Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/5/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 88

CAPÍTULO II. COMISIÓN MIXTA PARITARIA DE SEGUIMIENTO
Artículo 8. Comisión mixta Artículo 9. Adopción de acuerdos y carácter vinculante CAPÍTULO III. ORGANIZACIÓN, PUESTOS DE TRABAJO Y DEFINICIONES
Artículo 10. Organización Artículo 11. Escalafón y plantilla Artículo 12. Grupos profesionales Artículo 13. Definiciones del personal Artículo 14. Reorganización y reestructuración CAPÍTULO IV. RETRIBUCIONES
Artículo 15. Conceptos retributivos Artículo 16. Incremento salarial Artículo 17. Valor hora aplicable VHA
Artículo 18. Fórmula de pago y anticipos mensuales Artículo 19. Deducción de retribuciones Artículo 20. Nocturnidad Artículo 21. Quebranto de moneda Artículo 22. Plus de disponibilidad Artículo 23. Plus de asistencia o asiduidad Artículo 24. Manutención Artículo 25. Horas extraordinarias Artículo 26. Clausula de revisión CAPÍTULO V. MOVILIDAD FUNCIONAL Y OFERTAS DE EMPLEO
Artículo 27. Movilidad funcional. Trabajos de superior/inferior categoría Artículo 28. Promoción interna Artículo 29. Ofertas de empleo Artículo 30. Servicios extraordinarios CAPÍTULO VI. JORNADA, DESCANSOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS
Artículo 31. Jornada de trabajo Artículo 32. Calendario laboral Artículo 33. Control de horarios Artículo 34. Horario flexible por conciliación laboral y familiar Artículo 35. Vacaciones Artículo 36. Descanso semanal Artículo 37. Fiestas trabajadas Artículo 38. Permisos y licencias retribuidas Artículo 39. Permisos y licencias no retribuidas Artículo 40. Excedencia especial Artículo 41. Excedencia. Condiciones generales CAPÍTULO VII. RÉGIMEN ASISTENCIAL
Artículo 42. Seguro colectivo Artículo 43. Complemento por enfermedad o accidente de trabajo Artículo 44. Asistencia sanitaria concertada Artículo 45. Premio de natalidad y matrimonio Artículo 46. Auxilio por viudedad Artículo 47. Ayuda a trabajadores con discapacitados a su cargo Artículo 48. Gafas graduadas Artículo 49. Ayuda escolar Artículo 50. Ropa de trabajo Artículo 51. Jubilación anticipada CAPÍTULO VIII. SALUD LABORAL
Artículo 52. Principio general Artículo 53. Delegados/as de prevención Artículo 54. Vigilancia de la salud Artículo 55. Obligaciones de los trabajadores/as CAPÍTULO IX. SUBROGACIÓN, ABSORCIÓN E INDEMNIZACIÓN
Artículo 56. Subrogación, absorción e indemnización CAPÍTULO X. FORMACIÓN Y EMPLEO
Artículo 57. Formación Artículo 58. Periodo de prueba Artículo 59. Trabajo de menores Artículo 60. Actuación al minusválido Artículo 61. Modalidades contractuales Artículo 62. Contratación Artículo 63. Control de contratos Artículo 64. Finiquito Artículo 65. Cese voluntario. Plazo de preaviso Artículo 66. Igualdad y no discriminación Artículo 67. Plan de igualdad CAPÍTULO XI. ACCIÓN SINDICAL
Artículo 68. Delegados de personal Artículo 69. Competencias Artículo 70. Asamblea Artículo 71. Sección sindical CAPÍTULO XII. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 72. Faltas y sanciones de los trabajadores/as Artículo 73. Graduación de las faltas Artículo 74. Procedimiento sancionador Artículo 75. Faltas leves Artículo 76. Faltas graves Artículo 77. Faltas muy graves Artículo 78. Clases de sanciones Artículo 79. Prescripción CAPÍTULO XIII. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO
EN EL ÁMBITO LABORAL
Artículo 80. Procedimiento de actuación ANEXO I. RETRIBUCIONES

