Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/01/2024 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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LUNES 8 DE ENERO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCIX - Nº 5
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y GESTIÓN PÚBLICA

a SECCION

Resolución N 1

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA
Resolución N 1 Pag. 1

nado por la Dirección de Jurisdicción Legal y Técnica de este Ministerio, al Nº 2024/DAL-00000010, Córdoba, 4 de enero de 2024

VISTO: El Expediente N 0464-000023/2024.
Y CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 43 de la Ley N 10.927 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, ejercicio 2024, se fijó el valor del ÍNCIDE
UNO 1, en la suma de pesos doscientos treinta mil $230.000,00, a partir del 1 de enero del año en curso y, a su vez, se autoriza al otrora Ministerio de Finanzas, a actualizar dicho valor acorde a la evolución de los precios, atribución que, en la actualidad, recae en este Ministerio de Economía y Gestión Pública, ello conforme a la estructura orgánica del Poder Ejecutivo según Decreto N 2206/2023, ratificado por Ley N 10.956

Que, atento a la evolución de precios de la economía, con más lo informado y postulado por los órganos técnicos competentes, resulta necesario y conveniente en este estadio actualizar el vigente valor ÍNDICE UNO 1, en pesos trescientos ochenta mil $ 380.000,00.
Que, en relación a los procedimientos de selección que se encuentren en curso de ejecución y cuya gestión haya sido iniciada con anterioridad al presente Acto Administrativo, resultará de aplicación lo previsto en el artículo 43 de la Ley Nº 10.927.

Por ello, actuaciones cumplidas, la normativa mencionada y lo dictami-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
Artículo 1º FÍJASE el valor del ÍNDICE UNO 1, al que se hace referencia en el artículo 11 de la Ley N 10.155 y artículo 4 quater de la Ley N 8.614, o las que en el futuro las sustituyeren, en PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL
$380.000,00, a partir de la publicación de la presente Resolución.
Artículo 2º ESTABLÉCESE que lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente Resolución, será de aplicación para aquellos trámites cuya gestión se inicie con posterioridad a la publicación del presente Acto Administrativo; en relación a los trámites que se encuentren en curso de ejecución y cuya gestión haya sido iniciada con anterioridad a dicha fecha, resultará de aplicación el valor del ÍNDICE UNO 1 establecido en el artículo 43 de la Ley Nº 10.927.
Artículo 3 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N 2024/MEyGP-00000001
FDO.: GUILLERMO ACOSTA, MINISTRO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA

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    Acerca de esta edición

    Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/01/2024 - 1º Sección

    TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

    PaísArgentina

    Fecha08/01/2024

    Nro. de páginas1

    Nro. de ediciones4129

    Primera edición01/02/2006

    Ultima edición02/05/2024

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