Legislación de Argentina

Artículo 2300 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2300. Retractación de la renuncia El heredero renunciante puede retractar su renuncia en tanto no haya caducado su derecho de opción, si la herencia no ha sido aceptada por otros herederos ni se ha puesto al Estado en posesión de los bienes. La ...

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Artículo 2299 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2299. Forma de la renuncia La renuncia de la herencia debe ser expresada en escritura pública; también puede ser hecha en acta judicial incorporada al expediente judicial, siempre que el sistema informático asegure la inalterabilidad del ...

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Artículo 2298 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2298. Facultad de renunciar El heredero puede renunciar a la herencia en tanto no haya mediado acto de aceptación. Fuentes y antecedentes: arts. 3311 CC y 2248 del Proyecto de 1998. (CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION - LIBRO QUINTO - ...

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Artículo 2297 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2297. Aceptación por una persona incapaz o con capacidad restringida La aceptación de la herencia por el representante legal de una persona incapaz nunca puede obligar a éste al pago de las deudas de la sucesión más allá del valor de los ...

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Artículo 2296 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2296. Actos que no implican aceptación No implican aceptación de la herencia: a) los actos puramente conservatorios, de supervisión o de administración provisional, así como los que resultan necesarios por circunstancias excepcionales y son ...

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Artículo 2295 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2295. Aceptación forzada El heredero que oculta o sustrae bienes de la herencia es considerado aceptante con responsabilidad ilimitada, pierde el derecho de renunciar, y no tiene parte alguna en aquello que ha sido objeto de su ocultamiento o ...

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Artículo 2294 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2294. Actos que implican aceptación Implican aceptación de la herencia: a) la iniciación del juicio sucesorio del causante o la presentación en un juicio en el cual se pretende la calidad de heredero o derechos derivados de tal calidad; b) la ...

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Artículo 2293 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2293. Formas de aceptación La aceptación de la herencia puede ser expresa o tácita. Es expresa cuando el heredero toma la calidad de tal en un acto otorgado por instrumento público o privado; es tácita si otorga un acto que supone ...

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Artículo 2292 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2292. Acción de los acreedores del heredero Si el heredero renuncia a la herencia en perjuicio de sus acreedores, éstos pueden hacerse autorizar judicialmente para aceptarla en su nombre. En tal caso, la aceptación sólo tiene lugar a favor de ...

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Artículo 2291 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2291. Efectos El ejercicio del derecho de opción tiene efecto retroactivo al día de la apertura de la sucesión. Fuentes y antecedentes: art. 3344 cc y art. 2241 del Proyecto de 1998 (CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION - LIBRO QUINTO - ...

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