por la Administración correspondiente, donde se refleje el puesto de trabajo desempeñado, así como, el tiempo de duración de la relación laboral o de servicios. Si los servicios se prestaron como personal funcionario, el aspirante deberá aportar certificado expedido por el órgano competente de la Administración correspondiente, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupó y el tiempo de servicio.

La falsedad en la documentación presentada supondrá la exclusión inmediata del proceso de selección.

No será necesaria la aportación de dicha documentación cuando se aleguen servicios prestados en la Diputación Provincial de Cádiz, siempre que se consignen en la instancia y se autobaremen por el interesado. La Diputación Provincial, a través del Área de Función Pública, procederá a la comprobación de los datos correspondientes.
Esta previsión no será de aplicación a los servicios prestados en entidades instrumentales de la Diputación de Cádiz, que habrán de ser acreditados conforme a lo indicado en las presentes bases.

SÉPTIMO.- Se procederá a la aprobación y publicación del listado provisional y resultado definitivo de la selección, en el tablón de edictos de la Diputación de Cádiz y en su página Web, de conformidad con lo previsto en las bases novena y décima de las Bases para la selección de personal temporal en supuestos de ausencia o agotamiento de bolsas de trabajo de la Diputación provincial de Cádiz BOP Cádiz número 54, de 23 de marzo de 2021, rectificadas en BOP Cádiz número 61, de 5 de abril de 2021.

16/07/2021. ENCARNACION NIÑO RICO. Firmado.
Nº 62.122


AREA DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO

Habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 23 de junio de 2021, el expediente de Modificación Presupuestaria nº 3/2021, de Suplemento de Crédito del Presupuesto en vigor del Patronato Provincial de Turismo de Cádiz.

Habiéndose expuesto al público por un plazo de 15 días hábiles mediante la inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia nº 123, de fecha 30 de junio de 2021, sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo prescrito en los arts. 169.1 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 20.1 y 38 del RD 500/1990, de 20 de abril, procediendo a su publicación resumida por capítulos.
RESUMEN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 3/2021 DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO DEL PRESUPUESTO EN CURSO
RESUMEN DE MODIFICACIONES DE GASTOS
Capítulo 2. Gastos Corrientes en bienes y servicios 52.000,00 €
RESUMEN DE MODIFICACIONES DE INGRESOS
Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos 52.000,00 €

Contra la presente aprobación definitiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

23/07/2021. La Secretaria General. Firmado: Marta Álvarez-Requejo Péez.
La Presidenta. Firmado: Irene García Macías.
Nº 63.911


AREA DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO

Habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 23 de junio de 2021, el expediente de Modificación Presupuestaria nº 4/2021, de Suplemento de Crédito del Presupuesto en vigor del Patronato Provincial de Turismo de Cádiz.

29 de julio de 2021

Habiéndose expuesto al público por un plazo de 15 días hábiles mediante la inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia nº 123, de fecha 30 de junio de 2021, sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo prescrito en los arts. 169.1 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 20.1 y 38 del RD 500/1990, de 20 de abril, procediendo a su publicación resumida por capítulos.
RESUMEN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 4/2021 DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO DEL PRESUPUESTO EN CURSO
RESUMEN DE MODIFICACIONES DE GASTOS
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios 240.000,00 €
RESUMEN DE MODIFICACIONES DE INGRESOS
Capítulo 8. Activos Financieros 240.000,00 €

Contra la presente aprobación definitiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

23/07/2021. La Secretaria General. Firmado: Marta Álvarez-Requejo Péez.
La Presidenta. Firmado: Irene García Macías.
Nº 63.912

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
ANUNCIO
DEJANDO SIN EFECTOS PARTE DE LA RESOLUCIÓN DE ESTA ALCALDÍAPRESIDENCIA DE AVOCACIÓN TEMPORAL DE LAS COMPETENCIAS
DELEGADAS DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES
LABORALES

Mediante Decreto de la Alcaldesa-Presidenta de fecha 14 de julio de 2021, y en virtud de las competencias conferidas por el vigente Régimen Local, se ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO: Dejar sin efectos la avocación temporal de las competencias delegadas en la Quinta Teniente de Alcaldesa, Delegada de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Carmen M Silva Ortega, prevista para los días 19 a 23 de julio de 2021, otorgada mediante Decreto número 2156 de fecha 30 de junio de 2021, restableciendo las competencias de la Delegada de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, con esta misma fecha.

SEGUNDO: Disponer la notificación de la presente resolución a las personas interesadas y a los servicios administrativos de este Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2
del ROF.

Puerto Real a 15/07/2021. LA ALCALDESA-PRESIDENTA. Fdo.: M
Elena Amaya León. 14/07/2021. EL SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL. Fdo.:
Sebastián Pizarro Colorado.
Nº 62.035


AYUNTAMIENTO DE BORNOS

Por la Alcaldía se ha dictado el Decreto núm 1290/2021, de 15 de julio, cuyo tenor es el siguiente:

Visto el periodo de ausencia de la Tercera Teniente de Alcalde D. Noemí Palomares Gordillo, desde el 19 de julio al 22 de agosto de 2021.

Vista la resolución de Alcaldía de delegación de competencias 959/2019, de 28 de junio.

Esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda:

PRIMERO: Revocar la facultad para resolver actos administrativos frente a terceros, que serán resueltos por la Cuarta Teniente de Alcalde, D. Ana Camas Núñez, volviendo a delegar la misma facultad para resolver en el momento en que se incorpore la Teniente de Alcalde citada.

SEGUNDO: Notificar la presente resolución a la interesada.

TERCERO: La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre
Bornos, 15 de julio de 2021. El Alcalde. Fdo.: Hugo Palomares Beltrán.
Nº 62.037


AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS
EDICTO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de Abril de 2021, adoptó acuerdo provisional para la derogación de la Ordenanza Fiscal n.º 20
Reguladora de las Tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública y aprobación de nuevo Texto de la norma, que habrá de regir a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, del anuncio de aprobación definitiva y el texto íntegro de la misma.

Sometido el acuerdo al trámite de exposición pública y no habiéndose presentado alegaciones dentro del plazo establecido, según Certificado que emite la Secretaria General con fecha 15 de Julio de 2021, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario hasta entonces provisional, de fecha 12 de Abril de 2021, de acuerdo con lo expuesto con el artículo 17.3, sin necesidad de acuerdo plenario.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/7/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date29/07/2021

Page count11

Edition count6005

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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