Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/4/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 75

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE VICEPRESIDENCIA 1, COORDINACION
Y DESARROLLO ESTRATEGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS
DE SENSIBILIZACION Y EDUCACION AL DESARROLLO
BDNSIdentif.:557225

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/557225
CONVOCATORIADESUBVENCIONESPARAPROYECTOSDESENSIBILIZACIÓN
Y EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO
DELAÑO 2021 DEL ÁREA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO ESTRATÉGICO
PRODUCTIVO Y SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº. 140 de 18 de Junio de 2004 y modificación publicada en el B.O.P. nº 30 de 14
de Febrero de 2006, se efectúa convocatoria pública de subvenciones en materia de Educación para el Desarrollo que se otorgarán mediante concurrencia competitiva, y tendrán como regulación la presente convocatoria rigiéndose de forma supletoria por las disposiciones de la Ordenanza mencionada y de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

1. Objeto, condiciones y finalidad.

El objeto y finalidad de la presente convocatoria es apoyar proyectos de sensibilizacion y educación para el desarrollo a través de ONGD y entidades sin ánimo de lucro a partir de este punto ONGD dirigidos a la población de los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Cádiz, orientados a promover a través de conocimientos, actitudes y valores, una ciudadanía global generadora de una cultura de la solidaridad comprometida en la lucha contra la pobreza y la defensa de los Derechos Humanos.

Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria aquellas materias que sean susceptibles de convocatorias de subvenciones específicas de otra Administración, o sean objeto de competencia de otro Área o Servicio de la Diputación de Cádiz.

2. Órgano com petente para la instrucción y resolución del procedimiento.

Corresponde la instrucción del procedimiento al Diputado de Coordinación y Desarrollo Estratégico Productivo y Social, tal como se recoge en el art. 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz, siendo competente para resolver el Diputado Delegado de los Servicios Económicos, de acuerdo con el Texto Consolidado del Decreto de la Presidencia, del 4 de julio de 2019, por el que se aprueba el régimen de delegaciones de competencias en materia económica y presupuestaria.

3. Aplicación presupuestaria.
Apliclación presupuestaria: 02/231J/48000

4. Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas .

La cuantía máxima con la que se dota la presente convocatoria de subvenciones es de sesenta mil euros 60.000.- €.

5. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones.

Las subvenciones de esta convocatoria podrán ser compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad.

5.1 Al menos un 10% del coste total del proyecto serán aportes en efectivo de los fondos propios de la ONGD, que deberán ser debidamente justificados.

No puede producirse sobrefinanciación de ninguna actividad subvencionada.
De producirse, la entidad deberá, a la mayor brevedad, comunicarlo por escrito a la Diputación Provincial de Cádiz, Servicio de Cooperación Internacional para que se modifique el acuerdo de concesión. El citado servicio podrá exigir el reintegro de la subvención cuando tenga conocimiento de que una entidad que ha recibido subvención de la Diputación ha percibido otra u otras subvenciones incompatibles con la otorgada, sin haber efectuado la correspondiente renuncia.

A los efectos de consideración de las subvenciones, la Excma. Diputación Provincial de Cádiz podrá financiar gastos directos en los siguientes términos:

a Se considerarán gastos directos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. Y se recuerda que en ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.

b La partida de personal responsable del proyecto, será considerada como gasto directo subvencionable. La cantidad asignada a personal deberá corresponder con la realización de las actividades previstas y subvencionadas por esta Diputación no superando en ningún caso el 70% de la subvención concedida.

6. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos .

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y Entidades sin Ánimo de Lucro, además de los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán reunir los siguientes:

6.1. Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal a fecha de la convocatoria de subvenciones, al mismo tiempo se recomienda inscribirse en el Registro de Asociaciones de la Diputación de Cádiz.
dipucadiz.es/sede/ciudadana.

6.2 Carecer de ánimo de lucro.

6.3. Contar con delegación o representante en la provincia de Cádiz y actividad demostrable en el último año.

6.4. Indicar expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentran la realización de proyectos de cooperación internacional y educación para
23 de abril de 2021

desarrollo en relación con los fines de la organización de desarrollo social y económico de países empobrecidos.

6.5. En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y financieras del proyecto de referencia, con expresa justificación de los gastos correspondientes, por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación Provincial.

