Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/4/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

27 de abril de 2021

B.O.P. DE CADIZ NUM. 77

Una vez recaída la resolución de concesión, tal como establece el artículo 17.3 l de la Ley, si concurrieran circunstancias que supongan una alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, éstas podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión inicialmente otorgada
DÉCIMA CUARTA.- CAUSAS DE REINTEGRO.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora devengado desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en caso de que el beneficiario incurra en alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las personas beneficiarias deberán cumplir todas y cada una de las obligaciones y compromisos asumidos en la convocatoria, así como mantener el comportamiento que fundamenta la concesión de las ayudas.

Se producirá la pérdida total del derecho al cobro además de los casos de nulidad y anulabilidad de la Resolución de la concesión prevista en el art. 36 de la LGS o cuando concurra cualquiera de las circunstancias previstas para el reintegro en la citada norma, por las causas previstas en el artículo 37 de la misma.

Asimismo, se producirá la pérdida de la subvención concedida y el reintegro de las cantidades indebidamente cobradas con la exigencia de intereses de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde el procedimiento de reintegro, cuando proceda, si el beneficiario no permanece de alta en RETA por un periodo mínimo de 6 meses.

El procedimiento a seguir será el establecido en los arts. 94 y sig. del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

DÉCIMO QUINTA.- DISPOSICIONES GENERALES

En todo aquello que no ha sido objeto de regulación en esta convocatoria se estará a lo establecido en las Bases Reguladoras aprobadas por Consejo Rector del IEDT de fecha 16 de diciembre de 2020 publicadas con aprobación definitiva en el BOP de Cádiz número 51 de fecha 18 de marzo de los corrientes, en la Ordenanza General de Subvenciones del IEDT, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al Reglamento de la Ley General de Subvenciones RGLS 887/2006, de 21 de julio, y en la normativa reguladora de los Fondos Europeos..

DÉCIMO SEXTA.-TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL

Los datos personales recogidos serán tratados guardando la debida protección de los mismos, al amparo Reglamento General de Protección de Datos, UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Reglamento General de Protección de Datos así como por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales BOE, 2018/12/06

Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por el IEDT e incorporados a su Base de Datos, cuya finalidad es la gestión y resolución de la convocatoria.

Los datos relativos a las personas físicas o jurídicas objeto de alguna de las subvenciones otorgadas por el IEDT para este proyecto, se publicarán en la web del IEDT.

Podrán, así mismo, ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan.

En todo caso se garantizará la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados. En particular, se asegurará la identificación de los usuarios y el control de accesos, así como el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos.

DÉCIMO SÉPTIMA.- NORMA FINAL.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Presidenta del Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa a la luz de lo previsto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; significándole que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

RELACIÓN DE ANEXOS INCLUIDOS:
I. ANEXO Manual Instrucciones II. ANEXO Solicitud de Admisión a la convocatoria de ayudas.
III. ANEXO Declaración responsable inscrito y en activo en el SNGJ.
IV. ANEXO Declaración responsable cumplimiento requisitos acreditación estar al corriente con HP, SS&133;
V. ANEXO Plan de negocio.
VI. ANEXO Aceptación o renuncia a la subvención.
VII. ANEXO Solicitud de cobro primer pago.
VIII. ANEXO Declaración de responsable de otras ayudas mínimis percibidas IX. ANEXO Ficha a terceros con datos de la entidad bancaria X. ANEXO Solicitud de cobro segundo pago.
XI. ANEXO Declaración responsable de haber ejercido de forma efectiva la actividad profesional.
ANEXO I
INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN Y DESARROLLO DE LA
CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS PROYECTO
DIPUEMPLEA EMPRENDIMIENTO INDIVIDUAL

Página 5

INTRODUCCIÓN:

Las presentes instrucciones se realizan con el objeto de servir de guía básica de referencia para la presentación de solicitudes, obligaciones contraidas, pago de subvenciones concedidas, justificaciones y otros, en relación a la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas económicas de subvenciones en el ámbito de la Garantía Juvenil, del Programa Operativo de Empleo Juvenil POEJ, para la integración sostenible en el mercado laboral, de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30, no ocupadas y no integradas en los sitemas de educación o formación, que habiten en uno de los términos municipales incluidos en el Proyecto Dipuemplea, cofinanciados por el Fondo Social Europeo en un 91,89%.

PRIMERA: Participación en el proceso de concesión de ayudas.

