Diario Oficial El Peruano del 4/4/2021 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

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Fecha: 03/04/2021 06:11:49

AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA

Sábado 3 de abril de 2021

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XVII / Nº 3162

1

PODER JUDICIAL
PROCESO DE HÁBEAS DATA
Sala Primera. Sentencia 27/2021
EXP. N. 01433-2019-PHD/TC
LIMA NORTE
HUGO HUMBERTO CAMACHO ARAYA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los quince días del mes de febrero de 2021, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los señores magistrados Miranda Canales, Ramos Núñez y Espinosa-Saldaña Barrera, pronuncia la siguiente sentencia.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Hugo Humberto Camacho Araya contra la resolución de fojas 88, de fecha 14 de febrero de 2019, expedida por la Sala Civil de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que declaró improcedente la demanda de autos.

El procurador público a cargo de la defensa judicial del Ministerio Público contesta la demanda y solicita que sea declarada infundada, aduciendo que no se ha vulnerado el derecho al acceso a la información pública del demandante, dado que la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte no cuenta con la documentación solicitada sino, en todo caso, debe solicitarlo a las gerencias pertinentes del Ministerio Público.
El Quinto Juzgado Especializado Civil, con fecha 3 de junio de 2018, declaró infundada la demanda, por considerar que no existe vulneración al derecho al acceso a la información pública, toda vez que la información solicitada por el demandante debe recabarse en otros estamentos administrativos del Ministerio Público.
La Sala Civil de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte revocó la apelada y reformándola declaró improcedente la demanda, por estimar que la parte demandada ha señalado que no cuenta con la información solicitada, por lo que no se le puede exigir una información con la que no cuenta; sobre todo, si el demandante tenía conocimiento de que tal información se encontraba en la sede del Ministerio Público.

ANTECEDENTES

FUNDAMENTOS

Demanda
Cuestiones procesales previas
Con fecha 30 de mayo de 2017, el actor interpone demanda de habeas data contra el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte del Ministerio Público Fiscalía de la Nación. Solicita que, en virtud de su derecho fundamental de acceso a la información pública, se ordene a la emplazada que le entregue copia de los siguientes documentos: 1 nómina del personal gerencia general, secretario general, gerente central de logística, asesor legal de la gerencia central de logística, gerente de seguridad del periodo de 2010
al 2016; 2 relación de contratos de vigilancia suscritos en el periodo 2010 al 2016; 3 monto de las penalidades aplicadas al Consorcio Morgan del Oriente SAC y Espartaco Security SAC, respecto de los Contratos 18-2013-CPMP-FN-GG-GECLOG 05.09.2013, 19-2013-CP-MPFN-GG-GECLOG 06.09.2013 y 21-2013-CP-MP-FNGG-GECLOG 18.09.2013; 4 dirección del Centro de Instrucción, Capacitación, Formación y Entrenamiento Físico, que incluya un ambiente de entrenamiento, así como el polígono para la práctica de tiro, declarada por el Consorcio Morgan del Oriente SAC y Espartaco Security SAC; 5 informe de control y auditoría emitido por el Órgano de Control Institucional, respecto a los Contratos 18-2013-CP-MP-FN-GG-GECLOG, 19-2013-CP-MP-FNGG-GECLOG y 21-2013-CP-MP-FN-GG-GECLOG; y 6
manual, reglamento, instructivo u otro documento que apruebe el Programa de Reconocimiento Institucional para los trabajadores del Ministerio Público. Solicita el pago de los costos del proceso.

1. En el presente caso, el recurrente solicita la entrega de la siguiente información: 1 nómina del personal gerencia general, secretario general, gerente central de logística, asesor legal de la gerencia central de logística, gerente de seguridad del periodo de 2010 al 2016; 2
relación de contratos de vigilancia suscritos en el periodo de 2010 al 2016; 3 monto de las penalidades aplicadas al Consorcio Morgan del Oriente SAC y Espartaco Security SAC, respecto de los Contratos 18-2013-CPMP-FN-GG-GECLOG 05.09.2013, 19-2013-CP-MPFN-GG-GECLOG 06.09.2013 y 21-2013-CP-MP-FNGG-GECLOG 18.09.2013; 4 dirección del Centro de Instrucción, Capacitación, Formación y Entrenamiento Físico, que incluya un ambiente de entrenamiento, así como el polígono para la práctica de tiro declarada por el Consorcio Morgan del Oriente SAC y Espartaco Security SAC; 5 informe de control y auditoría emitido por el Órgano de Control Institucional, respecto a los Contratos 18-2013-CP-MP-FN-GG-GECLOG, 19-2013-CP-MP-FNGG-GECLOG y 21-2013-CP-MP-FN-GG-GECLOG; y 6
manual, reglamento, instructivo u otro documento que apruebe el Programa de Reconocimiento Institucional para los trabajadores del Ministerio Público. Por lo tanto, el asunto litigioso radica en determinar si dicho requerimiento de información resulta atendible o no.
2. Por otro lado, a efectos de evaluar la procedencia de la presente demanda de habeas data, debe tomarse en cuenta que, en su parte pertinente, el artículo 62 del Código Procesal Constitucional señala:

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Diario Oficial El Peruano del 4/4/2021 - Procesos Constitucionales

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CountryPeru

Date03/04/2021

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First edition08/01/2016

Last issue25/04/2024

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