Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/8/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 151

en el artículo 39/2015, de 1 de octubre.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.4 LISTA DE ADMITIDOS

En el término de 15 días desde la conclusión del plazo de subsanación de errores, se publicará en el B.O.P de Cádiz, Resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión de la correspondiente como admitidos de aquéllos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones. El miso día en que se remita al Boletín se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web SEDE AYUNTAMIENTO.

En la Resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora de la valoración de los méritos, así como la composición del Tribunal calificador.

La publicación de la Resolución aprobatoria de la lista definitiva en el B.O.P de Cádiz, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Desde la publicación de la Resolución aprobatoria no podrán transcurrir más de tres meses.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR

5.1 COMPOSICIÓN

El Tribunal estará integrado por un Presidente y cuatro vocales, tres miembros de la Excma. Diputación de Cádiz y un Secretario, que será el de la Corporación, designándose igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.

5.2 REQUISITOS DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL

Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos de carácter fijo y poseer titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.

5.4 ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN

Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.5 ACTUACIÓN Y CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, como mínimo, del Presidente y del Secretario, o en su caso, de quienes le sustituyan, y la mitad, al menos, del resto de sus miembros con derecho a voto. Actuará válidamente cuando concurran el Presidente, Secretario y dos vocales.

El Tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos en ellas. Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nominal.
En caso de empate se repetirá la votación hasta una tercera vez en la que, si persiste el empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto. Para las votaciones se seguirá el orden establecido en la resolución de nombramiento de los miembros del Tribunal, votando en último lugar el Presidente.

Los acuerdos del Tribunal sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 REVISIÓN DE LAS RESOLUCIONES POR EL TRIBUNAL
CALIFICADOR

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.

5.7 CLASIFICACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría de primera.

6.- SISTEMA SELECTIVO

El procedimiento de selección del aspirante será el concurso.

Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes serán los adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, valorándose de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de 13 puntos.

a Experiencia profesional: por servicios efectivos prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo A, subgrupo A2, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará 1 punto por cada año de servicio prestado hasta un máximo de 5 puntos. Los meses que no completen el año se computarán proporcionalmente.

La comprobación de la antigedad se realizará de oficio por la Administración y los datos serán puestos a disposición del Tribunal calificador.

b Formación:
1.- Se valorarán los cursos/seminarios de formación y/o perfeccionamiento recibidos e impartidos que sean acreditados hasta la fecha de terminación del plazo de solicitudes, cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder, desarrollados en el marco de la Formación Continua o que estén homologados y hayan sido celebrados por Administraciones Públicas, o Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones u Organismos que actúen bajo la dependencia de aquéllas, Organizaciones Sindicales, Universidades Públicas, Colegios Profesionales.
- Hasta un máximo de 20 horas 0,15 puntos.
- De 21 a 50 horas: 0,30 puntos.
- De 51 a 75 horas: 0,45 puntos.
- De 76 a 100 horas 0,60 puntos.
- De 101 horas en adelante: 0,75 puntos.

10 de agosto de 2020

Aquellos cursos recibidos por los aspirantes en los que no se especifique el número de horas serán valorados con 0,08 puntos.

En este apartado se podrá alcanzar hasta un máximo de 5 puntos.
2.-Por cada ejercicio superado, en convocatoria pública, para la provisión de una plaza del mismo grupo o subgrupo o de categoría superior a la que se aspira: .0,40 puntos.

En este apartado se podrá alcanzar hasta un máximo de 5 puntos.

Acreditación de los cursos:

Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado y/o diploma del curso en el que consten las firmas del secretario, gerente o coordinador, así como el sello de la entidad, con mención expresa del contenido del curso y la duración del mismo expresadas en horas.

6.3 CALIFICACIÓN DEFINITIVAY PLAZO DE RECLAMACIÓN POR
LA BAREMACIÓN DE MÉRITOS

Al finalizar la baremación por el Tribunal calificador, se expondrá el resultado provisional de puntuación otorgándose un plazo de tres días laborables a efectos de formular las alegaciones y presentar cuantos documentos estimen pertinentes.

Transcurrido el plazo de reclamaciones, se publicará el listado con la puntuación definitiva de los aspirantes.

Contra dicho acto administrativo sólo cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán a la continuación del procedimiento.

7 LISTA DE APROBADOS

7.1 PUBLICACIÓN DE LA LISTA

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación, por orden de puntuación, en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial. Se otorgará el puesto vacante al aspirante que hubiese obtenido la puntuación más elevada.

En caso de incurrir en empate, se atenderá a la puntuación más alta obtenida en el apartado de Experiencia Laboral. Si persistiese el empate, se atenderá a la puntuación más alta obtenida en el apartado de Formación. Si persistiere el empate, se atenderá a la Letra del apellido sorteado para orden de actuación en los procesos selectivos, publicada en la Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado siendo la letra Q, atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes.

La lista de aprobados no podrá rebasar el número de plaza convocada.

7.2 ELEVACIÓN DE LA LISTA

Simultáneamente a su publicación en el Tablón de Anuncios, el Tribunal elevará la relación expresada a la Alcaldía.

8 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

8.1 DOCUMENTOS EXIGIBLES

Los aspirantes propuestos aportarán en el Negociado de Personal del Ayuntamiento de Olvera, los documentos acreditativos de los requisitos expresados en la base 2.

8.2 FALTA DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte de la convocatoria.

En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida.

9.- NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO DE CARRERA

9.1 PLAZO

Una vez realizado el nombramiento por la Alcaldía, el aspirante incluido en el mismo deberá tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar desde la notificación del nombramiento.

9.2 EFECTOS DE LA FALTA DE TOMA DE POSESIÓN

Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, no adquirirán la condición de funcionarios, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.

10.- INCIDENCIAS

Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados, en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

24/07/2020. El Alcalde Accidental de la Corporación. Firmado: Ramon Nuñez Nuñez.
MODELO OFICIAL DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO
SELECTIVO, MEDIANTE EL SISTEMA DE ACCESO DE PROMOCIÓN INTERNA
DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.
DATOS DEL/LA ASPIRANTE:
Primer Apellido:

Segundo Apellido:

Nombre:

Domicilio a efectos de notificaciones:

Municipio:

DNI:

Provincia:

Código Postal:

Teléfono/móvil:

Enterado/a de la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico de Administración General Ayuntamiento de Olvera Cádiz SOLICITA:

Sea admitido/a a trámite la presente, para lo cual declaro bajo mi responsabilidad estar en posesión de cuantos requisitos se establecen en las citadas Bases, referidos siempre a la fecha de la expiración del plazo de presentación de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/8/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha10/08/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031