Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/9/2016

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Nº 26.008 - 166/16

PARANA, martes 6 de setiembre de 2016

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 742 M.S.
DECLARANDO ABSTRACTO RECURSO
Paraná, 12 de abril de 2016
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la señora Stella Maris Castillo, DNI Nº 17.309.662, ante la supuesta mora en la resolución del Expediente R.U. Nº 1667738; y CONSIDERANDO:
Que al tomar intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, dictaminó que de acuerdo con el estado de las actuaciones principales, el día 16.3.16 esa dirección como instancia previa a emitir dictamen dispuso que se remitan las actuaciones a la Dirección General de Ajustes y Liquidaciones, a efectos que se sirva informar como liquida el adicional Código 018
a la peticionante conforme la normativa vigente, explicitándose si existen diferencias salariales a su favor;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 01/08 GOB, respecto de la resolución de los recursos de quejas, y atento a que carece de actualidad la demora invocada, se ha tomado abstracto el recurso, por lo que corresponde rechazar el mismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárase abstracto el recurso de queja interpuesto por la señora Stella Maris Castillo, DNI Nº 17.309.662, atento a que no surge mora en la tramitación del Expediente R.U. Nº 1667738, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.

E D ICION: 26 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, notifíquese al recurrente de lo dispuesto en el presente decreto, al domicilio legal de calle 25 de Mayo Nº 675
de Paraná, mediante cédula, por intermedio del Departamento Mesa de Entradas del Ministerio de Salud, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 757 M.S.
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 12 de abril de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la a g e n t e E s t e l a P a t r i c i a P r o t t o , l e g a jo N º 141.213, interpone recurso de revocatoria parcial contra el Decreto Nº 2716/14 M.S. por el que se la reubicó en el Tramo A de la Carrera de Enfermería a partir del día 8 de agosto de 2013; y CONSIDERANDO:
Que al analizar el aspecto formal de la cuestión surge que el recurso fue interpuesto en fecha 16.9.14, conforme cargo de mesa de entradas del nosocomio, y notificado a la recurrente en fecha 10.10.14, según lo informado por el Director del establecimiento asistencial, por lo que debe considerarse que el mismo ha sido incoado en tiempo y forma de acuerdo al artículo 57º de la Ley 7.060 de Procedimientos para Trámites Administrativos;
Que al examinar la cuestión material de los antecedentes surge que se inicia el trámite con la Nota de elevación Nº 497/09, suscripta por el entonces Director del Hospital Santa Rosa de Villaguay, por la cual solicita ante el Departamento Enfermería del Ministerio de Salud, el
cambio de Tramo de la Carrera Enfermería desde el B al A en favor de la agente Protto, dicho reclamo fue resuelto favorablemente mediante Decreto Nº 2716/14 M.S., cuyo artículo 2º dispone reubicar a la citada agente en el Tramo A a partir del 8 de agosto de 2013;
Que contra la citada decisión, la señora Protto interpone recurso de revocatoria parcial, alegando que la reubicación debió haberse efectuado desde la fecha de solicitud el 16 de junio de 2009, y no desde el 8 de agosto de 2013, como inexplicablemente dispuso el decreto recurrido;
Que la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud informó que:
la ciudadana Protto, Estela Patricia, DNI
20.656.104 - M.P. 14.890 - folio; 190- Libro: 13
se encuentra inscripta en el Registro de Auxiliares de la Salud de Entre Ríos como enfermera con fecha de inscripción: 19.12.07 y Matrícula Definitiva 8.8.13;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, a fojas 66 de autos aconsejó denegar el recurso de revocatoria parcial atento que, teniendo en cuenta lo normado por el artículo 8º de la Ley 9.564 y el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS, la agente recién cumplimentó los requisitos de titulación y matriculación definitiva en la fecha a partir de la cual se efectuó el cambio de tramo 8 de agosto de 2013;
Que en ese contexto, es válido destacar que el único argumento invocado por la recurrente a fin de solicitar la revocación del decreto impugnado es la fecha a partir de la cual considera le correspondería la reubicación en el Tramo A dentro de la Carrera de Enfermería, quedando absolutamente demostrado que la reunión de los presupuesto que hacían viable

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/9/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date06/09/2016

Page count26

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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