Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/5/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 99

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Funcion Publica Funcion Publica y Recursos Humanos EDICTO

El Diputado Delegado del Área de Función Pública, mediante Decreto de fecha 14 de mayo de 2019, ha resuelto lo siguiente:

Por el Área de Función Pública se ha formulado con fecha 13 de mayo de 2019, propuesta de resolución relativa al procedimiento seguido para la selección de dos 2 plazas vacantes de Oficial/a 1 Maquinista, incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018.

CONSIDERACIONES

Primera.- Mediante resolución de 15 de febrero de 2019, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 43, de fecha 6 de marzo de 2019, se dispuso la aprobación de las Bases Específicas por las que se regirá el proceso para la selección, en régimen de personal Funcionario de Carrera, de 2 plazas vacantes de Oficial/a 1 Maquinista, incluidas en la Oferta Pública de Empleo de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, pertenecientes al Grupo "C", Subgrupo "C2", escala: Administración Especial, subescala: Servicios Especiales, mediante el sistema de selección de Concurso-oposición Libre.

Segunda.- En la base Tercera de las específicas, se establecen los requisitos que deben reunir las personas aspirantes para la admisión al proceso selectivo, siendo necesario estar en posesión, en otros, del siguiente requisito exigido en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:

c Estar en posesión del título de Graduado/a Escolar, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada.

Asimismo, deberá estar en posesión de los permisos de conducción clases B, C1 y C, así como del Certificado de Aptitud Profesional CAP expedido por los órganos competentes para el otorgamiento de autorizaciones habilitantes para la realización de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

Tercera.- La exigencia del Certificado de Aptitud Profesional CAP, con validez en todo el territorio de la Unión Europea, y que sirve para acreditar que un conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial como conductor profesional, procede de la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, relativa a la cualificación inicial y a la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.

No obstante, la entrada en vigor de la Directiva UE 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de abril de 2018, modifica la Directiva 2003/59/CE, relativa a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera y la Directiva 2006/126/CE sobre el permiso de conducción.

Cuarta.- En la Directiva UE 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de abril de 2018, se establece la incorporación de nuevas exenciones para conductores de vehículos que ya no van a necesitar el CAP, entre las que se encuentra la exención a los siguientes vehículos:
- Los que tienen una VMA Velocidad Máxima Autorizada no superior a 45 km/h.
- Los que estén siendo probados en carretera para hacer mejoras técnicas, tareas de reparación o mantenimiento o los que todavía no se hayan puesto en circulación, con independencia de que sean nuevos o transformados.
- Los que se utilizan en misiones de salvamento o en situaciones de emergencia.
Los que se utilizan en las clases prácticas para obtener bien el permiso de circulación o el propio CAP.
- Los que se utilizan para el transporte privado particular de viajeros o mercancías definido en el artículo 101 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y 156 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
- Los que se utilicen para transportar material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre y cuando conducir el vehículo no sea la actividad principal del conductor.

Quinta.- Esta modificación de la Directiva UE 2018/645 afecta de manera directa a lo contenido en los requisitos exigidos en las Bases Específicas del proceso previsto para la selección de dos plazas vacantes de Oficial/a 1 Maquinista, incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, y que queda debidamente justificada a través de informe de fecha 6 de mayo de 2019, emitido por la Dirección del Área de Desarrollo, Innovación y Cooperación Local.

Sexta.- Del mismo modo, conforme a la normativa desarrollada por la Dirección General de Tráfico por las que se regulan los permisos de conducción, sus clases y las pruebas de aptitud a realizar para su obtención, se establece que para la obtención del permiso clase C, ha de ser titular de un permiso B en vigor, así como que la obtención de ese permiso implica la concesión del C1.

Séptima.- En este marco corresponde al Diputado Delegado del Área de Función Pública con competencias delegadas en esta materia, la capacidad para modificar las Bases Específicas anteriormente aprobadas, de acuerdo con la normativa vigente y de los criterios anteriores.

En base a los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, vengo en disponer lo siguiente:

PRIMERO: Modificar las Bases Específicas del proceso seguido para la
28 de mayo de 2019

selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de dos plazas vacantes de Oficial/a 1 Maquinista, incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, aprobadas mediante resolución de 15 de febrero de 2019 publicada en el BOP de Cádiz núm. 43, de fecha 6 de marzo de 2019, en virtud de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de modo que donde dice:

c Estar en posesión del título de Graduado/a Escolar, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada.

Asimismo, deberá estar en posesión de los permisos de conducción clases B, C1 y C, así como del Certificado de Aptitud Profesional CAP expedido por los órganos competentes para el otorgamiento de autorizaciones habilitantes para la realización de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
debe decir:

c Estar en posesión del título de Graduado/a Escolar, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada.

Asimismo, deberá estar en posesión del permiso de conducción clase C.

SEGUNDO: Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, se ha de proceder a la modificación de la redacción contenida en el apartado relativo a la fase de concurso, subapartado de Formación Académica, de modo que donde dice:

4.2.1.- Formación Académica.

a Doctorado en una materia propia de las funciones del puesto indicadas en la convocatoria: 1,50 puntos.

b Suficiencia Investigadora: Por estar en posesión de la "Suficiencia Investigadora" o Experto Universitario en el ámbito de las funciones indicadas en la convocatoria: 0,50 puntos. No computará este concepto si se aporta simultáneamente el grado de Doctor.

c Otra titulación universitaria, del mismo nivel académico que el solicitado en la convocatoria y perteneciente a la misma Rama de Conocimientos en los términos del Anexo II del Real Decreto 1393/07: 1,00 punto.

d Otra titulación universitaria, de nivel académico superior al solicitado en la convocatoria y perteneciente a la misma Rama de Conocimientos en los términos del Anexo II del Real Decreto 1393/07: 1,50 punto.
debe decir:

4.2.1.- Formación Académica.

a Un título académico de Bachillerato o de Técnico Especialista FP2, Módulo Profesional de nivel III, Maestría Industrial en la misma Rama de Conocimientos, definido en función del temario correspondiente: 1,50 puntos.

b Un título académico del mismo nivel docente al que se requiere en la convocatoria y en la misma Rama de Conocimientos, definido en función del temario correspondiente: 0,50 puntos.

TERCERO: Proceder a la publicación del acuerdo adoptado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, surtiendo sus efectos correspondientes desde el día siguiente al de su publicación en el diario oficial indicado.

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se comunica, para su conocimiento y a los efectos oportunos.

14/05/2019. El Diputado Delegado del Área de Función Pública. Firmado por Francisco González Pérez y María Teresa Fernández-mota Martos.
Nº 38.200


Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Unidad de Gestion Censal, Catastral y Tributaria ALGODONALES
EDICTO

Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria correspondiente al ejercicio 2019 del TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y
RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA
DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha dieciocho de junio de dos mil nueve, y entrada en vigor para este tributo con fecha uno de enero de dos mil once, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/5/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date28/05/2019

Page count7

Edition count5985

First edition02/01/2001

Last issue27/03/2024

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