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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/6/2020
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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
1 de junio de 2020
Página 3
B.O.P. DE CADIZ NUM. 101
en el vigente Reglamento General de Recaudación.
AYUNTAMIENTO DE ALCALA DEL VALLE
5º.- Dar traslado del presente decreto a las UU.AA. afectadas y proceder ANUNCIO
a su publicación, para general conocimiento, mediante Edicto en el Boletín Oficial de
Con fecha 7 de marzo de 2.018 se adoptó por la Alcaldía Resolución la Provincia, lo que servirá de notificación colectiva conforme a lo establecido en el 30/2018, relativa a la designación oficial del nombre de la sede electrónica de este artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, pudiéndose interponer por los Ayuntamiento, que literalmente se transcribe:
interesados, contra la presente resolución los siguientes recursos:
RESOLUCIÓN 30/2018
1º.- Recurso de reposición ante este mismo organismo en el plazo de un
En Alcalá del Valle, a siete de Marzo de dos mil dieciocho, constituida en mes a contar desde el día siguiente a su notificación art. 14.2.C del Texto Refundido su despacho oficial la Sra. Alcaldesa Doña Dolores Caballero Flores, en presencia de la de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo Secretaria Doña Francisca Listán Álvarez, en uso de las facultades que me confieren la Ley 2/2004, de 5 de marzo. Se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su 7/1985, de 2 de Abril, L.R.B.R.L, Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, R.O.F.R.J.
presentación no recayera resolución expresa artículo 14.2.L del Texto Refundido de de las EE.LL. y resto de normativa local, y estando tramitándose solicitud de certificado la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de Sede Electrónica para este Ayuntamiento, en el cumplimiento de lo establecido en la ley de 5 de marzo.
39/2015, de 1 de Octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de lasAdministraciones
2º- Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Públicas, y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Alcaldía.
Contencioso-Administrativo de Cádiz, en el plazo de dos meses desde la notificación
HA RESUELTO
de la resolución del recurso de reposición señalado en el apartado anterior, o en el
Primero.- Designar oficialmente como nombre de sede electrónica de este plazo de seis meses desde el momento que deba entenderse presuntamente desestimado Ayuntamiento el siguiente:
el recurso de reposición previamente presentado, a tenor de lo establecido en los
sede.alcaladelvalle.es artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Sociedad de la Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, Información de la Exma. Diputación de Cádiz, a los efectos procedentes.
cualquier otro que estime procedente.
Leída íntegramente la Resolución que precede, por mi, aprobada por la Sra.
No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 33.7 del Real Alcaldesa que la ha adoptado y declarado por la misma concluso el acto, yo, la Secretaria Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer extiendo la presente que firma la Autoridad Municipal, de todo lo cual doy fe.
frente al impacto económico y social del COVID-19, en la Disposición Adicional
Alcalá del Valle, a 20 de mayo de 2020. El Alcalde. Fdo.: Rafael Aguilera Octava del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas Martínez.
Nº 25.144
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al ___________________
COVID-19 y en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
empleo, el plazo para interponer recursos frente a actos tributarios no se iniciará ANUNCIO
hasta el 30 de mayo de 2020, o hasta que se haya producido la notificación de la
Por Decreto de esta Alcaldía número 2875 de 14 de mayo del corriente se presente resolución, si dicha notificación se produce con posterioridad al 30 de ha aprobado el PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2020, de conformidad mayo de 2020.
con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento de la Subvenciones, cuyo texto se encuentra publicado en la pagina web de este Ayuntamiento.
normativa legal vigente
19/05/2020.EL SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO.
En El Puerto de Santa María, a 18 de mayo de 2.020 El Alcalde-Presidente.
AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Fdo. José María Román Fdo: Germán Beardo Caro. El Jefe de Negociado de Gestión e Inspección de Tributos.
Guerrero.
Nº 25.157
Firmado.
Nº 25.112
AYUNTAMIENTO DE CADIZ
ANUNCIO
A los efectos establecidos en el artículo 169 del TRLRHL, se hace constar que el Ayuntamiento de Cádiz ha aprobado el expediente de modificación de crédito siguiente durante 2020 de competencia del Ayuntamiento Pleno:
Expediente 1/2020 publicado inicialmente en el BOP núm.77 de 27 de abril de 2020
No habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente, por cuyo motivo del referido expediente ha quedado aprobado definitivamente:
CAPÍTULO
DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS
1
IMPUESTOS DIRECTOS
3
TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS
5
INGRESOS PATRIMONIALES
2
4
IMPUESTOS INDIRECTOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
6
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES
8
ACTIVOS FINANCIEROS
7
9
CAPÍTULO
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
PASIVOS FINANCIEROS
TOTAL INGRESOS
DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS
1
GASTOS DE PERSONAL
3
GASTOS FINANCIEROS
2
4
5
6
7
8
9
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
Previsiones Definitivas
55.082.760,00 €
9.373.899,59 €
9.373.899,59 €
61.090.364,26 €
TOTALE GASTOS
61.090.364,26 €
48.916,35 €
48.916,35 €
913.400,00 €
913.400,00 €
13.297.242,19 €
162.452.236,19 €
Créditos Totales
47.462.425,13 €
13.297.242,19 €
Expte.1/2020
-€
53.712.399,61 €
2.048.609,76 €
15.739.091,12 €
PASIVOS FINANCIEROS
4.018.960,00 €
18.626.693,80 €
INVERSIONES REALES
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
55.082.760,00 €
4.018.960,00 €
33.687.488,08 €
ACTIVOS FINANCIEROS
Previsiones Definitivas Modificadas
18.626.693,80 €
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS
Expte.1/2020
694.000,00 €
615.957,35 €
315.800,12 €
7.183.519,73 €
161.459.290,90 € - €
162.452.236,19 €
Créditos Totales Modificados
47.462.425,13 €
53.712.399,61 €
694.000,00 €
694.000,00 €
2.048.609,76 €
34.381.488,08 €
-€
15.739.091,12 €
615.957,35 €
315.800,12 €
7.183.519,73 €
161.459.290,90 €
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente, de conformidad con los artículos 171 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las haciendas locales, recurso contenciosos-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la presente publicación.
En Cádiz a 20 de mayo de 2020. El Iltmo. Alcalde-Presidente. Fdo. José María González Santos. El Interventor. Fdo. Juan María Moreno Urbano.
Nº 25.167