Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/6/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 110

corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.

2.- Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo
Los integrantes de la Bolsa de Trabajo que finalicen el contrato de trabajo ofertado por el Ayuntamiento de Conil de la Frontera, pasarán a la situación de Disponible, valorándose los servicios prestados, conforme a los criterios previstos en la Norma Undécima, y acumulando dicha valoración, a la puntuación que tuviera anteriormente, pasando a ocupar el puesto correspondiente de la Bolsa de Trabajo, atendiendo a la nueva puntuación resultante.

DÉCIMAPRIMERA.- ACTUALIZACIÓN DE LAS BOLSAS DE
TRABAJO

Las bolsas de trabajo se actualizarán del siguiente modo:

En cuanto a sus integrantes: Siempre que la constitución de una Bolsa de Trabajo no implique la desaparición de una preexistente con idéntica finalidad, las personas seleccionadas se incorporarán a ésta última. Se situarán, en el conjunto de la Bolsa de Trabajo, en el lugar que corresponda en función de la puntuación obtenida.

En cuanto a la puntuación de sus integrantes: Anualmente, se abrirá un plazo de quince días, en el mes de diciembre, a fin de que aquellas personas que puedan alegar nueva experiencia profesional, méritos formativos o académicos, presenten lo que convenga a sus intereses. Los méritos a aportar, para ser valorados, deberán haberse adquirido con posterioridad al proceso selectivo que sirvió para su incorporación a la Bolsa de Trabajo en la que se encuentre, y su justificación documental se hará en los términos previstos en las Bases reguladoras de la convocatoria de las Bolsas de Trabajo.
- La experiencia profesional será valorada, sin limitación en la puntuación, de acuerdo con los siguientes criterios:

1.- Servicios prestados certificados como personal funcionario en cualquier Administración Pública, que resulten homólogos con los exigidos en cada convocatoria.
Igualmente para los servicios prestados certificados como personal laboral en cualquier Administración Pública, siempre que sean homólogos con los exigidos para la Bolsa de Trabajo: 0,10 puntos por mes completo treinta días.

2.- Servicios prestados certificados en empresas públicas o privadas en régimen laboral con contrato laboral y alta en Seguridad Social por cuenta de la empresa, que resulten homólogos con los exigidos para la Bolsa de Trabajo: 005
puntos por mes completo treinta días.

Sin perjuicio de lo anterior, los servicios prestados en el Ayuntamiento de Conil de la Frontera, que hubieran sido objeto de valoración durante el desarrollo de la Bolsa de Trabajo, según lo previsto en la Norma Décima, no podrán alegarse ni serán valorables, a efecto de Actualización de la Bolsa de Trabajo.
- Los méritos formativos serán valorados, con limitación máxima de 2 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

Se podrán valorar los Cursos, Jornadas, Congresos y Seminarios, que se encuentren relacionados con las plazas objeto de la bolsa de trabajo y hayan sido organizados bien por una Administración Pública u Organismos de ella dependientes, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública u Organizaciones Sindicales, se puntuarán conforme al siguiente baremo:
Hasta 14 horas lectivas o 2 días de duración 0,05 puntos.
De 15 a 40 horas lectivas o de 3 a 7 días de duración 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas lectivas o de 8 a 12 días de duración 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas lectivas o de 13 a 20 días de duración 0,30 puntos.
De 101 a 200 horas lectivas o de 21 a 40 días de duración 0,40 puntos.
De más de 200 horas lectivas o más 40 días de duración 0,50 puntos.
Los cursos, jornadas, congresos y seminarios en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
- Los méritos académicos, serán valorados, con limitación máximo de 1 punto, conforme a la siguiente puntuación:
Título Universitario: 1 punto.
Título de Bachiller, Formación Profesional de grado superior o equivalente 0 , 5
puntos.
Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de grado medio o equivalente: 0,25 puntos.

DÉCIMASEGUNDA .- PUBLICACIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO

Dentro de los diez primeros días de cada mes, se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento Conil de la Frontera, las Bolsas de Trabajo existentes con indicación de nombre y apellidos. EI Orden de Lista que indique será el que sirva para establecer el de llamada para las contrataciones.

DÉCIMATERCERA.- BOLSAS ADICIONALES

Cuando las necesidades del Servicio lo requieran, si una determinada Bolsa de Trabajo se agotase, podrá crearse una Bolsa Adicional, que se regirá por las presentes Normas, con aquellas personas que integren otra Bolsa de Trabajo de un puesto de trabajo con características similares, en la que se determinará la vigencia de la misma, de tal manera que su uso podrá ser por una sola vez o por el plazo que, en cada caso, se determine.

