Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/5/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 89

Se consideraran para su valoración los siguientes aspectos:
Identificación Contenido Sostenibilidad Definición clara de los temas o propósitos a trabajar y que exponga las causas de desigualdades y de las relaciones Norte-Sur Que la acción sea coherente con la estrategia de la ONG
Participación de personal voluntario durante el desarrollo del proyecto Participación del personal perteneciente a la Delegación de Cádiz.
Que tenga presente el enfoque de género Formulación coherente de objetivos, indicadores, resultados, y evaluación Que los mensajes e imágenes que se transmitan en el proyecto cumplan el Código de Conducta de la Coordinadora de ONGD-España La coordinación y el trabajo con otras organizaciones sociales y ONG. También se valorará la colaboración y participación con otras organizaciones del Sur.

Grado de desglose presupuestario detalle de los gastos, presentación de facturas pro forma.

AYUDA HUMANITARIA
ONG SOLICITANTE

15 Puntos
Número de Proyectos realizados. Experiencia en Proyectos de Cooperación al Desarrollo.

0-4

Experiencia en la zona y/o país
0-3

Experiencia en el sector de actuación del proyecto
0-4

Incidencia de la ONG en la ciudad
0-4

ORGANIZACIÓN LOCAL

18 Puntos
Número de Proyectos realizados. Experiencia en Proyectos de Ayuda Humanitaria
0-5

Experiencia en la zona
0-5

Experiencia en el sector de actuación del proyecto
0-4

Experiencia previa con la ONG Solicitante.

0-4

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
IDENTIFICACIÓN

10 Puntos
Descripción del contexto social, cultural, político y económico de las personas beneficiarias, la zona y el país.

0-2

Descripción de la ubicación del Proyecto.

0-2

Descripción de los antecedentes y la justificación.

0-2

Impacto Medioambiental
0-1

Adecuación a las prioridades geográficas
0-3

POBLACIÓN BENEFICIARIA

13 Puntos
Descripción precisa de los/as BD y BI del proyecto.

0 - 3,5

Criterios de selección adecuados para seleccionar a la población beneficiaria con mayor necesidad.

0 - 3,5

Participación de la población beneficiaria en las distintas fases del proyecto
0-4

Enfoque de género OBJETIVOS/ACTIVIDADES/ RECURSOSYRESULTADOS ESPERADOS

0-2
22 Puntos
Coherencia de los objetivos con la problemática
0-4

Grado coherencia y descripción de las actividades.

0-3

Coherencia de los RE con el/los OE son suficientes y necesarios para la consecución del los objetivo/s.

0-4

Coherencia de la distribución en el tiempo de las actividades Cronograma.

0-3

Validez de los indicadores y fuentes de verificación.

0-2

Recursos humanos suficientes para la consecución de los objetivos.

0-2

Recursos técnicos suficientes para la consecución de los objetivos.

0-2

Seguimiento y Evaluación prevista
0-2

EJECUCIÓN DEL PROYECTO
VIABILIDAD E IMPACTO

12 Puntos
Viabilidad sociocultural.

0-2

Viabilidad económica.

0-2

Viabilidad técnica.

0-2

El proyecto una vez finalizado tiene garantizado un compromiso de las entidades locales de los países empobrecidos, por proteger a la población mas vulnerable en las acciones que se hayan llevado acabo en el proyecto
0-5

Protección, testimonio o construcción de la paz PRESUPUESTOS

14 de mayo de 2019

0-1
10 Puntos
Coherencia de las partidas presupuestadas con los objetivos del proyecto.

0 - 3,5

Diversidad en la búsqueda de recursos especificando las cantidades y Administraciones donde se ha presentado simultáneamente.

0-3

0 - 3,5

La concesión de Proyectos de Cooperación se realizará en base a estos criterios:
- Proyectos con una puntuación entre 100 a 85 puntos: se subvencionará el 100% de lo solicitado hasta un límite de concesión de 11.640 €, siendo el límite el presupuesto de la convocatoria.
- Entre 85 a 80 puntos: el 75% de lo solicitado hasta un límite de concesión de 8.245 €.
- Menos de 80 puntos: el 50% de lo solicitado hasta un límite de concesión de 5.820
€ hasta agotar el crédito.

