Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/4/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 77

El procedimiento de actuación de la Comisión de Evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/15, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Evaluación tendrá su sede en el IEDT, sito en la calle JACINTO Nº 4 11007 Cádiz,
Corresponderá a la Comisión de Evaluación la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

OCTAVA.- OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

Las personas beneficiarias de subvenciones concedidas al amparo de esta Convocatoria tendrán que cumplir con las obligaciones establecidas en las Bases Reguladoras aprobadas por Consejo Rector del IEDT de fecha 16 de diciembre de 2020 y que han sido desarrolladas en las Instrucciones y Obligaciones que se adjuntan como Anexo I.

Asimismo, al amparo de la Normativa Europea, en materia de cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad, establecidas en los Reglamentos de aplicación, los beneficiarios deberán adoptar las medidas de difusión del carácter público de la financiación. Se incluirá, el logotipo oficial de la Unión Europea, de la Diputación Provincial de Cádiz y de IEDT, en todos los documentos y material de difusión, relacionados con la actividad subvencionada. IEDT facilitará los logos que, a tal fin, deban difundir e incluir los beneficiarios.

NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES
ADMITIDAS.

Los criterios de valoración de las solicitudes se han establecido de manera objetiva y medible.

Se aplicarán los siguientes criterios de valoración para la concesión de las ayudas económicas al emprendimiento individual, CON UNA PUNTUACIÓN
MÁXIMA POR SOLICITUD DE 19 PUNTOS:
PUNTUACIÓN POR PERTENENCIA A COLECTIVOS:
COLECTIVO.
Solicitantes jóvenes desempleados e inscritos en el SAE se considera parado de larga duración aquella persona que esté inscrita como demandante de empleo en el SAE
con una antigedad superior a 6 meses.
Identidad de género: mujeres jóvenes Personas jóvenes afectadas por una discapacidad diversidad funcional física, psíquica o sensorial <33%

DOCUMENTAPUNTOS MÁXIMO DE 7
CION
PUNTOS POR PERSONA
JUSTIFICATIVA
SOLICITANTE.
A PRESENTAR.
.- Más de 6 meses y menos Informe de de 12 meses: 1 punto inscripción en .- Más de 12 meses y menos el SAE en el que conste la de 18 meses: 2 puntos antigedad como .- Más de 18 meses: 4 puntos demandante de empleo.
2 PUNTOS.

Fotocopia del DNI.

1 PUNTO.

Fotocopia de Certificado de discapacidad igual o superior al 33%

PUNTUACIÓN POR EXPERIENCIA PROFESIONAL:
EXPERIENCIA
Experiencia laboral por cuenta propia o ajena no relacionada con la actividad Experiencia laboral por cuenta propia o ajena relacionada con la actividad
PUNTOS MÁXIMO
DE 2 PUNTOS
POR PERSONA
SOLICITANTE.

1 PUNTO.

2 PUNTOS.

DOCUMENTACIÓN
JUSTIFICATIVA A PRESENTAR
Si es por cuenta propia: Fotocopia del Alta en el IAE e Informe de vida laboral Si es por cuenta ajena: Fotocopia del Contrato de Trabajo, Informe de vida laboral y/o certificado de funciones Si es por cuenta propia: Fotocopia del Alta en el IAE e Informe de vida laboral Si es por cuenta ajena: Fotocopia del Contrato de Trabajo, Informe de vida laboral y/o certificado de funciones
CRITERIOS DE VALORACIÓN PLAN DE NEGOCIO
IDEA DE NEGOCIO
Se trata de una idea innovadora en la zona. No existe ninguna otra empresa que realice esa actividad o preste ese servicio en la zona.
Utiliza en su actividad recursos endógenos propios de la zona.
PLAN DE ORGANIZACIÓN-FISCAL
Porcentaje de aportación de recursos propios.
AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO INDIVIDUAL:
PLAN DE PRODUCCIÓN, RECURSOS HUMANOS

TOTAL
MÁXIMO 10 PUNTOS
Máximo 5 PUNTOS
25 puntos 25 puntos Máximo 2 PUNTOS
Hasta el 20%: 1 punto Más del 20%: 2 puntos Máximo 3 PUNTOS

27 de abril de 2021

Número de contrataciones previstas
1 contrato: 1 punto 2 contratos: 2 puntos 3 o más contratos:3 punto

La calificación definitiva resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas.