Corresponderá a la Mesa de Contratación Temporal determinar la vigencia de una determinada Bolsa Adicional, de tal manera que su uso podrá ser por una sola vez o por el plazo que, en cada casa, se determine.

El plazo de vigencia se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

DÉCIMACUARTA.- SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEOS.A.E

En casos excepcionales y por razones de urgencia, podrá acudirse a la contratación, a través del Servicio Andaluz de Empleo, sin que ello suponga la constitución de Bolsa de Trabajo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

12 de junio de 2020

Conil de la Frontera, a 10 de marzo de 2020. EL ALCALDE. Fdo. Juan Manuel Bermúdez Escámez. Firmado.
Nº 17.571


AYUNTAMIENTO DE ALGODONALES
ANUNCIO

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de Abril del corriente se ha resuelto admitir a trámite la Aprobación del Proyecto de actuación para IMPLANTACIÓN DEL
NUEVO CENTRO DE DEFENSA FORESTAL CEDEFO DE ALGODONALES, situado en la Parcela 13 del Polígono 26 LA TINAJUELA, con referencia catastral 11005A026000130000LX, promovido por parte interesada JSR-DNI 33508232-S, concediéndose un plazo de veinte días, contado a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, para su examen en la Oficina Técnica del Ayuntamiento y posterior presentación de alegaciones, en su caso.

Algodonales, a 4 de mayo del 2020. EL ALCALDE Fdo. Ángel Acuña Racero Nº 23.536


AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS
EDICTO

Recibida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Matrícula Provisional del Impuesto sobre Actividades Económicas, comprensiva del censo del ejercicio 2020, se expone al público en la Oficina de Gestión Tributaria de este Ilmo.
Ayuntamiento, sita en Pz de la Iglesia, nº 2, en horario de 9:00 a 14:00 horas, por plazo de QUINCE DIAS contados a partir de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.

Dada la extraordinaria situación laboral que estamos viviendo como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID19, al encontrarnos teletrabajando, se ruega nos contacten a través del correo electrónico delegaciondegestiontributaria@ayto.losbarrios.es, Sede Electrónica Municipal y en el teléfono 956-582500 Gestión Tributaria-IAE

Transcurrido dicho plazo, de conformidad con el artículo 4º de la normativa mencionada, los interesados legítimos podrán interponer Recurso de Reposición contra los actos de inclusión, exclusión o alteración de datos, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria o Reclamación Económico Administrativa ante el Tribunal Económico - Administrativo Regional, por plazo de un mes, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento de la normativa vigente.

Los Barrios, 13 de mayo de 2020. EL ALCALDE, Fdo.: Miguel Fermín Alconchel Jiménez.
Nº 24.469


AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
Extracto del Decreto de la Alcaldía-Presidencia n.º 3203, de 28 de mayo de 2020, sobre aprobación de convocatoria de subvenciones a asociaciones y federaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro para la realización de programas y proyectos en materia de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres correspondiente al ejercicio 2020.
BDNSIdentif.:508790

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, https www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias.

Primero.- Entidades Beneficiarias.

Podrán acceder a la subvención aquellas asociaciones y federaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro que además de los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, reúnan los relacionados de la a a la g en el punto 2 del apartado cuarto, ?Requisitos para solicitar la subvención? de la Convocatoria. Así mismo, las asociaciones y federaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro, deberán contemplar en sus Estatutos, entre los fines y/o actividades de la entidad, la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en cualquiera de sus manifestaciones y/o la prevención de la violencia de género; y las asociaciones vecinales, deberán tener creada una vocalía de mujer o de igualdad entre mujeres y hombres.

Segundo.- Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es regular en régimen de concurrencia competitiva la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana, a través de la Delegación de Mujer, destina a las asociaciones y federaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro, para la ejecución de proyectos que tengan como objeto la igualdad entre mujeres y hombres, y el fortalecimiento y consolidación de la red de asociaciones de mujeres de esta localidad.

Se establecen tres lineas de subvenciones:
1. Funcionamiento y mantenimiento de locales sociales de asociaciones y/o federaciones de mujeres de nuestra localidad.
2. Programas y proyectos de actividades cuyo objeto sea la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres y la participación social, cultural, política y económica de las mujeres.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/6/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha12/06/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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