Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/7/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 22

B.O.P. DE CADIZ NUM. 124

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA

HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 582/2021 se ha acordado citar a DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y
ESTETICA DENTAL S.L. DENTIX EN CONCURSO como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 1 DE JUNIO DE 2023
A LAS 10.00 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en AVENIDA ALCALDE ALVARO
DOMECQ, Nº 1. EDIFICIO ALCAZABA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD
Y ESTETICA DENTAL S.L. DENTIX .

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a once de junio de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JERÓNIMO
GESTOSO DE LA FUENTE. Firmado.
Nº 52.710


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO

D. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.

HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 253/20-K, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 16-6-21, resolviendo recurso de suplicación contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Jerez de la Frontera, en Procedimiento nº 43/13.

Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrán preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN a AGROPECUARIA
GIBALBIN S.L. cuyo paradero es actualmente desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Dado en SEVILLA a diecisiete de junio de dos mil veintiuno. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO.
Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 52.714


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO

N.I.G.: 1101244S20170002641. Negociado: L. Recurso: Recursos de Suplicación 199/2020. Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE CADIZ.
Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 875/2017. Recurrente:
JUAN GARCIA SOTO. Recurrido: FREMAP, INSTITUTO NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y NAUJABES, S. L. Representante: ISMAEL ASENJO GONZALEZ.

ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE ANDALUCIA. SALA DE LO SOCIAL SEDE SEVILLA

CERTIFICO: Que en el recurso nº 199/2020 seguidos a instancia de JUAN
GARCIA SOTO contra FREMAP, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y NAUJABES, S. L., se ha dictado la siguiente resolución, cuyo tenor literal de la parte que interesa es el siguiente:

Que en el Recurso de Suplicación nº 199/2020, se ha dictado resolución por esta Sala, con fecha 16/06/21 resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Cádiz en Procedimiento nº 875/17

Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.

Y para que sirva de notificación en forma a NAUJABES, S. L., expido el presente.

En SEVILLA a diecisiete de junio de dos mil veintiuno. EL LETRADO

1 de julio de 2021

DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA. ALONSO SEVILLANO
ZAMUDIO. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 52.720


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº2 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número ejecución 74/21 a instancia de la parte ejecutante NOUAL FATMI BOUROUDANE, contra COSTAGOL 73, S.L., MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS SOLYSUR, S.L., SERVICIOS TURISTICOS Y HOTELEROS SAN ROQUE, S.L., GRUPO 3ML
MARBELLA 2016, S.L. y RYDER CLUBS RESTAURANTES, S.L. se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 01/06/21. Contra dicho auto, podrá interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE REPOSICION, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social nº 2 de Algeciras, sito en Avda Virgen del Carmen nº 55 Edif. De la Audiencia Provincial, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma.

Y para que sirva de notificación a la parte ejecutada, COSTAGOL 73, S.L., MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS SOLYSUR, S.L., SERVICIOS TURISTICOS Y
HOTELEROS SAN ROQUE, S.L., GRUPO 3ML MARBELLA 2016, S.L. y RYDER
CLUBS RESTAURANTES, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma de la misma conforme a los previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALGECIRAS, a 9 de junio de dos mil veintiuno. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ.
Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 52.737


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº2 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 16/2021 a instancia de la parte actora D/D. VICTOR MANUEL RODRIGUEZ contra BOLONIA SEA VIEWS, S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO DE DESPACHO DE EJECUCION y DECRETO de fecha 16/02/21.

Contra dichas resoluciones cabe interponer recurso en el plazo de tres días.

Dichas resoluciones se encuentras a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social nº 2 de Algeciras, sito en Avda Virgen del Carmen nº 55 Edif. De la Audiencia Provincial, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma.

Y para que sirva de notificación a la empresa condenada BOLONIA
SEA VIEWS S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma de la misma conforme a los previsto en la Instrucción 6/2012
de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

Y para que sirva de notificación al demandado BOLONIA SEA VIEWS, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/7/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date01/07/2021

Page count23

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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