Para participar en el proceso de concesión de ayudas, las personas participantes, además de cumplir con los requisitos establecidos en la estipulación 2
de la convocatoria, deberá presentar la siguiente documentación:

1. Anexo II: Solicitud de Admisión a la Convocatoria, debidamente firmada, junto con la siguiente documentación anexa:
1.1 Fotocopia del DNI o documento similar, según proceda, identificativo de la personalidad.
1.2 Certificado de empadronamiento vigente
2 Anexo III: Declaración responsable de encontrarse inscrito y en activo en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

3 Anexo IV: Declaración Responsable de estar al corriente, con la siguiente documentación anexa:
3.1 Certificaciones positivas expedidas por la Agencia Estatal, Autonómica y Local, de la Administración Tributaria.
3.2 Certificación positiva expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente con sus obligaciones.

4 Anexo V: Plan de empresa de negocio, que como mínimo deberá contener:
4.1 Plan de Marketing 4.2 Plan de producción u operaciones 4.3 Plan de organización 4.4 Plan jurídico fiscal 4.5 Plan Económico Financiero
5 Informe de inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo donde conste la situación laboral y la antigedad como demandante de empleo en su caso.

6 Vida laboral mediante la que se pueda comprobar que la persona beneficiaria no está de alta en ningún régimen de la Seguridad Social.

7 En caso de personas afectadas por una discapacidad diversidad funcional física, psíquica o sensorial <33%, deberán aportar fotocopia del Certificado de discapacidad igual o superior al 33%.

8 En caso de tener experiencia profesional, tanto si ésta se encuentra relacionada con la actividad a desarrollar, como si no, las personas solicitantes deberán presentar:
8.1 En la Experiencia Profesional por Cuenta Propia: Fotocopia del Alta en el IAE
8.2 En la Experiencia Profesional por Cuenta Ajena: Fotocopia del Contrato de Trabajo y/o Certificado de Funciones
SEGUNDA: Procedimiento de Aceptación/Renuncia de la Ayuda Concedida
Una vez finalizado el procedimiento de Concesión de las Ayudas, y publicada la Resolución de Concesión Definitiva, según los procedimientos establecidos en la convocatoria, las personas que resulten beneficiarias de las ayudas deberán presentar en el plazo máximo de 5 días, documento de aceptación o renuncia de la misma, adjuntando la siguiente documentación:

1 Anexo VI: Modelo Aceptación/Renuncia de la subvención debidamente firmado, y con la aportación de la siguiente documentación:
1.1 Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en el régimen de previsión obligatoria que corresponda, fecha posterior a la publicación de la convocatoria 1.2 Alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas IAE, con indicación del CNAE.
1.3 Declaración Censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, presentada ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, donde conste expresamente el municipio en el que desarrolla el beneficiario su actividad económica
La no presentación del Modelo Anexo VI dentro del plazo establecido, supondrá la renuncia expresa a la ayuda concedida por parte de la persona beneficiaria.

TERCERA: Abono de la Subvención concedida
Tras la aceptación de la ayuda por parte de la persona beneficiaria, y a los efectos del cobro de la misma, deberá presentar:

Primer Pago: la persona beneficiaria de la ayuda dispondrá del plazo de 10
días, a contar desde el inicio de la actividad, para presentar la siguiente documentación:
1 Anexo VII: Solicitud de Cobro anticipado del 60% del total de la ayuda concedida, debidamente firmada 2 Anexo VIII: Declaración Responsable de otras ayudas minimís percibidas.
3 Anexo IX: Modelo Ficha Terceros: como certificación de titularidad bancaria de la cuenta corriente donde se abonará la subvención, debidamente cumplimentado y firmado
Segundo Pago: la persona beneficiaria de la ayuda dispondrá de 10 días, a contar transcurridos 6 meses desde el inicio de la actividad, para presentar la siguiente documentación:
1 Anexo X: Solicitud de cobro del 40% restante de la subvención concedida, junto con la siguiente documentación:
1.1 Certificado de empadronamiento vigente 1.2 Certificado de situación de alta en el Régimen Especial de trabajadores autónomos, o en el régimen de previsión obligatorio que corresponda, durante todo el periodo de concesión de la ayuda económica aceptada.
1.3 Documentación acreditativa de la actividad realizada en el plazo declarado Ver Apartado CUARTO con desglose de la misma 2 Anexo VIII: Declaración Responsable de otras ayudas minimís percibidas.
3 Anexo XI: Declaración responsable de haber ejercido de forma efectiva la actividad

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/4/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date27/04/2021

Page count43

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First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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