Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/11/2018 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVII - Nº 230
CORDOBA, R.A. MARTES 27 DE NOVIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 1813
Córdoba, 22 de noviembre de 2018
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.587, cúmplase, protocolícese, co-

muníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR OSVALDO GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10588
Artículo 1º.- Denomínase Gobernador José Manuel de la Sota al Parque de los Azudes de la ciudad de Río Cuarto.

NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO - GUILLERMO CARLOS

Artículo 2º.- Invítase a la Municipalidad de la ciudad de Río Cuarto a imponer idéntico nombre a los parques aledaños que se encuentren bajo el dominio público municipal.
Artículo 3º.- Dispónese la impresión de dicho nombre en carteles, señales y toda otra indicación que se efectúe sobre el referido Parque.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE RÍO CUARTO, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE

ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO

Decreto N 1814
Córdoba, 22 de noviembre de 2018
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.588, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 712
Córdoba, 11 de mayo de 2018

Por ello, y en uso de atribuciones constitucionales;

VISTO: El Decreto 958/2016 mediante el cual se aprueba la Estructura Orgánica del Hospital Córdoba.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones, el señor Ministro de Salud a instancias de la Sra. Directora de Jurisdicción de Recursos Humanos de la cartera, y con la anuencia de la Dirección del Hospital Córdoba y el Sr. Secretario de Servicios Asistenciales, propicia la modificación de la estructura del mencionado nosocomio.

Artículo 1. - APRUÉBASE a partir de la fecha del presente Decreto la modificación de la Estructura Orgánica del Hospital Córdoba, dependiente del Ministerio de Salud, aprobada por su similar Nro. 958/2016, y en consecuencia SUSTITÚYA SE el Anexo I al mencionado Decreto, por el que compuesto de TRES 3 fojas útiles, forma parte integrante del presente Instrumento Legal como ANEXO I.

Que la presente se fundamenta en el fin de lograr una correcta operatividad en la puesta en funcionamiento organizacional y el cumplimiento efectivo, a través de un esquema de conducción hospitalario completo, para avanzar en el marco de los lineamientos que en materia de Salud viene llevando adelante el Gobierno de la Provincia de Córdoba.

Artículo 2. - DISPÓNESE la reconversión de las unidades de organigrama en los términos del ANEXO II, el que compuesto de CINCO 5 fojas útiles, forma parte integrante del presente decreto.

Que la estructura proyectada compatibiliza con las distintas unidades de organización y la previsión del nivel de conducción de las Leyes N 7625 y N 9361 del Establecimiento Asistencial precitado, para un adecuado funcionamiento tanto administrativo y técnico como asistencial.
Que en virtud de ello, resulta pertinente aprobar la Estructura Orgánica del Hospital Córdoba, como así también, disponer la reconversión de diversas unidades de organigrama, en las cuales, se ha modificado su denominación y/o dependencia.

Artículo 3. - El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Salud y Fiscal de Estado y firmado por la Señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 4. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - FRANCISCO JOSÉ FORTUNA, MINISTRO DE SALUD - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/11/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha27/11/2018

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4129

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930