Boletin Judicial de Costa Rica del 17/3/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 52

Jueves 17 de marzo del 2022

suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un celular o un correo electrónico, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a Lugar de trabajo, b Sexo, c Fecha de Nacimiento, d Profesión u oficio, e Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f Estado civil, g Número de cédula, h Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada.
Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en San José, Tibás, Colima: 150
metros norte de Autos Lasso, se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José. En su defecto, de no ser localizada en ese lugar, la parte denunciada reportó que su domicilio registral se ubica en San José, Tibás, Colima: 150 metros norte de Autos Lasso, por lo que se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José.
Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, Quinto Piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. Lic. Guillermo Castro Rodríguez, Juez y Juzgado Notarial. San José a las siete horas cuarenta y uno minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintidós. En vista de que han sido fallidos los intentos por notificarle al licenciado Rolando José Mora Madrigal, la resolución dictada a las diez horas treinta y siete minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil ver folios incorporados al expediente los días 28 de mayo del 2021 y 23
de noviembre del 2021, así como las actas de notificación incluidas al expediente los días 10 de agosto del 2021, 10 de noviembre del 2021 y 14 de noviembre del 2021, y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas folio incorporado a los autos el 25 de enero del 2022, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciadoa que los hechos que se le
atribuyen son aquellos que fueron relatados por la parte denunciante mediante escrito de denuncia incorporado al expediente el 26 de mayo del 2021. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Rolando José Mora Madrigal, cédula de identidad 1-963-742. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.
San José, 18 de febrero del 2022.

Dra. Ingrid Palacios Montero
Jueza Tramitadora 1 vez.O. C. N 364-12-2021B.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2022631055 .

TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN
En Cervantes, calle Sanabria, frente a Lubricentro Autocar; con una base de ciento cuarenta y ocho mil ciento veinte colones 148 120.00, sáquese a remate los siguientes bienes: 1. Un litro de Ron Cortéz. 6.200,00. 2.
Don botellas de 750 ml de Vino de nance Sabanero 4.095,00
cada uno para un total de 8.190,00. 3. Un litro de Smirnoff 8,795.00. 4. Un litro de Whisky J Y B 15,995.00. 5. Una botella de 750 ml Vino Nance Iroquois 1,725.00. 6. Un litro de Tequila Diputado 10.000,00. 7. 28 unidades de Cerveza Pilsen de 350 ml para un total de 25.200,00.
8. 12 unidades de Cerveza Imperial Silver de 350 ml para un total de 17.100,00. 9. 11 unidades de Cerveza en lata Bohemia de 350 ml para un total de 5.885,00. 10. 3
botellas de Cerveza Imperial de 350 ml. para un total de
2.700,00. 11. 19 botellas de Tropical Melocotón de 355 ml.
para un total de 10.070,00. 12. 6 botellas de Tropical cero de Melocotón de 355 ml para un total de 3.180,00. 13. 7
botellas de Pepsi de 355 ml para un total de 3.080,00. 13.
Un equipo de sonido marca Sony serie 4113415, color gris con dos parlantes. 30.000,00. Para lo cual se señalan las nueve horas del veintidós de abril de dos mil veintidós 09:
00 22/04/2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veintinueve de abril de dos mil veintidós 09:00 29/04/2022 con la base de ciento once mil noventa colones 111 090 75% de la base original y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del seis de mayo de dos mil veintidós 09:00
06/05/2022 con la base de treinta y siete mil treinta colones 37 030 25% de la base original. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta Se remata por ordenarse así en proceso ordinarioR.P.L de Julio César Valerín Ortiz contra Carlos Gerardo Jiménez García, expediente N 21-000138-1001LA.Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba Materia Laboral, hora y fecha de emisión: al ser las trece horas once minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós.Lic.
Rándall Gómez Chacón, Juez de Trabajo.O.C. Nº 364-122021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022631092 .

Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gabriela Viviana Ortega Jiménez con cédula de identidad número uno-mil cincuenta-cero ciento dos, mayor, soltera, costarricense, fallecida el 11 de agosto del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este

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Boletin Judicial de Costa Rica del 17/3/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date17/03/2022

Page count16

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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