Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

5 de octubre de 2021

B.O.P. DE CADIZ NUM. 191

V.A.4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial:
0,50 puntos.
V.A.4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
V.A.4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno máximo 4 felicitaciones, cada una: 0,25 puntos.
En el supuesto de que los aspirantes, obtuvieran igual puntuación total, el orden de prelación de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida, sucesivamente, en los siguientes apartados:
1.º Antigedad.
2.º Formación.
3.º Titulaciones académicas.
4.º Otros méritos
En caso de persistir el empate se decidirá por sorteo público.

16/09/21. Firmado: Miguel Francisco Molina Chamorro.
Nº 81.790


AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN A MICROEMPRESAS O PERSONAS
AUTÓNOMAS, DESTIANDA AL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO O
AUTOEMPLEO EN SECTORES AFECTADOS POR EL COVID, EJERCICIO 2021.
BDNS Identif.: 584445

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/584445

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las microempresas o personas autónomas cuyo centro de trabajo y domicilio fiscal se encuentren ubicados en el municipio de Chiclana de la Frontera, y en las que concurran los requisitos fijados en esta Convocatoria, debiendo cumplir en todo caso con los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera y lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, que a estos efectos se declara expresamente como de aplicación.

Su actividad tendrá que estar incluida en cualquier sector o actividad que haya visto impedido o limitado el normal desarrollo de su actividad, como consecuencia de las restricciones o medidas de contención sanitaria para la contención de la pandemia provocada por la COVID-19.

Solo podrán solicitar esta ayuda las microempresas o aquellas personas autónomas que tengan como máximo 5 trabajadores en su plantilla y si su facturación en los tres últimos trimestres del ejercicio 2020 se hubiese reducido al menos en un 30% respecto al mismo período del ejercicio anterior, es decir 2019, y hayan mantenido el número de personas que formaban parte de la plantilla de la empresa a fecha 1 de abril de 2020 hasta el mes de la fecha de presentación de la solicitud.

Segundo. Objeto.

El objeto de la presente Convocatoria es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia pública competitiva mediante convocatoria abierta, a las microempresas o personas autónomas, que tengan como máximo 5 trabajadores en plantilla, que desarrollan su actividad en el municipio de Chiclana de la Frontera en los sectores que se han visto más afectados por las restricciones impuestas por la Pandemia generada por la COVID-19, que tengan su domicilio fiscal así mismo en el municipio y que reúnan las condiciones exigidas en la presente convocatoria, con la finalidad de otorgar liquidez para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones, el mantenimiento de la actividad y el empleo o autoempleo.

Tercero. Bases reguladoras.

La presente Convocatoria se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva para Subvención a microempresas o personas autónomas, destinada al mantenimiento del empleo o autoempleo en aquellos sectores afectados por las restricciones impuestas por la pandemia generada por la COVI-19 en el municipio de Chiclana de la Frontera, correspondiente al ejercicio 2021, publicadas en la página oficial del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera https www.
chiclana.es/

Cuarto. Cuantía.

La presente Convocatoria se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva y la Delegación de Fomento destinará a la misma un importe inicial de doscientos mil euros 200.000,00€, con cargo a la aplicación 241/470 Subvenciones para Fomento del Empleo del Presupuesto General del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera para el ejercicio 2021.

Las microempresas o personas autónomas que reúnan los requisitos exigidos para ser personas beneficiarias y presenten su solicitud dentro del lazo establecido para ello, podrán optar a una ayuda de ochocientos euros 800,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Chiclana de la Frontera, 20 de septiembre de 2021. D. Josefa Vela Panés, Delegada de Fomento.
Nº 81.939

Página 7

AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 48/2021
ANUNCIO DE APROBACION INICIAL

El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 16 de septiembre de 2021, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria nº 48/2021 en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con bajas de créditos. Dicho expediente estará de manifiesto al público en la Intervención del Ayuntamiento. Asimismo, su detalle podrá consultarse a través de la web del Portal Municipal de Transparencia. Dicha exposición pública será durante el plazo de quince días, durante el cual, los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en los art.
169 y 170.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por el R.D.L 2/2004 de 5 de marzo. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.

En Chipiona, a 17 de septiembre de 2021. El Alcalde, Fdo: Luis Mario Aparcero Fernández de Retana.
Nº 82.014


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 53/2021
ANUNCIO DE APROBACION INICIAL

El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 16 de septiembre de 2021, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria nº 53/2021 en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con bajas de créditos.
Dicho expediente estará de manifiesto al público en la Intervención del Ayuntamiento.
Asimismo, su detalle podrá consultarse a través de la web del Portal Municipal de Transparencia. Dicha exposición pública será durante el plazo de quince días, durante el cual, los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en los art. 169 y 170.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por el R.D.L 2/2004 de 5 de marzo. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.

En Chipiona, a 17 de septiembre de 2021. El Alcalde, Fdo: Luis Mario Aparcero Fernández de Retana.
Nº 82.022


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
ANUNCIO

Habiéndose aprobado inicialmente, por el Pleno de este Ayuntamiento de fecha 9 de junio de 2021, la modificación del Reglamento de Participación Ciudadana, y no habiéndose formulado contra el mismo reclamaciones ni alegaciones en el plazo establecido, según Certificado del Sr. Vicesecretario de este Excmo. Ayuntamiento de fecha 10/09/2021, se entiende definitivamente aprobada, procediéndose a su publicación íntegra.

13/9/21. Fdo.: El Alcalde Presidente.
Nº 82.024


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 54/2021
ANUNCIO DE APROBACION INICIAL

El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 16
de septiembre de 2021, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria nº 54/2021 en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con bajas de créditos. Dicho expediente estará de manifiesto al público en la Intervención del Ayuntamiento. Asimismo, su detalle podrá consultarse a través de la web del Portal Municipal de Transparencia. Dicha exposición pública será durante el plazo de quince días, durante el cual, los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en los art.
169 y 170.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por el R.D.L 2/2004 de 5 de marzo. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.

En Chipiona, a 17 de septiembre de 2021. El Alcalde, Fdo: Luis Mario Aparcero Fernández de Retana.
Nº 82.029


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
EDICTO

D. GERMAN BEARDO CARO, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María,
HAGO SABER:

Que en virtud de Decreto de la Teniente de Alcalde Delegada del Área Económica número 2021/4858 de quince de septiembre de 2021, se ha resuelto:

1º.- Aprobar la lista cobratoria por el concepto de Tasa municipal de Entrada de Vehículos correspondiente al ejercicio 2.021, que estará expuesta al público en las oficinas de la U.A. Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:00, durante el plazo de VEINTE DÍAS contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del Edicto correspondiente en el Boletín

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/10/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date05/10/2021

Page count7

Edition count6014

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Last issue10/05/2024

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