Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/8/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 150

técnicas particulares que propongan la inclusión de estipulaciones contrarias a los respectivos pliegos generales.
- La celebración de contratos con personas que no están clasificadas, cuando este requisito sea exigible, en los supuestos en que por el órgano de contratación se considere conveniente para los intereses públicos, previamente a la autorización por el Consejo de Gobierno de tal exención.
- Asimismo corresponde a la Comisión Consultiva de Contratación Administrativa:
- Informar a solicitud de los órganos de contratación, cuando éstos consideren que las circunstancias concurrentes así lo aconsejen, en los supuestos en que se presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de bajas desproporcionadas o temerarias.
- Formular las recomendaciones pertinentes, con carácter general o a un determinado órgano de contratación, si los estudios sobre contratación administrativa o de un contrato particular se dedujeran conclusiones de interés para la Administración.
- Dirigir el Registro de Contratos, que actuara bajo la dependencia directa de la Comisión Consultiva de Contratación Administrativa.
- El examen y valoración de la memoria anual sobre contratación elaborada de acuerdo con los datos contenidos en el Registro de Contratos.
- Proponer al titular de la Consejería de Economía y Hacienda la resolución procedente sobre prohibición de contratar, en los supuestos previstos legalmente, cuando corresponda su declaración a la Administración de la Junta de Andalucía.
- Elaborar y proponer y, en su caso, adoptar en el ámbito de su competencia, las normas, instrucciones y medidas generales que considere necesarias en relación con la contratación administrativa.
- Cualquier otra función que le corresponda de acuerdo con la formativa de aplicación.
- Finalmente, cabe mencionar en este apartado el Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, puesto que resulta de gran interés tanto para particulares como para empresarios en orden a que a través del mismo y como se plasma en su propia denominación, crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de Hacienda, como órgano de carácter especializado, que actuará con plena independencia funcional y al que se le atribuyen entre otras las siguientes funciones:
- Resolución de los recursos especiales en materia de contratación y las cuestiones de nulidad regulados en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación y las cuestiones de nulidad, establecidas en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
- Podrá también atribuirse al citado Tribunal Administrativo, previa la firma de convenio, el conocimiento del recurso especial y de las cuestiones de nulidad que se planteen contra los actos en materia contractual, que dicten el Parlamento de Andalucía, las Instituciones de autogobierno previstas en el Capítulo VI del Título IV del Estatuto de Autonomía, así como las Universidades Públicas andaluzas.
- De otro lado, el presente Decreto, partiendo del pleno respeto a la potestad de autoorganización de las entidades locales, reconocida en el artículo 91.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el artículo 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, permite la creación de órganos propios, especializados e independientes y, sin perjuicio de las competencias de asistencia material a los municipios que corresponden a las provincias, prevé que las entidades locales de Andalucía y los poderes adjudicadores vinculados a las mismas, puedan atribuir al Tribunal Administrativo de la Junta de Andalucía, mediante convenio, la competencia para resolver los recursos y las cuestiones de nulidad contemplados tanto en la Ley 30/2007 como en la Ley 31/2007, ambas de 30 de octubre.
- Transparencia en materias de urbanismo, obras, y concesión de obras públicas.
- Planes de ordenación urbana y convenios urbanísticos: Tendrá una sección visible en la Web dedicada al Urbanismo; Estará publicado el Plan General de Ordenación Urbana PGOU; Se publicarán los mapas y planos que detallan el PGOU; Se publicarán las modificaciones aprobadas del PGOU.
- Decisiones sobre recalificaciones y adjudicaciones urbanísticas: Se publicará información precisa de los Convenios urbanísticos del Ayuntamiento; Se publicará información precisa de los Planes parciales sobre los usos y destinos del suelo.
- Anuncios y licitaciones de inmuebles: Se publicará información precisa de la normativa vigente en materia de gestión urbanística del Ayuntamiento; Se publicarán los proyectos, los pliegos y los criterios de licitación de las obras públicas más importantes concernientes a parcelas urbanísticas del Registro; Se publicarán las modificaciones de los proyectos de las obras más importantes.
- Información sobre concurrentes, ofertas y resoluciones: Se publicará el listado de empresas que han concurrido a la licitación de las obras públicas; Se publicará el nombre de las empresas que han realizado las obras de urbanización más importantes.
- Seguimiento y control de la ejecución de obras y concesiones de obras: Se aportará información precisa sobre cada una de las obras más importantes de infraestructura que está en curso Objetivos de la obra y responsable municipal; contratista/s responsable/s;
importe presupuestado; período de ejecución; Se publicará la fecha concreta prevista para la finalización de las obras municipales más importantes, o bien la fecha concreta de inicio y el plazo de ejecución de dichas obras; Se difundirá periódicamente al menos semestral información sobre las obras de infraestructura realizadas y/o las aprobadas pendientes de ejecución informes, comunicados, notas de prensa, etc..
- Indicadores sobre urbanismo y obras: Se divulgarán los siguientes indicadores:
Inversión en infraestructuras por habitante Gastos del ejercicio ejecutados en inversión capítulo 6 en infraestructuras / N2 habitantes;Porcentaje de ingresos derivados del urbanismo / Presupuesto total de ingresos; Porcentaje de gastos derivados del urbanismo / Presupuesto total de gastos; Se publicarán la descripción y localización de bienes por cesiones obligatorias o gratuitas, permutas, etc. Así como los registros de nuevas edificaciones que sean de uso para el Ayuntamiento del municipio.
- Indicadores ley de transparencia.
- Planificación y organización del Ayuntamiento: Se publicarán los Planes y Programas anuales y plurianuales en los que se fijan objetivos concretos, así como las actividades,
7 de agosto de 2020

