Boletin Judicial de Costa Rica del 22/3/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVIII

LaLa Uruca, San marzodel del2016
2022
Uruca, SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,martes lunes 122
dede febrero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR Nº 48-2022
Asunto:Acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial.
Sesión No. 18-2022 celebrada el 03 de marzo de 2022, artículo XXXVI. Obligatoriedad para todas las personas servidoras del Poder Judicial y del sector público de estar debidamente vacunas con la tercera dosis contra el COVID-19.
A TODOS LAS PERSONAS SERVIDORAS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No.
18-2022 celebrada el 03 de marzo de 2022, artículo XXXVI, en atención a lo establecido por la resolución de sesión extraordinaria XLV-2021 del 23 de setiembre del año en curso, de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, el decreto 43249-S y el criterio de la Dirección Jurídica de este Poder de la República Nº DJ-593-2021; acordó:
POR TANTO

El reconocimiento de la obligatoriedad en el Poder Judicial se fundamenta en el acuerdo tomado por la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología.

La tercera dosis se adiciona al acuerdo y fundamentación del acto administrativo tomado por el Consejo Superior en sesión No. 91-2021 celebrada el 21 de octubre de 2021, artículo XXIV, que dispuso la obligatoriedad para todas las personas servidoras y oferentes del Poder Judicial de estar debidamente vacunas contra el COVID-19. Circular 239-2021.

Debe considerarse que la aplicación de la tercera dosis dependerá de la disponibilidad de vacunas en el país, de manera que se requiere otorgar un plazo razonable para que el personal judicial pueda acudir a las áreas de vacunación a recibir el refuerzo.

En razón de lo anterior establecer un mes calendario contabilizado a partir de la publicación de la circular respectiva de la obligatoriedad de la tercera dosis, esto para que las personas puedan acudir a las jornadas de vacunación promovidas por las Administraciones Regionales, Servicios de Salud de todo el país y Áreas de Salud de la CCSS. El plazo procura conceder un tiempo razonable y prudencial para que el personal pueda acudir y afrontar cualquier limitación generada por la disponibilidad de dosis, además durante este mismo periodo deberá actualizar los datos en el registro informático.
Asimismo, se comunica el proceso de aplicación para la comprobación de la tercera dosis bajo los siguientes parámetros:
I.-Se exceptúa de la obligación a aquellas personas servidoras que, por contraindicación médica debidamente declarada, no les sea posible recibir la vacuna contra la COVID-19, en concordancia con lo establecido por la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología en el manual de procedimientos para la ejecución de la vacunación contra COVID-19 en los establecimientos de salud de la CCSS.

Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2022.03.21
14:57:07 -0600

Nº 55 36 Páginas
II.-Reiterar que la vacunación contra la COVID-19, forma parte de las medidas propias de la salud ocupacional del Poder Judicial, al ser considerado su contagio, durante o con ocasión del servicio, como una enfermedad profesional.
III.-Comunicar a todas las personas servidoras del Poder Judicial, respecto a la obligación de informar al Servicio de Salud del Poder Judicial sobre la aplicación de la tercera dosis contra la COVID-19, es decir, si se encuentran vacunadas o si posee contraindicación médica. Lo anterior, a más tardar un mes calendario a partir del acuerdo tomado, por los medios que oportunamente fueron indicados por la Dirección de Gestión Humana.
IV.-Disponer que durante el período de cumplimiento del presente acuerdo, la Dirección de Gestión Humana y el Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional deberán continuar su campaña de comunicación e información sobre la necesidad de reforzar la vacunación contra la COVID-19.
V.-Instruir a la Dirección de Gestión Humana para que, con posterioridad al día definido, se realice comunicación advirtiendo por última vez a todas las personas que no informaron sobre el acatamiento de su obligación de vacunarse en tercera dosis o no demostraron poseer contraindicación médica para adquirirla.
VI.-Una vez cumplido el plazo de cumplimiento intimar a las personas que a esa fecha se encuentren en estado de incumplimiento del acuerdo, para que en un término de diez días hábiles procedan a informar sobre su tercera dosis, con el apercibimiento de que si no proceden según lo dispuesto en el presente acto administrativo, se dará traslado de su situación a los órganos decisores a efecto de que valoren trasladar el conocimiento de dicha situación de incumplimiento a los órganos responsables de aplicación del debido proceso administrativo, para lo correspondiente.
VII.-Se instruye a las personas servidoras del Poder Judicial en el sentido de que no debe generarse situaciones discriminatorias o lesivas a la dignidad y honor de aquellos que se muestren renuentes a cumplir la obligación de estar vacunadas contra la COVID-19, sin perjuicio de las responsabilidades que eventualmente puedan generarse, previo debido proceso.
VIII.-Reiterar que lo dispuesto en el presente acuerdo no deja sin efecto la protección propia de fueros especiales amparados a normas del ordenamiento jurídico administrativo o laboral ni las situaciones jurídicas de aquellas personas reinstaladas mediante una medida cautelar dictada por un órgano jurisdiccional.
IX.-Reiterar que el hecho de que una persona servidora esté debidamente vacunada, no le releva de cumplir con las medidas de protección vigentes o adicionales que sean determinadas por el Ministerio de Salud, la Corte Suprema de Justicia y este Consejo Superior, por lo que el personal judicial deberá seguir cumpliendo con los lineamientos establecidos en los protocolos sanitarios aprobados.
San José, 14 de marzo de 2022.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2022631638 .

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Boletin Judicial de Costa Rica del 22/3/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date22/03/2022

Page count36

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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