Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/11/2018 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
MIÉRCOLES 14 DE NOVIEMBRE DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLVII - Nº 220
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER JUDICIAL

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a SECCION

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS TREINTA Y
CUATRO - SERIE A. En la ciudad de Córdoba, a seis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular Dra.
Aída Lucía TARDITTI, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, María Marta CACERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: Que por Acuerdo Reglamentario N 1531 Serie A de fecha 30/10/2018, este Tribunal Superior dispuso en su art. 1 Disponer la creación de una mesa de trabajo para la asistencia, implementación y seguimiento de las acciones previstas en el presente Acuerdo, que estará integrada por los Dres. Jorge Miguel Flores, Valeria Alejandra Carrasco, Clara María Cordeiro, Fernando Martin Flores y Ana Eloisa Montes y bajo la coordinación de la Dra. Verónica Rapela, Secretaria de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Superior de Justicia.
Y CONSIDERANDO: I Que por un error involuntario se designa la conformación de la Mesa de Trabajo para la implementación de la oralidad en el fuero Civil al Dr. Fernando Martín Flores cuando en realidad debió decir Francisco Martín Flores .
II Asimismo se omitió mencionar como integrante de la Mesa de Trabajo, a la Dra. Mariana Martínez de Alonso.
III Atento a ello, resulta necesario subsanar dicho error material, debiéndose rectificar el art. 1 del Acuerdo Reglamentario N 1531 Serie A de fecha 30 de octubre del año 2018.
IV Por todo ello y de conformidad a atribuciones delegadas por el art. 166, inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y lo dispuesto en el art. 12, inc. 1 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Tribunal Superior de Justicia;

MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N 56
Córdoba, 13 de noviembre de 2018
VISTO: Las competencias de la Dirección General de Compras y Contrataciones por Ley N 10.155 Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial y por Ley N 8.614 Régimen de Obras Públicas, y demás normativa modificatoria, reglamentaria y complementaria.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1534 A Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N 56 Pag. 1
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 314 Pag. 2

RESUELVE:
Art. 1: Rectificar el Art. 1 del Acuerdo Reglamentario N 1531 Serie A de fecha 30 de octubre de 2018, el quedará redactado de la siguiente forma:
Disponer la creación de una mesa de trabajo para la asistencia, implementación y seguimiento de las acciones previstas en el presente Acuerdo, que estará integrada por los Dres. Jorge Miguel Flores, Valeria Alejandra Carrasco, Clara María Cordeiro, Francisco Martin Flores, Ana Eloisa Montes y Mariana Martínez de Alonso y bajo la coordinación de la Dra. Verónica Rapela, Secretaria de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Superior de Justicia .
Art. 2: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a la Fiscalía General de la Provincia y a la totalidad de los Juzgados involucrados.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan Rosemberg.FDO: AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE - DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL / MARIA
MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL / SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL
/ RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrataciones y el régimen de contrataciones de obra pública, conforme lo establecen el artículo 30 de la Ley N 10.155 y el artículo 2 de la Ley N 8.614, respectivamente.
Que, ambos sistemas establecen que toda contratación del Estado Provincial se efectuará mediante procedimientos de selección de acuerdo a los mecanismos previstos en el artículo 6 de la Ley N 10.155 y el artículo 4 de la Ley N 8.614.

Que, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de órgano rector, debe ejercer la supervisión y la evaluación del sistema de contrataciones de bienes y servicios y de obra pública, controlando el
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/11/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha14/11/2018

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4128

Primera edición01/02/2006

Ultima edición30/04/2024

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