Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5587

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Jefe de Gabinete de Ministros Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO N 0430
RÍO GALLEGOS, 26 Abril de 2021.VISTO:
El Expediente MS-Nº 780.419/21, elevado por el Ministerio de Seguridad; y CONSIDERANDO:
Que por el presente actuado, se tramita la ratificación en todos sus términos del CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION Y LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, suscripto el día 04 de marzo del año 2021, entre la Provincia de Santa Cruz, representado en ese acto por la Gobernadora Doctora Alicia Margarita KIRCHNER y el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por la Ministra, Doctora Sabina FREDERIC;
Que el citado acuerdo, tiene por objeto colaborar articuladamente para definir acciones orientadas al fortalecimiento del ingreso y la carrera del personal policial de la Provincia de Santa Cruz;
Que de acuerdo a la Cláusula Tercera del presente, la Provincia de Santa Cruz autoriza al titular del Ministerio de Seguridad a efectuar la suscripción de convenios específicos ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el presente Convenio comienza a regir a partir del día 04 de marzo del año 2021, y tendrá una duración de dos 2 años prorrogables automáticamente a su vencimiento;
Que en función de lo expuesto, corresponde ratificar el Convenio mencionado;
Por ello y atento a los Dictámenes SAJ-Nº 059/21, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 19 y vuelta y AE-SLyTGOB-Nº 13/21, emitido por Asesoría Ejecutiva dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 26;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio Marco suscripto el día 04 de marzo del año 2021, entre la Provincia de Santa Cruz, representado en ese acto por la señora Gobernadora de la Provincia Doctora Alicia Margarita KIRCHNER y el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por la Ministra, Doctora Sabina FREDERIC, el que como ANEXO forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos pertinentes.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento, Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre
DECRETO N 0431
RÍO GALLEGOS, 26 de Abril de 2021.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 203.229/21, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la ratificación del Convenio de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social representado por su titular, la Doctora Bárbara Dolores WEINZETTEL, por una parte y por la otra, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su titular el Doctor Gabriel LERNER, el cual con sus Anexos forma parte integrante del presente;
Que el citado convenio tiene como objeto la puesta en marcha del Proyecto Dispositivo para Adolescentes Infractores a la Ley Penal: Modalidad Mixta, el cual tiene como premisa la ampliación y el reacondicionamiento de la infraestructura edilicia de las viviendas ubicadas en calle Córdoba Nº 40 y Córdoba Nº 60, donde funciona el dispositivo;
Que para el desarrollo del objetivo, el Ministerio se compromete a otorgar un subsidio institucional por la suma de PESOS TRECE MILLONES $13.000.000,00, el cual será destinado de acuerdo a lo establecido en la Clausula 2da del convenio;
Que mediante Ley Nº 23.849 se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, la misma establece en su Artículo 3 Inciso 2 que los estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores o personas responsables ante la Ley y, con ese fin tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas;
Que el citado Proyecto de ampliación de la estructura edilicia tiene como eje central el reconocimiento de los derechos reconocidos a través de la Convención de los Derechos del Niño a los sujetos comprendidos, en consonancia con la normativa vigente Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 3062;
Que a su vez, la Ley Nº 26.061, tiene por objeto la pro-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5587 DE 16 PAGINAS

RÍO GALLEGOS, 24 de Agosto de 2021.tección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte;
Que la presente gestión se enmarca en la Resolución Nº 413-2021-APN-SENNAFMDS, emanada por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, la cual aprueba el Convenio de Cooperación suscripto entre las partes;
Que a fojas 52 y 57, obra la constancia de saldo y extracto bancario certificando el ingreso por parte de la Dirección de Erogaciones y la Subsecretaría de Administración y Finanzas del Ministerio de Desarrollo Social;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto 2021;
Que el Artículo 14 de la Ley Nº 3720, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha incorporación;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 371/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 36 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 293/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 64/66;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio de Cooperación celebrado entre el Estado Provincial representado por la titular del Ministerio de Desarrollo Social, Doctora Bárbara Dolores WEINZETTEL D.N.I.
Nº 12.718.367, por una parte y por la otra, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por el Doctor Gabriel LERNER D.N.I. Nº 14.872.833, destinado a la implementación del Proyecto denominado Dispositivo para Adolescentes Infractores a la Ley Penal:
Modalidad Mixta, en la ciudad capital, el cual como Anexo I forma parte integrante del presente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2.- INCREMÉNTASE en la suma de PESOS TRECE MILLONES $ 13.000.000,00, el total de recursos del Presupuesto 2021, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.Artículo 3.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS
TRECE MILLONES $ 13.000.000,00, el crédito del Presupuesto 2021 de la JURISDICCIÓN, SAF, FUENTE
DE FINANCIAMIENTO, CATEGORÍAS PROGRÁMATICAS E IMPUTACIONES PRESUPUESTARIAS
IPP, conforme al detalle que figura en las planillas que como anexos III y IV forman parte integrante del presente.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/8/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date24/08/2021

Page count16

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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