medios y tiempo previsto para su consecución; Se publicará un Organigrama actualizado que permita identificar a los responsables de los diferentes órganos.
- Contratos, convenios y subvenciones: Se publicarán todos los Contratos formalizados, con indicación del objeto, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado, los instrumentos a través de los que en su caso se haya publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad de los adjudicatarios;
Se publicarán datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de Contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público; Se publicarán la relación de los Convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto y en su caso las obligaciones económicas convenidas; Se publicarán las Subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
- Altos cargos, funcionarios y Corporativos del Ayuntamiento, y Entidades participadas:
Se publicarán las retribuciones percibidas por los Altos cargos, funcionarios y Corporativos del Ayuntamiento y los máximos responsables de las Entidades participadas por el mismo; Se harán públicas las indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono de los cargos y puestos de trabajo; Se publicará el Registro de Intereses de Actividades y de Bienes de los Altos cargos del Ayuntamiento; Se publicarán las resoluciones dictadas sobre la compatibilidad de las actividades privadas a realizar por los cargos.
- Información económica y presupuestaria: Se publicarán los Presupuestos del Ayuntamiento, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada sobre su estado de ejecución; Se publicarán las Cuentas Anuales/Cuenta General del Ayuntamiento Balance, Cuenta de Resultado económico-patrimonial, Memoria, y liquidación del Presupuesto; Se publicarán los Informes de Auditoría de cuentas y los de Fiscalización por parte de los órganos de control externo Cámara o Tribunal de Cuentas, del Ayuntamiento y de las entidades del sector público municipal.

El Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, como Socio Titular de la RED
DE ENTIDADES LOCALES POR LA TRANSPARENCIA Y LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA, se compromete a desarrollar políticas para el fomento de la Transparencia y la Participación Ciudadana.

Artículo 27.- Código de Buen Gobierno Municipal
El Código de Buen Gobierno Municipal, aprobado por toda la Corporación en sesión plenaria celebrada el día 28 de septiembre de 2015, se erige como pieza central en el conjunto de herramientas e instrumentos para desarrollar adecuadamente no solo las obligaciones legales de esta Entidad sino también sus compromisos éticos con la gestión pública, en general y con los ciudadanos en particular.

A efectos de garantizar de los objetivos contenidos en el mismo, los órganos y responsables del seguimiento de sus principios, velarán por su adecuada difusión, con especial incidencia en garantizar su conocimiento por parte de la ciudadanía, de su incorporación al ordenamiento jurídico local y la máxima difusión entre los agentes sociales, económicos y culturales.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS O FINALES.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

En Arcos de la Frontera a 2 de Julio de 2020. El Alcalde, Fdo. Isidoro Gambín Jaén.
Nº 38.730


AYUNTAMIENTO DE GRAZALEMA
EDICTO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 30 de julio de 2020, aprobó inicialmente el expediente nº: 07/2.020 de Modificación del Presupuesto Municipal 2020 por crédito extraordinario para la adquisición de inmueble denominado Antigua fábrica de queso ubicado en la zona alta de la Calle Nueva de Grazalema destinado a la construcción de una Residencia de mayores.

Conforme a lo establecido en el Artículo 177 y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado expediente queda expuesto al público por plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, considerándose definitivamente aprobado si transcurrido el plazo de exposición pública no se presentan reclamaciones.

El expediente puede consultarse, además de en las oficinas municipales, en la página web y Portal de Transparencia del Ayuntamiento.

En Grazalema Cádiz, 31/07/2020. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.
Carlos Javier García Ramírez.
Nº 40.831

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.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
Correo electrónico: boletin@bopcadiz.org www.bopcadiz.es
O .
B

SUSCRIPCION 2020: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/8/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones6010

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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