13 de mayo de 2019

ANEXO II. TABLA DE RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS
ANEXO III. TABLA DE PARENTESCOS Y NORMAS DE PROCEDIMIENTO
SOBRE LOS PERMISOS Y LICENCIAS RETRIBUIDAS
ANEXO IV. CALENDARIO LABORAL
ACTA DE OTORGAMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO
DEL PERSONAL LABORAL DE EMSISA EMPRESA MUNICIPAL, S. A
CENTRO HOTEL FUENTEMAR
En Chiclana de la Frontera siendo las 10:30 del día 14 de febrero de 2019, se reúnen en la sede de la empresa:
Por la parte empresarial:
De una parte, Dña M del Carmen Jiménez Jurado, con D.N.I. 75.819.540-V, en nombre y representación de EMSISA Empresa Municipal, S.A., en adelante, EMSISA, con CIF A-11068004; y domicilio en Chiclana de Fra, Cádiz , calle La Plaza núm. 3, 4º Nivel, en calidad de Consejera Delegada, cargo para el que fue nombrada por el Consejo de Administración de la Sociedad en sesión de fecha 7 de septiembre de 2016, elevado a público en virtud de escritura de fecha 16 de septiembre de 23016 ante el Notario de Chiclana de Frontera, Dña Lourdes Zaragoza Tafalla, al número 721 de su protocolo, e inscrito en el Registro mercantil de Cádiz al Tomo 2161, Folio 196, Hoja CA-5511, Inscripción 56.Y actual Delegada de Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
Por la representación de los trabajadores:
De otra parte, D. Luis Barberá Carmona, con DNI 31399930P, Representante de los Trabajadores/as del Centro Hotel Fuentemar adscrito a EMSISA Empresa Municipal, S.A.
Ambas partes ACUERDAN:
Primero. Reconocerse mutua legitimación y capacidad en la negociación de ese Convenio Colectivo para el personal laboral incluido en su ámbito de aplicación y por tanto para firmar el presente Acta de Otorgamiento.
Segundo. En virtud de las negociaciones llevadas a cabo, suscriben el presente Convenio Colectivo con vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2021.
Tercero. Con aplicación de los ejercicios 2019/2021, se estudia la dotación de un fondo adicional, de cantidad suficiente y con la finalidad de reducir si existiesen, diferencias de las retribuciones del personal sujeto al ámbito de aplicación de este convenio, en comparación con los funcionarios municipales del Excelentísimo Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
Cuarto. Como Anexo I se incorpora la Tabla Retributiva 2018, como Anexo II, Reconocimientos de trienios, como Anexo III Tablas de Parentesco y Normas de Procedimiento sobre permisos y licencias retribuidas, como Anexo IV, Calendario Laboral Quinto. Del presente Convenio Colectivo y sus anejos, se dará cuenta al Consejo de Administración Sexto. De conformidad cono establecido en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenio y acuerdos colectivos de trabajo, se designa y autoriza expresamente a Doña Inmaculada Ortega Gil con DNI 75.873.398D, para que a través de su firma electrónica, presente telemática solicitud de inscripción del Convenio Colectivo de ENSISA Empresa Municipal, S,. A Centro de trabajo Hotel Fuentemar, para los años 2019-2021 junto con toda documentación preceptiva para su registro y depósito, y realice los tramites administrativos oportunos a tal fin.
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, firman la presente acta, por duplicado ejemplar a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados Dña M Carmen Jiménez Jurado D. Luis Barberá Carmona Consejera DelegadaRepresentante de trabajadores EMSISA Empresa Municipal, S.A
Hotel Fuentemar CAPÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1. ÁMBITO FUNCIONAL
El presente Convenio regulará las condiciones de trabajo que comprenden las actividades del Centro Hotel Fuentemar adscrito a EMSISA Empresa Municipal, S. A .

Artículo 2. ÁMBITO PERSONAL
El presente convenio colectivo afecta y vincula a todo el personal que comprende el Centro de trabajo HOTEL FUENTEMAR, cuyo grupo de cotización es el 11/1037326/68
bajo cualquier modalidad de contratación. Se excluyen expresamente del ámbito regulado por el presente Convenio:
a El personal afecto a lo establecido en los apartados a y c del punto 3 del Articulo 1 del Estatuto de los Trabajadores, y la disposición Adicional 50 de la citada Ley, sobre los contratos de alta dirección.

Artículo 3. ÁMBITO TEMPORAL Y PRÓRROGA
El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos desde el día 1 de enero de 2019, finalizando su vigencia el 31 de Diciembre del 2021, prorrogándose por la tácita si no mediara denuncia con dos meses de antelación a su vencimiento. La parte que denuncie el mismo, estará obligada a comunicarlo a la otra parte. El contenido articulado del Convenio se mantendrá en vigor, una vez concluida la duración del mismo, hasta tanto no se pacte otro nuevo Convenio que sustituya al presente.

Artículo 4. REPRESENTACIÓN
Se entiende como Representación Legal Colectiva de los/as trabajadores/as sujetos/as al ámbito del presente Convenio a los/as delegados/as de Personal.

Artículo 5. CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS..
Si a la entrada en vigor de éste Convenio algún/a trabajador/a viniera disfrutando de una percepción económica mayor a la resultante de aplicar las aquí establecidas, la diferencia se le reconocerá como Retribución Base Suplementaria RBS, Artículo 15, apartado 1.-b
Artículo 6. LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
A todas las cuestiones que no estén previstas en el presente Convenio Colectivo les será de aplicación el R.D Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y demás legislación laboral de aplicación al supuesto que se trate.

Artículo 7. VINCULACIÓN A LA TOTALIDAD.
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible , y a efectos de su aplicación practica, serán consideradas globalmente. Si la jurisdicción competente anulase o invalidase algún articulo parcial o totalmente, las partes firmantes se reunirán

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/5/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date13/05/2019

Page count31

Edition count6006

First edition02/01/2001

Last issue29/04/2024

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