Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

26 de octubre de 2021

6.2.- A efectos de lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, la comisión de selección que actúe en las pruebas selectivas, tendrán la categoría Primera, Segunda o Tercera, según cuerpo, escala o categoría profesional al que se opte.

6.3.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición de la comisión de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros.
La resolución se anunciará en el tablón de anuncios del IEDT y en su página web. La composición del tribunal calificador incluirá también la de los respectivos suplentes, que serán designados conjuntamente con los titulares. La resolución se anunciará en el tablón de anuncios de este IEDT y en su página web.

6.4.-Cuando el procedimiento selectivo por dificultades técnicas o de otra índole así lo aconsejase, la comisión de selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias. Dichos asesores/as colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto.Los asesores/as especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros de la comisión de selección.

Del mismo modo, si para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, se considerase necesario contar con el apoyo de personal complementario a los solos efectos de la celebración de las pruebas por razones de organización como son:un elevado número de aspirantes, la vigilancia de aulas o circunstancias similares, se invitará al personal de IEDT a formar parte de este personal colaborador, cuya labor se retribuirá conforme al artículo 31 del Real Decreto de 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

6.5.- La comisión de selección estará compuesta por la Presidencia, la Secretaría y tres Vocalías. El secretario carecerá de voto. Todos sus miembros deberán ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo, y estar en posesión de una titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes y pertenecer al mismo grupo de titulación o superiores.

No podrán formar parte de la comisión de selección quienes hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

La Presidencia podrá requerir a los miembros de la comisión de selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público LRJSP-. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 10
días.

6.6.- La comisión de selección no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.

SÉPTIMA.- DEL CALENDARIO DEL PROCESO SELECTIVO.

7.1.- La fecha de celebración del ejercicio/ejercicios se publicará en el tablón de anuncios de este Organismo y en su página web.

7.2.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas los anuncios respecto del lugar y hora donde deban celebrarse las restantes, se publicarán en el tablón de anuncios del IEDT, en su página web. Estos anuncios deberán publicarse como mínimo con 12
horas de antelación cuando se trate del mismo ejercicio y de 48 cuando se trate de un nuevo ejercicio.

7.3.- Los aspirantes que serán convocados en llamamiento único quedarán decaídos en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, aún cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas de carácter individual y sucesivo, la comisión de selección podrá apreciar las causas alegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de aspirantes.

7.4.- El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios en los que no puedan actuar conjuntamente comenzará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra que determine el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen y que se celebren durante el año publicado en el BOJA del año en curso.

7.5.- La comisión de selección podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro documento oficial que acredite su identidad.

OCTAVA.- SISTEMA DE SELECCIÓN

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de CONCURSOOPOSICIÓN. Consistirá en la celebración sucesiva de cada una de las fases de oposición y de concurso, a fin de evaluar la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las correspondientes funciones y de establecer el orden de prelación de los mismos para la constitución de la bolsa de empleo.

Entre la lista provisional y la lista definitiva de cada fase del procedimiento se otorgará un plazo de cinco días naturales para alegaciones.

Los temarios sobre los que versarán las pruebas teóricas y/o prácticas, no podrán superar en cuanto a su extensión:
Para plazas pertenecientes al grupo retributivo "A1"

26 temas.

Para plazas pertenecientes al grupo retributivo "C"

12 temas.

Para plazas pertenecientes al grupo retributivo "A2"
Para plazas pertenecientes al grupo retributivo "D"
Para plazas pertenecientes al grupo retributivo "E"

Página 3

B.O.P. DE CADIZ NUM. 204

20 temas.
8 temas.
5 temas.

Los temas para las plazas "A1"; "A2"; "C"; "D" y "E", estarán divididos en dos bloques, uno de ellos relativo a temas de carácter general y otro concerniente a temas referentes a Fondos Europeos. Debido a la naturaleza de estos últimos, se publicarán en la página web del IEDT dichos temas para su descarga en formato pdf
por los aspirantes.

NOVENA.-FASE DE OPOSICIÓN.

La fase de oposición estará compuesta de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios para todos los aspirantes.

