Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/6/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 28

B.O.P. DE CADIZ NUM. 119

, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO
SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al EJECUTADO ALGESPORT TEXTIL, SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintisiete de mayo de dos mil diecinueve. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FDO.: JESUS MARIA SEDEÑO
MARTINEZ.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 46.075


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO. DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en la ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 8/2019 a instancia de la parte ejecutante, ENRIQUE MANUEL MORENO
RUEDA contra SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA, SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO DE INSOLVENCIA PROVISIONAL de fecha 6/2/19 del tenor literal siguiente:

DECRETO.- Letrado de la Administración de Justicia D. JESUS MARIA
SEDEÑO MARTINEZ. En Algeciras, a treinta de mayo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA.
ACUERDO:Declarar al los ejecutado SEGUMA SEGURIDAD Y
VIGILANCIA, SA en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 3.151,1
euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión".

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión".

Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.

Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación al EJECUTADO SEGUMA SEGURIDAD
Y VIGILANCIA, SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: JESUS MARIA SEDEÑO
MARTINEZ.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 46.084


Juzgado de 1 Instancia e Instruccion Nº 5
El Puerto de Santa Maria EDICTO

D./DÑA. MARIA JOSE CAPOTE PINO LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 El Puerto de Santa MarÍa Cádiz
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio Inmediato sobre Delitos Leves nº 4/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
SENTENCIA Nº 90/19
PROCEDIMIENTO: Juicio de delito leve Inmediato 4/2019.
FECHA: 22 de mayo de 2019.
DENUNCIANTE: Lucia Martínez Travieso DENUNCIADO: Rosario Bollullos Oliva
25 de junio de 2019

MINISTERIO FISCAL
OBJETO DEL PROCESO: Delito leve hurto.

FALLO.

CONDENO a Rosario Bollullos Oliva como autor criminalmente responsable de un delito leve de hurto, ya definido, a la pena de 2 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros. En caso de impago cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Se le impone el pago de las costas procesales causadas.

En materia de responsabilidad civil la condenada Rosario Bollullos Oliva deberá indemnizar a la perjudicada Lucia MartÍnez Travieso en la cantidad de 115
euros.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN en el término de cinco días, mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado, para su substanciación ante la Audiencia Provincial, advirtiéndoles que de no motivarse el escrito no se admitirá a trámite el recurso.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a ROSARIO
BOLLULLOS OLIVA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de CADIZ, expido la presente en El Puerto de Santa María a veintinueve de mayo de dos mil diecinueve.

31/5/19. EL/LA LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 46.348


Juzgado de lo Social Nº 2
Cadiz EDICTO

D CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE CADIZ.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 284/2019 a instancia de la parte actora D. JUAN JOSE PACHECO CALLEJA contra GOHISA FISH ESPAÑA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO INSOLVENCIA de fecha 12/06/2019 del tenor literal siguiente: PARTE
DISPOSITIVA
ACUERDO:

a Declarar al ejecutado GOHISA FISH ESPAÑA SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 5.103,62 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes

Y para que sirva de notificación al demandado GOHISA FISH ESPAÑA
SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a doce de junio de dos mil diecinueve. LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Nº 46.349

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 25/6/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha25/06/2019

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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