Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/12/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 16

B.O.P. DE CADIZ NUM. 243

ni comunicados con fines contrarios a las leyes."


Nº 78.461

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
ALGECIRAS
EDICTO

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 552/2019
Negociado: 2. N.I.G.: 1100444420190000813. De: D/D. TRINIDAD RIOS
ESCRIBANO. Abogado: ANA MARIA MARTINEZ GARCIA. Contra: D/D. TGSS/
INSS, MUTUA FREMAP, ILUNION LIMPIEZA Y MEDIO AMBIENTE, SA, SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, ASEPEYO, LIMPIASOL SA , PROYECTOS
INTEGRALES LIMPIEZA PILSA, CAYSUR SA, GIBRALSERVI SL, MUTUA
UNIVERSAL CADIZ y MUTUA UNIVERSAL MUGENAT. Abogado: ISMAEL
ASENJO GONZALEZ, ANA MARTINEZ SANCHEZ

D/D. MARIA ALEJANDRA TORRES GUTIERREZ, LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE
ALGECIRAS

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 552/2019 se ha acordado citar a CAYSUR SA y GIBRALSERVI SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 26 de enero de 2021 a las 13:15 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVDA. VIRGEN DEL
CARMEN 55, EDIFICIO AUDIENCIA PROVINCIAL ALGECIRAS. debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a CAYSUR SA y GIBRALSERVI SL.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En ALGECIRAS, a diecinueve de noviembre de dos mil veinte. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 78.466


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
ALGECIRAS
EDICTO

D/D MARIA ALEJANDRA TORRES GUTIERREZ, LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1683/2019 a instancia de la parte actora D/D. ALICIA RIQUELME GARCIA contra CENTRO
MEDICO SUR DE EUROPA S.L., SERVICIOS SANITARIOS SUR DE EUROPA
S.L. y CENTRO MEDICO LINENSE S.L. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha del tenor literal siguiente:

FALLO

Que, estimando la demanda de despido interpuesta por D ALICIA
RIQUELME GARCÍA declaro la improcedencia del despido del que fue objeto con fecha de efectos 30 de noviembre de 2019, y asimismo declaro extinguida la relación laboral con la fecha de efectos de la presente resolución, condenando a la empresa CENTRO MÉDICO LINENSE, S.L. a que abone a la actora una indemnización por importe de veintiocho mil setecientos treinta y seis euros con diez céntimos 28.736,10 € así como a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de esta resolución, que se cuantificarán en ejecución conforme a lo indicado en el fundamento de Derecho Cuarto. No procede efectuar pronunciamiento alguno sobre FOGASA en este momento procesal, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria, en los supuestos y con los requisitos legalmente establecidos.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante, en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa condenada, salvo que se hallara legalmente exenta de ello, deberá acreditar documentalmente al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario de duración indefinida y pagadero a
23 de diciembre de 2020

primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Si la consignación se hiciera por transferencia, deberá realizarse en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274, haciendo constar en el concepto de la transferencia 5404000065168319.
De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de trescientos euros 300 €, en la misma cuenta y con el mismo concepto.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Magistrado que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandados a CENTRO MEDICO SUR
DE EUROPA S.L., SERVICIOS SANITARIOS SUR DE EUROPA S.L. y CENTRO
MEDICO LINENSE .S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALGECIRAS, a dieciocho de noviembre de dos mil veinte. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 78.489


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
ALGECIRAS
EDICTO

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 858/2019 Negociado: 4.
N.I.G.: 1100444420190001164. De: D/D. JORGE LUIS IBORRA GALLEGO.
Abogado: JAIME DE CASTRO GARCIA. Contra: D/D. NOVOMAG
MANUFACTURAS INDUSTRIALES SL.

D/D. MARIA ALEJANDRA TORRES GUTIERREZ, LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
Nº 2 DE ALGECIRAS

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 858/2019 se ha acordado citar a NOVOMAG MANUFACTURAS INDUSTRIALES
SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 26 de enero de 2021 a las 12:00 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVDA. VIRGEN DEL CARMEN 55, EDIFICIO AUDIENCIA PROVINCIAL
ALGECIRAS. debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a NOVOMAG MANUFACTURAS
INDUSTRIALES SL.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En ALGECIRAS, a dieciocho de noviembre de dos mil veinte. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado. Nº 78.494

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 23/12/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha23/12/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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