Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/9/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 24.822 - 170/11

PARANA, lunes 12 de septiembre de 2011

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 10049
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1 - Apruébase el Decreto Nº 4384/09
M.G.J.E.O.S.P. y su Anexo I, dictado ad referéndum de esta Legislatura, por el cual se dispusieron medidas tendientes a la implementación de la Ley Nº 9754 en el ámbito de la Jurisdicción Judicial Concordia a excepción del Artículo 17º que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 17º: Créase la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Entre Ríos que contará con dos salas, una con asiento en la ciudad de Paraná con competencia territorial en los departamentos de Feliciano, La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay y Nogoyá, y otra con asiento en la ciudad de Concordia con competencia territorial en los departamentos de Federación, Concordia, Colón, Uruguay, Gualeguaychú, Tala, Villaguay, San Salvador, Federal e Islas del Ibicuy.Cada sala estará integrada por tres miembros y un secretario, contando con un Jefe de Despacho y tres escribientes, teniendo competencia material de acuerdo a lo indicado en cada caso.
Art. 2 - Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 16 de agosto de 2011.
José Eduardo Lauritto Presidente H.C. de Senadores María Mercedes Basso Secretaria H.C. de Senadores Jorge Pedro Busti Presidente H.C. de Diputados Jorge Gamal Taleb Secretario H.C. de Diputados Paraná, 23 de agosto de 2011
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, 23 de agosto de 2011. Registrada en la fecha bajo el Nº 10049. CONSTE Adán Humberto Bahl.

EDICION: 20 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri Dr. D. José Eduardo Lauritto Cr. D. Adán Humberto Bahl Cr. D. Diego Enrique Valiero D. José Orlando Cáceres Dr. D. Angel Francisco Giano Arq. D. Guillermo Luis Federik Cr. D. Roberto Emilio Schunk
LEY Nº 10050
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1 - Créase el Juzgado de Familia con asiento en la ciudad de Chajarí, el que tendrá competencia territorial y jurisdicción en los Distritos Mandisoví, Tatutí, Atencio al Este y Gualeguaycito del Departamento Federación, y competencia material conforme lo establecido en la Ley Nº 9.861.
Art. 2 - A efectos de dar cumplimiento al artículo precedente, créanse los siguientes cargos: un 1 Juez de Familia el que será asistido por un 1 Secretario; un 1 Jefe de Despacho; un 1 Oficial Mayor; un 1 Oficial Principal; un 1 Escribiente, y un 1 Auxiliar de Segunda, cuyos cargos se crean por la presente Ley. Además, de acuerdo a las posibilidades presupuestarias, podrán ser designados los profesionales y/o técnicos que puedan conformar el equipo interdisciplinario de auxiliares.
Art. 3 - Facúltase al Superior Tribunal de Justicia a arbitrar los medios y recursos necesarios para la implementación y aplicación de la presente Ley. La fecha de inicio de la actividad jurisdiccional deberá establecerse dentro del plazo de sesenta 60 días contados a partir de la aprobación de las partidas presupuestarias destinadas a su funcionamiento.
Art. 4 - Todos los juicios y acciones judiciales que en materia de Familia se encuentren en trámite por ante los Juzgados Civil y Comercial, pasarán a tramitar al Juzgado creado por la presente Ley desde el momento de su puesta en vigencia.
Art. 5 - Los gastos que demande la implementación de la misma serán imputados a Rentas Generales.
Art. 6 - Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 16 de agosto de 2011.
José Eduardo Lauritto Presidente H.C. de Senadores María Mercedes Basso Secretaria H.C. de Senadores Jorge Pedro Busti Presidente H.C. de Diputados Jorge Gamal Taleb Secretario H.C. de Diputados
Paraná, 6 de septiembre de 2011
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, 6 de septiembre de 2011. Registrada en la fecha bajo el Nº 10050. CONSTE Adán Humberto Bahl.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, EMPLEO, CIENCIA Y
TECNOLOGIA
DECRETO Nº 883 MDSECT
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 29 de marzo de 2011
VISTO:
El recurso de revocatoria interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Marta Esther Ledheros, contra el Decreto Nº 7824/08 del ex Ministerio de Salud y Acción Social; y CONSIDERANDO:
Que interpuesto en legal tiempo y forma, el mismo procede ante el decreto que rechazó un recurso de apelación jerárquica oportunamente interpuesto contra la Resolución Nº 1994/07
CJPER que rechazara a su vez un reclamo de reajuste de haberes;
Que entre los fundamentos del acto impugnado para rechazar el pedido de la interesada se encuentran: a la extemporaneidad del reclamo atento a que las sucesivas liquidaciones de haberes jubilatorios se encuentran firmes y consentidas hasta la fecha del reclamo; b el hecho de que el Decreto Nº 6226/91, cuya aplicación pretende la actora, no puede modificar las pautas establecidas por el Art. 6 de la Ley N 8069 para la liquidación del adicional por antigedad para los funcionarios y magistrados del Poder Judicial; c la falta de ejecutoriedad del Decreto Nº 6226/91 pues requería la ratificación del Poder Legislativo que nunca la otorgó; d la circunstancia de que la Caja se apartó del régimen legal al disponer la aplicación de oficio del Decreto N 6226/91 en contravención a la Ley Nº 8069; e asimismo y en subsidio se postuló la prescripción bienal de todos los períodos precedentes a los dos años

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/9/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/09/2011

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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