Argentina
Artículo 1852 del Código Civil y Comercial comentado
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ARTICULO 1852. Ámbito de aplicación. Jurisdicción
Las disposiciones de esta Sección se aplican en caso de sustracción, pérdida o destrucción de títulos valores incorporados a documentos representativos, en tanto no existan normas especiales para tipos determinados de ellos. El procedimiento se lleva a cabo en jurisdicción del domicilio del creador, en los títulos valores en serie; o en la del lugar de pago, en los títulos valores individuales. Los gastos son a cargo del solicitante.
Artículo 1851 del Código Civil y Comercial comentado
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ARTICULO 1851. Comprobantes de saldos
La entidad que lleve el registro debe expedir comprobantes de saldos de cuentas, a efectos de: