Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/11/2018 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de hormigón, obras de drenaje, muros de sostenimientos de suelos, horas máquina para tareas no especificadas o de emergencia .
Que según consta en autos se invitaron a cotizar a tres 3 firmas, dándose cumplimiento a las disposiciones del artículo 8 de la Ley N 8614, modificada por Ley N 10.417.
Que obra en autos Acta de Apertura de las ofertas presentadas como también informe elaborado por la Comisión Evaluadora de Oferta de la Dirección Provincial Vialidad, del que surge que la propuesta de la firma V&A S.A.S. por la suma de $ 7.935.900,00, es la de menor precio y reúne todas las condiciones técnicas legales y contables exigidas en el Pliego.

Que se ha agregado en autos el correspondiente Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2018/000616, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 13 de la Ley N 8614.
Que se adjunta en estas actuaciones la correspondiente Constancia de Inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratista del Estado R.O.P. y C.E. - Registro de Constructores de Obra Pública R.C.O., conforme las previsiones del Decreto Nº 1419/2017 y sus modificatorios, junto con el seguro de caución en cumplimiento del régimen normativo citado, a los fines de completar la capacidad exigida.
Que consta en autos la notificación efectuada por la Dirección Provincial de Vialidad a la Municipalidad de Córdoba, respecto a la ejecución de las obras mencionadas, como así también que se ha incorporado informe del área Gestión Económica de Obras de la citada Dirección.
Que obra Dictamen N402/2018 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos y del informe elaborado por el área Gestión Económica de Obras de la Dirección Provincial de Vialidad, puede contratarse por Compulsa Abreviada la ejecución de las obras de que se trata con la firma V&A S.A.S., conforme las previsiones de la Ley N 10220, Ley N 8614 y sus modificatorias, Decretos Reglamentarios y Ley N 10417 y artículo 1º del Decreto Nº 30/2018, como también manifiesta que es de exclusiva responsabilidad de la Comisión Evaluadora de Ofertas el análisis
PODER JUDICIAL

AÑO CV - TOMO DCXLVII - Nº 219
CORDOBA, R.A. MARTES 13 DE NOVIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

técnico de los antecedentes de obra incorporados, conforme normativa vigente Decreto Nº 1419/2017 y sus modificatorios.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 402/2018, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE, por Compulsa Abreviada, la ejecución de la obra: SEGURIDAD CIUDADANA OBRAS VIALES EN CUADRANTES: 13L VILLA GRAN PARQUE 13M VILLA RETIRO 13B EL GATEADO 13K SAN RAMÓN 13E LA DOROTEA PROVINCIA DE
CÓRDOBA a la firma V&A S.A.S. CUIT:30-71599458-1, por la suma , de Pesos Siete Millones Novecientos Treinta y Cinco Mil Novecientos $
7.935.900,00.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Siete Millones Novecientos Treinta y Cinco Mil Novecientos $ 7.935.900,00
conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2018/000616, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 529000, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros, Centro de Costo 2594 del P.V.
Artículo 3.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO

ACUERDO NÚMERO NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE - SERIE A
. En la Ciudad de Córdoba, a seis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída Lucía TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María Marta CACERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: El proceso de traslado al nuevo edificio de Tribunales de la Sede Judicial de la ciudad de Río Cuarto, ubicado en calle Balcarce y Corrientes, por parte de las Cámaras, Juzgados y Oficinas que se encuentran ubicadas en distintos edificios de la ciudad de Río Cuarto.
Y CONSIDERANDO: Que dicho proceso implica para el normal desarrollo
8435;
SE RESUELVE:
I. Declarar inhábil a los fines procesales, de acuerdo al siguiente cronograma, a las siguientes Cámaras, Juzgados y Oficinas de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Río Cuarto:
a Los días Miércoles 14 y Jueves 15 de noviembre del corriente año, la actividad en los Juzgados de Primera Instancia de 1, 2, 3 y 4
Nominación en lo Civil y Comercial y Mesa de Entradas General Civil.
b Los días Jueves 22 y Viernes 23 de noviembre del corriente año, la actividad en la Cámara Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de 2 Nominación y los Juzgados de Primera Instancia de 5, 6 y 7
Nominación en lo Civil y Comercial.
c Los días Jueves 29 y Viernes 30 de noviembre del corriente año, la actividad en la Cámara Civil, Comercial y Contencioso Administrativo
de la actividad judicial, una imposibilidad material y funcional durante el lapso de tiempo que dure esa tarea, el cual fue estimado por el Área de Infraestructura dependiente de la Administración General del Poder Judicial en 48 horas, sin perjuicio de las medidas que de carácter urgente deban ser tomadas por los titulares de dichos juzgados.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 166 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y art. 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N

de 1 Nominación y Cámara Laboral.
d Los días Jueves 6 y Viernes 7 de diciembre del corriente año, la actividad del Juzgado de Conciliación de 1 y 2 Nominación, Oficina Única de Ejecución Fiscal y Oficina de Ejecución Particular.
II. Disponer que los Funcionarios y Empleados asistan a prestar servicios en horario habitual y sin perjuicio de las medidas que de carácter urgente deban ser tomadas por los titulares de dichos Juzgados y Cámaras.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/11/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha13/11/2018

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4163

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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