Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/12/2023

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 28

B.O. P. DE CADIZ NUM. 243

La presente ordenanza, una vez aprobada definitivamente por el Pleno de la Corporación, conforme al procedimiento establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en su caso sus modificaciones, será de aplicación a partir del primer día del mes natural siguiente al de su entrada en vigor, que se producirá una vez haya sido publicado íntegramente su texto y transcurrido el plazo de quince días hábiles previsto en el artículo 65.2 en relación con el 70.2 ambos de la mencionada Ley 7/1985.

En todo caso, para su efectiva aplicación, las tarifas incluidas en la presente Ordenanza deberán ser aprobadas por la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, o el órgano que lo sustituya, conforme al Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía.

SEGUNDO.- El texto de la referida Ordenanza se publicará de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17.4 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra el mencionado acuerdo definitivo de aprobación, los interesados podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS
MESES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

TERCERO.- Aprobar definitivamente la derogación de la Ordenanza Fiscal nº 26, Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de suministro domiciliario de aguas.
La derogación de la Ordenanza no surtirá efectos hasta la entrada en vigor de la Ordenanza Reguladora de la Prestación Patrimonial de Carácter Público no Tributario por suministro domiciliario de agua potable.

CUARTO.- Fijar la entrada en vigor de la citada Ordenanza de conformidad con lo dispuesto en su artículo 9º Disposición Final, y estará vigente en tanto no se apruebe su modificación o derogación expresa.

Lo que se hace público para general conocimiento
En El Puerto de Santa María, a 19 de diciembre de 2023. EL ALCALDE
PRESIDENTE Fdo.- D. German Beardo Caro.
Nº 171.990


AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 20 de noviembre de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/SUP/06/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, y que se hace público como sigue a continuación, resumido por capítulos:
CAPÍTULO

CAPÍTULO I

CAPÍTULO IV
CAPÍTULO

EMPLEOS:

DENOMINACIÓN

GASTOS DE PERSONAL

TRANSFERENCIAS CORRIENTES
RECURSOS

DENOMINACIÓN

IMPORTE

1.410.209,46

908.522,51

IMPORTE

Capítulo VIII
ACTIVOS FINANCIEROS
2.318.731,97

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Arcos de la Frontera, a 21 de diciembre de 2023. El Alcalde, Miguel Rodríguez Rodríguez.
Nº 172.838


AYUNTAMIENTO DE TARIFA
E.L.A. DE FACINAS
EDICTO

Aprobado inicialmente por la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Facinas en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de Diciembre de 2023, el Presupuesto General para el ejercicio económico 2024, y en consecuencia las Bases de Ejecución que la soportan, y la plantilla de personal que se une como anexo; estará de manifiesto al público en la Intervención de esta Entidad Local, por espacio de QUINCE DÍAS
HABILES, contados a partir de su publicación en el B.O.P., durante cuyo plazo se admitirán las reclamaciones que se presenten por las personas y entidades enumeradas en la vigente Legislación Municipal Art. 169 T.R.L.R.H.L., caso de no presentarse reclamaciones durante el citado plazo, se considerará definitivamente aprobado, y se publicará nuevamente en el B.O.P.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

26 de diciembre de 2023

FACINAS, a 21 de Diciembre de 2023. EL PRESIDENTE DE LA ELA, CRISTOBAL J. IGLESIAS CAMPOS.
Nº 172.841


AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 20 de noviembre de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/SUP/07/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, y que se hace público como sigue a continuación, resumido por capítulos:
EMPLEOS:

CAPÍTULO

DENOMINACIÓN

CAPÍTULO

DENOMINACIÓN

IMPORTE

CAPÍTULO II GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 1.309.571,10
RECURSOS

IMPORTE

Capítulo VIII ACTIVOS FINANCIEROS

1.309.571,10

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Arcos de la Frontera, a 21 de diciembre de 2023. El Alcalde, Miguel Rodríguez Rodríguez.
Nº 172.860


AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 20 de noviembre de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/CEX/06/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, y que se hace público como sigue a continuación, resumido por capítulos:
EMPLEOS:

CAPÍTULO

DENOMINACIÓN

CAPÍTULO

DENOMINACIÓN

CAPÍTULO IX

Capítulo VIII

IMPORTE

PASIVOS FINANCIEROS
RECURSOS

1.533.904,32

ACTIVOS FINANCIEROS

IMPORTE

1.533.904,32

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Arcos de la Frontera, a 21/12/2023. El Alcalde, Miguel Rodríguez Rodríguez.Firmado.
Nº 172.889

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PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/12/2023

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/12/2023

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones6015

Primera edición02/01/2001

Ultima edición13/05/2024

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