Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/6/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

12 de junio de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 110

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en la ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 94/2019 a instancia de la parte ejecutante D. TAMARA GARCIA GARCIA contra CONCEPT NEXOSTRES S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO
Y DILIGENCIA DE ORDENACIÓN de fecha 22/05/19 del tenor literal siguiente:

AUTO.- En Algeciras, a veintidós de mayo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

S.S. Iltma. DIJO: Ha lugar a la ejecución solicitada por TAMARA
GARCÍA GARCÍA frente a CONCEPT NEXOSTRES S.L debiendo el Sr Secretario Judicial Encargada de la Agenda Programada, señalar día y hora para la celebración del incidente de no readmisión.Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que ademásde alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. SRA. D. MARÍA
TERESA VIDAURRETA PORRERO, JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO
DE ALGECIRAS. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL SR. LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA D. JESUS SEDEÑO MARTÍNEZ.

En Algeciras, a 22 de mayo de 2019.

Habiéndose dictado Auto despachando ejecución por la vía de incidente de no readmisión y de conformidad con lo acordado en el mismo, se señala para que tenga lugar la comparecencia prevista en el art. 280 de la LRJS, el próximo día DOS DE JULIO
DE DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE Y CINCUENTA HORAS previniendo a las mismas que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y puedan practicarse en el acto, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer por sí o persona que la represente, se la tendrá por decaída de su petición y que de no hacerlo la demandada por sí o representante legal, se celebrará el acto sin su presencia
Se hace saber a la parte ejecutante que deberá aportar a dicho acto Informe de Vida Laboral actualizada de la misma.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo de citación en forma a las mismas. Notifíquese a la mercantil ejecutada a través de Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.

Asimismo, constando la ejecutada declarada en insolvencia provisional en este juzgado en la ejecución número 292/18, en virtud de Decreto de fecha 06/02/19, póngase en conocimiento de Fogasa a los efectos oportunos. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo dispongo y firmo. Doy fé.

Y para que sirva de notificación al EJECUTADO CONCEPT NEXOSTRES
S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve. EL LETRADO DE
LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 42.591


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en la ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 60/2019 a instancia de la parte ejecutante D ANGELO LINARES BRUNO
contra MULTISERVICIOS LA RAPIDA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO DE INSOLVENCIA PROVISIONAL de fecha 23/05/19 del tenor literal siguiente:

DECRETO.- Letrado de la Administración de Justicia D. JESUS MARIA
SEDEÑO MARTINEZ.

En Algeciras, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA.
ACUERDO: Declarar al los ejecutado MULTISERVICIOS LA RAPIDA SL
en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 2.559,2 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador
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o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión".

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión".

Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación al EJECUTADO MULTISERVICIOS
LA RAPIDA SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve. EL LETRADO DE
LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 42.592


Juzgado de lo Social Nº 1
El Ferrol. La Coruña EDICTO

D MARIA LUZ GARCIA IGLESIAS, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO
001 DE FERROL.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D. EMILIANO LOPEZ REY contra MANTENIMIENTO Y
SERVICIOS TECMAN SL, NAVANTIA SA, IZAR SA, GRUPO INTAF SL, ESSO
ESPAÑOLA SA, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ AMADO, RENAFE SL, MECA SL, MAREIRO SL, TRANSPORTES ADUANAS Y CONSIGNACIONES
ERSHIP SA, CONTRATAS MAPRISA LABORAL SA, NAVIERA VIZCAINA SA, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO
0000633 /2018 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a RENAFE SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 17/2/2020
a las 12:15 horas, en Planta 2 - Sala Social - Edif. Xulgados, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a RENAFE SL, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En FERROL, a veintinueve de mayo de dos mil diecinueve. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Nº 42.671


Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D. JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 1/19, seguidos en este Juzgado a instancia de D. JOSEFA CARALT AUGE contra SERVICIOS
INTEGRALES DE PERSONAL, S.L. sobre Despido, se ha dictado Auto de fecha 21/05/19, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

AUTO.- En Algeciras, a 21 de mayo de 2019.
PARTE DISPOSITIVA.- Se declara extinguida la relación laboral con fecha de la presente resolución que une al actor D Josefa Caralt Auge con la demandada empresa SERVICIOS INTEGRALES DE PERSONAL S.L., condenando a ésta al abono de la indemnización de 19.51542 euros, así como a los salarios de tramitación

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/6/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha12/06/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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