Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLX - Nº 238
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

1

a SECCION

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO CIENTO OCHENTA Y UNO SERIE C. - En la ciudad de CORDOBA, a diez días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular, Dra. María Marta CÁCERES DE BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres.: Aída TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y Sebastián LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Lic. César Augusto BARTOLOMEI, Director General del Área de Administración a cargo de la Administración General del Poder Judicial, y ACORDARON:
VISTO: La presentación efectuada por los ujieres de este Poder Judicial relacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento de las cédulas de notificación.
Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Reglamentario N 180 - Serie C, del 21/08/2019, el Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del 1º de septiembre del año 2019, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula de notificación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, consistente en la suma de Pesos Cuarenta y Uno $41,00 y dispuso además que el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia, sea de Pesos Cuarenta y Seis $46,00. Asimismo, determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de urgente solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que se fijó en la suma de Pesos Sesenta y Cinco $65,00 para las diligenciadas en Capital, y en Pesos Sesenta y Ocho $68,00 para las diligenciadas en el interior de la Provincia.
Que a los fines de compensar el incremento registrado en el precio de combustibles en los últimos meses, se sugiere incrementar el valor por diligenciamiento de cédulas de acuerdo el siguiente detalle: la suma de Pesos Cuarenta y Cinco $45,00 por cédula de notificación diligenciada en Córdoba Capital, y de Pesos Cincuenta $50,00 para la zona de actuación de los Ujieres en el interior de la Provincia, y por cédulas de notificación solicitadas por la parte con carácter de urgente, la suma de Pesos Setenta y Uno $71,00 para Capital y Pesos Setenta y Cuatro $74,00 para el interior.
Por todo ello, y conforme la intervención del Director del Area de Servicios Judiciales, Cr. Raúl Horacio SANCHEZ;
SE RESUELVE:
1.- DEJAR sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Reglamentario N 180/19 - Serie C, del Tribunal Superior de Justicia.
2.- ESTABLECER en la suma de Pesos Cuarenta y Cinco $45,00 el valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en Sede Judicial de Córdoba Capital, y en Pesos Cincuenta $50,00 por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este Poder Judicial, a partir del 15 de diciembre próximo.
3.- DISPONER un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de urgente solicitadas en el proceso judicial, el que quedará establecido en la suma de Pesos Setenta y BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 181 - Serie C Pág. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1621 Pág. 2
Decreto N 1380 Pág. 2
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1806 Pág. 2
Resolución N 1735 Pág. 3
Resolución N 1736 Pág. 3
Resolución N 1734 Pág. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 369 Pág. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución General N 12 Pág. 4
Resolución General N 11 Pág. 5
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Resolución N 1 Pág. 5

Uno $71,00 para las diligenciadas en Capital y en Pesos Setenta y Cuatro $74,00 para las diligenciadas en el interior de la Provincia, a partir del 15
de diciembre próximo.
4.- DISPONER que para el recambio de cédulas adquiridas con un valor arancelario no vigente se llevará a cabo el procedimiento establecido según Acuerdo Reglamentario Nº 168 - Serie C, del 30/10/2018.
5.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Comuníquese a los Colegios de Abogados, Federación de Colegios de Abogados y dése la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Director General del Area de Administración, a cargo de la Administración General del Poder Judicial, Lic. Cesar Augusto BARTOLOMEI.
FDO.: DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA, DRA. AÍDA LUCÍA TARDITTI, VOCAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA, DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, DR. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - LIC. CESAR AUGUSTO BARTOLOMEI, DIRECTOR
GENERAL A/C DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL PODER JUDICIAL.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha16/12/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4134

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/05/2024

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