Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/9/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 2 de setiembre de 2016
Que atento a la vigencia de la Ley 9.755
Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que por el artículo 121º derogó la Ley 3.289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Amplíase el Decreto Nº 695/15
M.S., por el que se dispuso la instrucción de un sumario administrativo al agente Carlos Ricardo Bourdin Álvarez, legajo Nº 160.734, quien revista en un cargo de categoría 10Personal Obrero y Maestranza, Escalafón General del Hospital Delicia C. Masvernat de Concordia, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71º, inciso f de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, texto modificado por la Ley 9.811, por incumplimiento de los deberes impuestos por el artículo 5º inciso a de la citada ley - según el cual el agente no podrá ingresar, permanecer, ni reingresar, según corresponda El que haya sido condenado por delito doloso, hasta el efectivo cumplimiento o el término previsto para la prescripción de la acción, según corresponda, y asimismo, en los artículos 37º y 42º de lo Constitución Nacional, que en el caso concreto se evidencia la carencia de condiciones necesarias de idoneidad y buena conducta para permanecer en la Administración Pública Provincial por haber incurrido en conducto gravemente reñido con la moral y buenas costumbres que tornan no confiable mantener su relación con el Estado Empleador, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 2º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 4º Comuníquese, pásense las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios, dependiente de Fiscalía de Estado, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 724 M.S.
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 8 de abril de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 669/13 M.S.; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo a la agente Rosa Angélica Massera, legajo Nº 59.958, quien revista en un cargo de categoría 7 - Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital San Antonio de Gualeguay, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en el artículo 71º, inciso b de la Ley 9.755 Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia;
Que se le imputa a la sumariada haber incurrido en inasistencias injustificadas desde el día 2 de noviembre de 2001, luego del vencimiento de una licencia por enfermedad de lar-

BOLETIN OFICIAL
go tratamiento, y posteriormente en abandono de trabajo al no presentarse a prestar servicios en el Hospital San Antonio de Gualeguay, el cual queda configurado por la intimación realizada mediante Carta Documento Nº 068215985 en fecha 19 de octubre de 2011, obrante a fojas 134/135;
Que a fojas 126 y 127 obran los Decretos Nº 414/01 y Nº 2.656/01 del MSAS, que deniegan la jubilación por invalidez por una incapacidad total y permanente a la agente Rosa Angélica Massera;
Que al comparecer la encartada a prestar dec la ra ción an te la in st ru cción ac tu ante, acompañada por su abogado defensor, y luego de ser interiorizada de las inasistencias que se le endilgan en autos, manifestó que presto servicios en el Hospital San Antonio de Gualeguay, habiendo iniciado en fecha 23.4.99 el trámite jubilatorio, otorgándose la jubilación por invalidez en formal parcial y permanente en un treinta por ciento 30%, denegándose a posteriori el beneficio por Decreto Nº 414, de fecha 16.2.01, presentándose en esa condición de salud a prestar tareas que no le fueron concedidas por el director del hospital por no existir y le expresó que debe esperar una nueva comunicación, habiendo transcurrido el tiempo hasta que fue intimada por carta documento, presentándose a la citación, recibiéndola la secretaria técnica, María Dolores Alles, quien le informó que no pertenecía más al plantel del Personal del hospital, a partir de allí no tuvo mas noticia hasta la formación del presente sumario, aclarando que nunca tuvo la intención de abandonar su trabajo como se me atribuye, simplemente errores administrativos han llevado a esta situación laboral actual;
Que, a fojas 172, luce la declaración testimonial el agente Alberto Pastor Ojeda, quien cumple funciones como Jefe de División Personal del Hospital San Antonio de Gualeguay, quien reconoce su firma en la documental respaldatoria del cargo enrostrado de fojas 115, 129 y 139, manifestando que desconoce las razones porqué no se regularizó la situación laboral de la encartada después de haber agotado el tercer año de licencia por enfermedad en el año 2001, y posteriormente, no concurrir más a cumplir con su débito laboral, debido a que asumió sus funciones el día 22 de septiembre de 2009;
Que a fojas 218, brinda testimonial el agente Héctor Ramón Garcilazo, quien cumple la función de auxiliar de enfermería en el nosocomio mencionado, expresando que la sumariada cumplía función de enfermera en el hospital, no pudiendo precisar la fecha en que no fue más a prestar tareas, pero le consta que en la actualidad no está trabajando en el nosocomio y que está jubilada;
Que a la luz de las pruebas colectadas y relacionadas precedentemente, especialmente del informe y la declaración testimonial del Jefe de División Personal del Hospital San Antonio de Gualeguay, a fojas 144 y 172, respectivamente, la agente Rosa Angélica Massera incurrió en inasistencias injustificadas a partir del día 2 de noviembre de 2001, luego del vencimiento de una licencia por enfermedad de largo tratamiento, y posteriormente en abandono de trabajo al no presentarse a prestar servicios en el establecimiento asistencial, el cual queda configurado por la intimación realizada mediante Carta Documento Nº 068215985 en fecha 19 de octubre de 2011, obrante a fojas 134/135;
Que en consecuencia, del cuadro fáctico descripto se desprende que la encartada excedió el linde de diez inasistencias injustificadas continuas o discontinuas, en los doce meses inmediatos anteriores, quedando su conducta incursa en lo normado por el artículo 71º, inci-

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so a de la Ley 9.755- Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia, con el agravante que hizo abandono de tareas, causal que está expresamente tipificado en el artículo 71º inciso b del citado texto legal;
Que la contundencia de los hechos reflejados en el transcurso de la investigación, los cuales no con dicen con el comportamiento y lealtad que debe caracterizar a un Empleado de la Administración Pública Provincial, eximen de brindar mayores consideraciones correspondiendo aplicar a la encartado el máximo reproche que contemplan las infracciones descriptas en el inciso a y b del artículo 71º de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público, cual es la sanción de cesantía;
Que la Comisión Asesora de Disciplina ha tomado la intervención que le compete;
Que atento a la vigencia de la Ley 9.755
Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que por el artículo 121º derogó la Ley 3.289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase y dase por finalizado el sumario administrativo dispuesto instruir mediante Decreto Nº 669/13 M.S., atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Aplícase la sanción de cesantía a la agente Rosa Angélica Massera, legajo Nº 59.958, quien revista en un cargo de categoría 7- Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital San Antonio de Gualeguay, por encontrarse su conducta incursa en el artículo 71º, incisos a y b de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, y conforme a lo expuesto en el presente decreto.
Art. 3º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 725 M.S.
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 8 de abril de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 1.692/13 M.S.; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo al agente Omar Ocampo, legajo Nº 179.660, quien revista en un cargo de categoría 12 Carrera Enfermería, Tramo B, Escalafón Sanidad, con prestación de servicios en el Hospital Colonia Raúl A. Camino de Federal, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en el artículo 71º, incisos a y b de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia;
Que se le imputa al sumariado haber incurrido en inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo durante los años 2012 y 2013, conforme el siguiente detalle: año 2012: mes de

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/9/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date02/09/2016

Page count22

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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