6.6. La ONGD solicitante solo presentará un proyecto por municipio. Los proyectos han de basarse en talleres de sensibilización y educación para el desarrollo tanto en el ámbito educativo formal como en el no formal, quedando excluidas acciones exposiciones, jornadas o similares que no formen parte de un proyecto global de Educación para el Desarrollo. En caso de que coincidan dos o más ONGD en un mismo municipio, se consensuará junto con Diputación de Cádiz dónde irá cada uno de los proyectos.

6.7. Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en cooperación y en actividades de educación para el desarrollo así como capacidad operativa necesaria para ello. A estos efectos será necesario que la constitución legal de las ONGD que concurran a estas ayudas y subvenciones hayan tenido lugar como mínimo un año antes de la publicación de esta convocatoria, presentando la documentación acreditativa de su experiencia.

6.8. Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autonómica correspondiente y con la Seguridad Social.

El cumplimiento de los citados requisitos deberán mantenerse durante la totalidad del plazo de ejecución de la acción subvencionada.

7. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que acompaña al anuncio de esta convocatoria deberán presentarse conforme al art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante los 20 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Atendiendo a la Ley 11/2007 de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios, Públicos, las solicitudes deben presentarse por sede electrónica, tramites a la ciudadania, formulario general de la Diputación de Cádiz, indicando Servicio de Cooperación Internacional. Igualmente para un mayor control, deberán comunicarlo obligatoriamente a este Servicio a través de correo electrónico:
solidaridad@dipucadiz.es.

8. Documentos e informaciones que deben acompañarse.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación :

8.1. Instancia de solicitud Anexo I, dipucadiz.es./cooperacion/
convocatorias
8.2. Declaración responsable Anexo II dipucadiz.es./cooperacion/
convocatorias
8.3. Proyecto con presupuesto desglosado por actividades.
8.4. Memoria de las actividades realizadas por la entidad solicitante el año anterior, que contenga un balance de los proyectos ejecutados y fuentes de financiación.

8.5. Estatutos actualizados que acrediten la personalidad y capacidad de la ONGD y su inclusión en el registro correspondiente, en originales o copias compulsadas.

8.6. Fotocopia compulsada del N.I.F. de la persona que formula la petición en nombre de la entidad así como documento que acredite la representación de la misma.
Serán válidos tanto un poder notarial como el reconocimiento del representante legal por parte de la secretaria general de la Diputación.

En caso de haber entregado la documentación requerida en anteriores convocatorias y teniendo la validez en el tiempo, no será necesario adjuntarla, indicando la fecha en la que se entregó ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

9. Criterios de valoración de las solicitudes y baremación.

La valoración de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración, actuará según lo previsto en el artículo 7.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz y se ajustará a los siguientes criterios:

9.1 Evaluación técnica del Proyecto 15% hasta 1,5 puntos
9.2 Efecto e impacto del Proyecto sobre las personas beneficiarias en los ámbitos de sensibilización, formación y movilización social. 20% hasta 2 puntos
9.3 Presencia transversal de la perspectiva de Género, Interculturalidad, la defensa de los Derechos Humanos y el respeto por el Medio Ambiente utilizando proveedores locales o provinciales, usando productos ecológicos, reciclados, de comercio justo, etc. minimizando el impacto ambiental del proyecto 10% hasta 1 punto
9.4 Experiencia de la entidad solicitante en la provincia de Cádiz 10%
hasta 1 punto
9.5 Proyecto de larga duración en el municipio 15% hasta 1,5 puntos
9.6 Trabajo en red y fomento de la participación ciudadana 20% hasta 2
puntos
9.7 Proyectos innovadores y creativos 10% hasta 1 punto
No se considerarán para su valoración aquellos proyectos, presentados por ONGD, que en convocatorias anteriores hayan obtenido subvención de esta Diputación, para realizar cualquier tipo de actividades, y de las que no se disponga, a la fecha de presentación de la nueva solicitud, de las respectivas memorias justificativas de final de proyecto, tanto técnicas como económicas.

10. Plazo de resolución y notificación.

10.1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3
meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

10.2. La notificación de los proyectos aprobados se efectuará en el lugar que se haya indicado en la solicitud como domicilio. El silencio administrativo debe entenderse como la desestimación del proyecto y deberán recoger la documentación en el Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico, Productivo y Social, Servicio de Cooperación Internacional, en un plazo no mayor de 1 mes desde la aprobación.
Pasado ese plazo el material no podrá ser reclamado.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/4/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date23/04/2021

Page count19

Edition count6005

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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