En caso de que dos o más propuestas obtengan la misma puntuación y no haya crédito suficiente para atender a todas ellas, se priorizará la propuesta de acuerdo atendiendo al orden de desempate:

. Teniendo en cuenta lo establecido en la Base Quinta régimen de concurrencia competitiva de esta convocatoria, en cuanto a la aplicación de la perspectiva de género, tendrá mayor puntuación el proyecto presentado por una mujer.

. Aquella que haya obtenido mayor puntuación en la valoración del Plan de Negocios.

. Si persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo público.

DÉCIMA.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN.

Las ayudas económicas se abonarán por el Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico IEDT de la Diputación provincial de Cádiz, de la siguiente manera:

. PRIMER PAGO: 60% del total de la ayuda al inicio de la actividad
. SEGUNDO PAGO: 40% del total, una vez transcurridos los 6 meses de permanencia exigidos en la convocatoria.

Cuadro resumen de los pagos de las ayudas:
1 PAGO 60%
2º PAGO 40%

RESUMEN PAGOS
Al inicio de la actividad A los 6 meses de la actividad

Para realizar cada uno de los pagos establecidos en la presente convocatoria, las personas beneficiarias que hayan sido seleccionadas en la concesión de las ayudas, deberán entregar en cada momento, esto es, al inicio de la actividad y transcurridos 6
meses desde el inicio de la misma, en un plazo máximo de 10 días naturales, solicitud de cobros Anexo VII y X, tal y como se especifica en las Instrucciones y Obligaciones que se adjuntan como Anexo I.

Antes de la realización de dichos pagos, deberá emitirse por el Comité Permanente Informe de Adecuación del cumplimiento por parte del beneficiario de las obligaciones y del mantenimiento de la actividad para la cual se concedió esta ayuda.

El órgano instructor/o comité permanente podrá solicitar otra documentación complementaria para efectuar las comprobaciones oportunas, en caso de que no pueda verificarla con la documentación aportada.

DÉCIMA PRIMERA.- VIGENCIA Y PLAZO DE RESOLUCIÓN.

La vigencia de la subvención abarcará hasta el 15 de diciembre de 2021, siendo esta independiente a la ejecución de las actuaciones subvencionables, cuyo plazo comprenderá desde la Aceptación Expresa de la subvención, que se presentará junto con la documentación exigida en el Manual de Instrucciones y Obligaciones, y hasta transcurridos 6 meses de del inicio de la actividad.

En cuanto al plazo de resolución, la Presidenta, a la vista del Informe elaborado de valoración de solicitudes, formulará propuesta de Resolución provisional, que se hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del IEDT www.dipucadiz.
es/iedt, concediendo a los interesados/as un plazo de diez días hábiles para presentar las alegaciones que estimen oportunas ante el órgano de instrucción. Dicha propuesta contendrá la lista de solicitantes con las puntuaciones correspondientes así como el nombre y apellidos de las personas seleccionadas.

Transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones a la propuesta de resolución provisional, la misma devendrá definitiva.

A la vista de la propuesta de resolución definitiva, la concesión de la condición de persona beneficiaria de las ayudas económicas al autoempleo se efectuará por Resolución motivada por parte del Presidente/a del IEDT.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará mediante publicación en el tablón de anuncios y en la página web del IEDT www.dipucadiz.es/iedt, a las personas interesadas que hayan sido propuestas como beneficiarios/as para que comuniquen su aceptación en el plazo de 5 días siguientes a la publicación.

La Presidenta del IEDT podrá declarar desierta la selección de personas beneficiarias. Las posibles renuncias con anterioridad a la puesta en marcha del proyecto, se cubrirán con las otras personas candidatas seleccionadas por orden de puntuación.

DÉCIMA SEGUNDA.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN.

Los actos que afecten a todos los interesados serán notificados conforme al contenido recogido en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2025 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Su comunicación será objeto de publicación a través de la página web del IEDT: www.dipucadiz.es/iedt y en el tablón de anuncios del mismo, sito en la calle Jacinto nº 4 11007 Cádiz, en los términos del art. 45 LPACAP. Los actos que afecten a un beneficiario se notificará individualmente al mismo, en papel. Y se podrá realizar telemáticamente, cuando así lo decida éste y lo notifique, conforme al art. 41 de la citada norma, aplicando los preceptos de las notificaciones a través de medios electrónicos.

DÉCIMA TERCERA.- RECURSOS.

La resolución emitida por el órgano competente resolviendo el procedimiento de concesión pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa pudiendo interponerse contra ella alternativamente, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, ante la Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, o bien, recurso contencioso administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Cádiz, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con el art. 46
de la Ley 29/1999 de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/4/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date27/04/2021

Page count43

Edition count6015

First edition02/01/2001

Last issue13/05/2024

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