Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 5 DE ENERO DE 1999

AÑO CVII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.056
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 955.470

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 629/98
Extiéndese al personal de la Embajada de la República en la República de Filipinas el beneficio por escolaridad que otorga a los funcionarios del Estado destacados en el Japón el artículo 1º del Decreto Nº 1107/86.

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

INTERNACIONAL Y CULTO del instrumento legal que permita adelantar las sumas necesarias por los gastos de escolaridad en que deben incurrir los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación cuando se desempeñen en la EMBAJADA DE LA REPUBLICA EN LA REPUBLICA DE FILIPINAS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se expidió sobre el tema en cuestión.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello, EL JEFE DE GABINETES
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a anticipar semestralmente la suma necesaria para atender el pago adelantado de los gastos de educación escolar de los hijos a cargo, a los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación cuando los mismos sean destinados a prestar servicios en la EMBAJADA DE LA REPUBLICA
EN LA REPUBLICA DE FILIPINAS.
Art. 2º La Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al transferir el importe de los haberes correspondientes al personal a que se refiere el artículo anterior, procederá a deducir la parte alícuota correspondiente al gasto de escolaridad del período que se liquida, efectuando el ingreso del monto retenido a Rentas Generales de conformidad con las previsiones normativas pertinentes de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156.
En el supuesto de que el importe de dicha parte supere el DIEZ POR CIENTO 10% de la retribución que se liquida al referido personal, el total de la retención por este concepto se limitará a la suma que corresponda a ese porcentaje, atendiendo el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el pago del excedente con afectación a su presupuesto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge A. Rodríguez. Guido Di Tella.

Bs. As., 23/12/98
VISTO el expediente EXPMRECC Nº 009862/98 por el cual el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO solicita se haga extensivo al personal de la EMBAJADA DE LA REPUBLICA EN LA
REPUBLICA DE FILIPINAS el beneficio por escolaridad que otorga a los funcionarios del Estado destacados en el JAPON el artículo 1º del Decreto Nº 1107 de fecha 3 de julio de 1986, y
RESOLUCIONES

Consejo Federal Pesquero
CONSIDERANDO:

PESCA

Que por el Decreto Nº 1107 de fecha 3 de julio de 1986 se autorizó al entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA a anticipar la suma necesaria para atender el pago adelantado de los gastos de educación escolar de los hijos a cargo de los funcionarios del ex-Servicio Económico y Comercial Exterior cuando sean destinados a prestar servicios en JAPON.

Resolución 11/98

Que es necesario dotar al MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

Elévase la Captura Máxima Permisible de la especie Pez Palo. Autorízase la captura de la mencionada especie exclusivamente con buques pesquero de eslora menor a los 18 metros.
Bs. As., 22/12/98
VISTO el Expediente Nº 800-010101/98 de la Resolución Nº 3 de fecha 1º de julio de 1998 del registro del CONSEJO FEDERAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

PESQUERO y la Resolución Nº 185 de fecha 9 de noviembre de 1998, del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el inciso c del artículo 9º de la Ley Nº 24.922, el CONSEJO
FEDERAL PESQUERO ha establecido los máximos de captura permisible por especie mediante la Resolución Nº 3 de fecha 1º de julio de 1998 del registro del citado Consejo, en base a lo informado por el INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO INIDEP respecto de las biomasas existentes de los recursos y los datos estadísticos correspondientes a los desembarques de la flota pesquera en operaciones.
Que por Resolución Nº 185 de fecha 9 de noviembre de 1998 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, se suspendió hasta el 31 de diciembre de 1998 la pesca de la especie PEZ PALO Percophis brasiliensis por haberse alcanzado la Captura Máxima Permisible establecida para el año en curso.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESAROLLO PESQUERO
INIDEP, ha informado que la zona de reproducción de la especie tiene lugar más allá del Cabo San Antonio, al norte de la Provincia de Buenos Aires y en la zona del Rincón, por lo que las capturas realizadas por la flota costera de eslora menor a los DIECIOCHO
18 metros no afectará las concentraciones reproductivas.
Que en razón de ello, ha recomendado que la Captura Máxima Permisible de la especie PEZ PALO Percophis brasiliensis puede excepcionalmente elevarse en MIL 1000 toneladas hasta alcanzar el total de Captura Máxima Permisible para el corriente año de SIETE MIL QUINIENTAS 7500 toneladas, lo que no afectaría el estado general del recurso.
Que, asimismo, se efectuarán muestreos intensivos de los desembarcos de las capturas de la especie que realice la flota autorizada hasta finales del año, con el objeto de controlar la talla y el estado reproductivo de dicha especie.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO
ha prestado su conformidad a la propuesta
SUMARIO
Pág.

Pág.

INSPECCION GENERAL DE
JUSTICIA
Resolución General 9/98-IGJ
Información que deberán suministrar en soporte magnético, las entidades inscriptas o con personería acordada con anterioridad al 15 de septiembre de 1995.
INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS
Resolución 299/98-INASE
Sistema de Acreditación de Semilla de Papa.
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 629/98
Extiéndese al personal de la Embajada de la República en la República de Filipinas el beneficio por escolaridad que otorga a los funcionarios del Estado destacados en el Japón el artículo 1º del Decreto Nº 1107/86.
PESCA
Resolución 10/98-CFP
Elévase la Captura Máxima Permisible de la especie Merluza Negra.
Condiciones que deberán cumplir los propietarios y/o armadores de buques palangreros destinados a la pesca de dicha especie.

2

2

Resolución 11/98-CFP
Elévase la Captura Máxima Permisible de la especie Pez Palo.
Autorízase la captura de la mencionada especie exclusivamente con buques pesquero de eslora menor a los 18 metros.

1

PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 738/98-MTSS
Asígnase una determinada suma al Programa Trabajar III para los meses de enero y febrero de 1999.

10

Resolución 739/98-MTSS
Prorróganse diversos Proyectos del Programa Servicios Comunitarios II.

6

TELECOMUNICACIONES
Resolución 2724/98-SC
Apruébase el Reglamento General de Presuscripción del Servicio de Larga Distancia.

7

CONCURSOS OFICIALES
1

Nuevos
11

REMATES OFICIALES
Anteriores
17

AVISOS OFICIALES

7

Nuevos
11

Anteriores
18

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date05/01/1999

Page count20

Edition count9345

First edition02/01/1989

Last issue24/05/2024

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