- Primer ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario tipo test de 50 preguntas con tres respuestas alternativas, en el tiempo que determine la comisión de selección, no superior a 60 minutos, sobre las materias relacionadas en el Anexo I.
No obstante se elaborarán 10 preguntas de reservas para posibles impugnaciones de las preguntas que componen la prueba.

- Segundo ejercicio: Consistirá, a elección de la comisión de selección, en la resolución de un supuesto práctico que podrá ser oral o escrito, o en la contestación de un cuestionario tipo test de 50 preguntas con tres respuestas alternativas, en el tiempo que se determine en ese momento, no superior a 60 minutos. En cualquiera de los dos casos el ejercicio estará relacionado con las funciones a desempeñar y las materias específicas relacionadas en el Anexo I. No obstante se elaborarán 10 preguntas de reservas para posibles impugnaciones de las preguntas que componen la prueba.

DÉCIMA.- CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN.

Cada uno de los ejercicios de la oposición será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. No se procederá a la corrección de la prueba práctica, si no se ha superado la Prueba teórica tipo test.

La corrección y calificación de los tests, se hará de forma anónima, utilizándose para ello sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas y el anonimato de los aspirantes. Cuando se utilicen sistemas informáticos de corrección, se darán las instrucciones precisas a los aspirantes para la correcta realización de la prueba. Dichas instrucciones se adjuntarán al expediente del proceso selectivo. La puntación obtenida en los ejercicios tipo test vendrá dada por la siguiente fórmula: nota total = nº aciertos - nº errores/2 / nº preguntas / 10.

La calificación del supuesto práctico, si lo hubiere, se obtendrá calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión de selección, no teniendo en cuenta la mayor ni la menor de las puntuaciones.

UNDÉCIMA.- FASE DE CONCURSO.

Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. A estos efectos, presentarán en el registro del IEDT o de la Diputación de Cádiz - tanto físico como electrónico -en el plazo de 5 días naturales contados a partir de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios del IEDT, el currículo junto con los documentos acreditativos de los méritos.

Se valorarán los siguientes méritos:

1.- Por servicios prestados hasta 4 puntos: Sólo serán valorados aquellos servicios que estén debidamente acreditados mediante certificación oficial de la seguridad social en la misma categoría profesional objeto de la convocatoria:

1.1.- Por haber trabajado, con vínculo funcionarial o laboral, en la Administración Local, a razón de 0,10 puntos por mes.

1.2.- Por haber trabajado con vínculo funcionarial o laboral, en el resto de Administraciones Públicas, a razón de 0,05 puntos por mes.

2.-Por cursos de formación y perfeccionamiento hasta 2 puntos: Siempre que estén relacionados con las tareas propias de la categoría que se convoca. La valoración de cada curso se realizará de acuerdo con la siguiente escala:
a De 100 o más horas:
b De 75 o más horas:
c De 50 o más horas:
d De 25 o más horas:
e De 15 o más horas:

15 puntos.
1 punto.
075 puntos.
050 puntos.
020 puntos.

Sólo se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por la Universidad, Organismos Oficiales, Institutos o Escuelas Oficiales de Funcionarios, u otras Entidades Públicas, siempre que en este último caso hubieran sido homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública u otra Administración Pública competente.

También se valorarán los cursos de formación continua dentro del Acuerdo Nacional de Formación Continua en cualquiera de sus ediciones y los impartidos por la Diputación de Cádiz o éste organismo.

Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates u otras análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.

DUODÉCIMA.- CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.

Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Con independencia de los límites parciales establecidos, la puntuación total de la fase de concurso no podrá superar los 5 puntos.

Baremados los méritos, la comisión de selección expondrá al público la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en esta fase, así como la de aprobados por orden de puntuación total, concediéndoles un plazo de 5 días naturales para que formulen las reclamaciones y alegaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

DECIMOTERCERA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVAY RELACIÓN DE
APROBADOS.

La comisión de selección elevará al órgano competente junto con el acta de la última sesión, la lista de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con la puntuación total obtenida en el concurso, para la constitución de las respectivas Bolsas de Empleo y posterior nombramiento como personal funcionario interino o laboral temporal, según la necesidad temporal del Instituto de Empleo y Desarrollo

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/10/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date26/10/2021

Page count23

Edition count6014

First edition02/01/2001

Last issue10/05/2024

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