Para la concesión de proyectos de educación/sensibilización se realizará en base a estos criterios:
- Proyectos entre 10 a 8 puntos: se subvencionará el 100% de lo solicitado con un límite de 3.500 €, siendo el límite el presupuesto de la convocatoria.
- Proyectos entre 8 a 6 puntos: el 75% de lo solicitado con un límite de 2.000 €.
- Menos de 6 puntos se subvencionaran con el 50% los proyectos hasta un límite de 1000 € hasta agotar el crédito.

Para la concesión de proyectos de Ayuda Humanitaria se realizará en base a estos criterios:
- Proyectos con una puntuación entre 100 a 85 puntos: se subvencionará el 100% de lo solicitado hasta un límite de concesión de 5.000 €, siendo el límite el presupuesto de la convocatoria.
- Entre 85 a 80 puntos: el 75% de lo solicitado hasta un límite de concesión de 2.000 €.
- Menos de 80 puntos: el 50% de lo solicitado hasta un límite de concesión de 1.000
€ hasta agotar el crédito.

Artículo 9.- Órganos competentes para la Instrucción, Resolución y Fiscalización de los expedientes.
1. Instrucción: Para dar cumplimiento a lo exigido por el artículo 24.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se designa al Concejal Delegado del Área de la Delegación Municipal de Servicios Sociales como órgano instructor de este procedimiento de concesión de subvenciones quien actuará asistido por la comisión de valoración que se constituya a tal efecto.
1.1 Examen de las solicitudes: El examen de las solicitudes y documentación se efectuará ante el Servicio de la Delegación Municipal de Servicios Sociales, a quien le corresponderá la función de gestionar e instruir el expediente.
1.2. Evaluación de solicitudes: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en su caso de subsanación, el órgano gestor informará sobre las solicitudes recibidas, detallando las no admitidas y las que pasan a evaluación para su posterior valoración, mediante informe normalizado que figura anexo a esta convocatoria Informe anexo 1.

En el proceso de evaluación, se procederá a realizar la valoración de las admitidas, conforme a las normas y criterios establecidos, por una comisión de valoración propuesta por el Consejo Local de Cooperación del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, formada por dos técnicos/as del Ayuntamiento y dos representantes de las entidades con formación y experiencia en la realización de proyectos, para el estudio de las solicitudes, en la que no podrán participar entidades que hayan presentado proyectos a la convocatoria.

Esta comisión realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deberá formular propuesta de resolución.
2. Propuesta de Resolución Provisional:
2.1. Tras el estudio y valoración de cada una de las solicitudes, el Servicio Gestor asistido de la comisión de valoración elevará en el plazo de un mes una propuesta a la Comisión Coordinadora de Subvenciones, como establece la Ordenanza General de Bases reguladoras otorgadas por el Ayuntamiento de Cádiz por procedimiento de Concesión en Régimen de Concurrencia Competitiva, de 22 de diciembre de 2005, mediante la remisión del informe normalizado que figura como anexo a esta convocatoria Informe anexo 2.

El expediente único será completado con informe de la Comisión Coordinadora según modelo anexo a la presente convocatoria informe anexo 3.
El órgano instructor, a la vista del expediente y de los informes emitidos formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados mediante su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cádiz, según lo admitido por el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, para los procedimientos de concurrencia competitiva. Se concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. La propuesta de resolución provisional deberá incluir el importe de la subvención y el porcentaje que supone ésta sobre el presupuesto total de gastos del proyecto/actividad.
2.2. La propuesta de resolución provisional se entenderá aceptada cuando el importe otorgado coincida con el solicitado, o siendo el concedido inferior al solicitado si no se presenta alegación alguna. La entidad tendrá un plazo de cinco días para reformular la solicitud, con objeto de ajustar los compromisos y condiciones de la subvención otorgable siempre respetando el objeto y la finalidad del proyecto presentado.
2.3 Las personas interesadas que hayan obtenido la consideración de beneficiarias provisionales, así como todas las personas interesadas que hayan obtenido la consideración de beneficiarias suplentes provisionales, podrán presentar en el plazo de diez días certificaciones emitidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Cádiz relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
3. Resolución Definitiva:
3.1. Examinadas e informadas por la Comisión Técnica de Valoración las alegaciones el órgano instructor elevará propuesta de resolución definitiva al órgano concedente que incluirá:
- Relación de los solicitantes a los que se propone como beneficiarios de la subvención, por orden decreciente de la puntuación obtenida.
- Relación de solicitantes a los que no se les concede subvención por ser inferior su puntuación a la de los seleccionados y no tener cabida en la cuantía máxima convocada.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/5/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/05/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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