Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/9/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 7 de setiembre de 2016
DECRETO Nº 1020 GOB
Paraná, 29 de abril de 2016
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el señor Secretario de la Juventud, Dn. Nicolás Mathieu y la señora Florencia del Carmen Guzmán, MI N37.562.282, por el que se establecen las cláusulas y condiciones para el desempeño de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 04.1.2016 al 31.12.2016, el que agregado forma parte de este texto legal.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27º, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 t.o. del Decreto Nº 404/95
MEOSP y Art. 142, Inc. 4, Aparts. a y b del Decreto Nº 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar, previa presentación de la factura correspondiente, constancia de trabajo e inscripción en la categoría tributaria pertinente ante la AFIP y la ATER, la suma mensual establecida en la cláusula cuarta del contrato que se aprueba por el presente, a la señora Florencia del Carmen Guzmán, por el período comprendido entre el 04.1.2016 y el 31.12.2016, en concepto de honorarios por la obra encomendada.
DECRETO Nº 1021 GOB
Paraná, 29 de abril de 2016
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el Ente Región Centro, representado por su Presidente Dr. Pablo A. Biaggini, y el señor Guberman Marcipar Lucio Ariel, DNI N 22.168.403, domiciliado en Av. Federico Lacroze Nº 1817 Piso 7 Oficina B, Capital Federal, Provincia de Buenos Aires, por el que se establecen las cláusulas y condiciones para el desempeño de las tareas que en el mismo se especifican, el que agregado forma parte de este texto legal.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley de Contabilidad N 5140, Ley Nº 8964 t.u.o. del Decreto N 404/95
MEOSP y el artículo 142, inciso 4 apartados a y b del Decreto N 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar, previa presentación de las facturas correspondientes y constancias de trabajos, la suma establecida en la cláusula cuarta del contrato que se aprueba por el presente, al señor Guberman Marcipar Lucio Ariel, por el período 04.1.2016 al 31.12.2016 en concepto de honorarios por la obra encomendada.
DECRETO Nº 1043 GOB
RATIFICANDO CONVENIO
Paraná, 29 de abril de 2016
VISTO:
El Convenio ME N 63/15 de Participación para la Ejecución del Segundo Proyecto para el Mejoramiento de la Educación Rural PROMER II firmado en fecha 26 de enero de 2015, entre el Ministerio de Educación de la Nación y la Provincia de Entre Ríos;
CONSIDERANDO:
Que el convenio mencionado en el visto fue celebrado en fecha 26 de enero de 2015, entre la entonces señora Presidenta del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, Lic. Claudia Vallori, con la Nación Argentina, en la persona del Prof. Alberto Sileoni; y Que el Proyecto para el Mejoramiento de la Educación Rural PROMER se encuentra financiado por el Convenio de Préstamo BIRF
Nº 8452-AR y tiene como objetivo satisfacer las necesidades de las comunidades que habitan contextos rurales, mediante el desarrollo de tres componentes; a Reducción de las tasas de repetición en aulas rurales; b Incremento de las tasas de matrícula y finalización en escuelas secundarias rurales; y c Fortalecimiento de la gestión, monitoreo y evaluación del proyecto; y Que en fecha 7 de marzo de 2016, mediante nota del Presidente del Consejo General de
BOLETIN OFICIAL
Educación de la Provincia de Entre Ríos, Prof.
José Luis Panazzo, se informa al Ministerio de Educación y Deportes de la Nación - Unidad Financiamiento Internacional, que el Programa de Mejoramiento de la Educación Rural II
PROMER II se ejecutará a nivel funcional-administrativo, contable y financiero a través de la Unidad Ejecutora Provincial de Entre Ríos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º R a tifícase el Convenio ME N
63/15 de Participación para la Ejecución del Segundo Proyecto para el Mejoramiento de la Educación Rural PROMER II, suscripto en fecha 26 de enero de 2015, entre la señora Presidenta del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, Lic. Claudia Vallori y el Ministro de Educación Prof. Alberto Sileoni, en representación de la Nación Argentina, cuya copia forma parte del presente.
Art. 2º Desígnase como organismo ejecutor del Segundo Proyecto para el Mejoramiento de la Educación Rural PROMER II, a la Unidad Ejecutora Provincial de Entre Ríos, facultándosela para dictar todos los actos administrativos que resulten necesarios al efecto.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 1044 GOB
DESIGNANDO FUNCIONES
Paraná, 29 de abril de 2016
VISTO:
La gestión iniciada por este Poder Ejecutivo; y CONSIDERANDO:
Que atento a ello, y dada la necesidad de organizar operativamente la Secretaría de Ambiente, corresponde designar a los funcionarios que secundarán al titular de la misma;
Que en virtud de ello se ha propuesto para el cargo de Coordinador de Ambiente en la Costa del Río Uruguay dependiente de la citada repartición, al señor José Gabriel Perdomo, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del mismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase Coordinador de Ambiente en la Costa del Río Uruguay dependiente de la Secretaría de Ambiente, al señor José Gabriel Perdomo, MI N 23.275.531, con una remuneración equivalente al cargo Nivel 40, del Personal Fuera de Escalafón contemplado en la Ley N 8620.
Art. 2º Autorízase a a Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional y a la Dirección General de Presupuesto a realizar en forma conjunta las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el artículo 1.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 1045 GOB
AUTORIZACION
Paraná, 29 de abril de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas como consecuencia de la proximidad de la subasta judicial de parte de las instalaciones incorporadas al Frigorífico Aranguren del demandado Ricardo Taboada como consecuencia del proceso ejecutivo Servi Car SRL C/ Frigorífico Pedro Aranguren S.A. S/ Ejecutivo Expte.
23419 en trámite por ante el Juzgado Civil y
3 Comercial Nº 5 de Paraná y que tendrá lugar en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Nogoyá; y CONSIDERANDO:
Que los bienes a subastar, conjuntamente con los ya recuperados por la Provincia en una adquisición por remate conforman una unidad productiva de singular trascendencia para conseguir la reactivación del Frigorífico de Aranguren;
Que el inmueble del frigorífico fue donado al Municipio de Aranguren con el cargo de instalar allí un emprendimiento de esas características;
Que el citado municipio ha manifestado el interés y la trascendencia económica y social que significaría la reactivación del frigorífico;
Que contando con la disponibilidad de las maquinarias necesarias, las instalaciones y el inmueble, la Provincia y el Municipio podrían concesionar el conjunto económico y conseguir la puesta en funcionamiento del frigorífico con mayor celeridad;
Que la futura concesión de los bienes permitiría recuperar la inversión que significa la adquisición de este mobiliario e instalaciones;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorícese a Fiscalía de Estado a ofertar para la compra de los bienes a subastar en los autos Servi Car SRL C/ Frigorífico Pedro Aranguren S.A. s/ Ejecutivo Expte. 23419, hasta la suma de pesos novecientos mil $
900.000.
Art. 2º Facúltese a los organismos competentes a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes a los fines de hacer efectivo lo dispuesto en el artículo 1 del presente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Carlos Schepens
DECRETO Nº 1046 GOB
DESIGNANDO FUNCIONES
Paraná, 29 de abril de 2016
VISTO:
La gestión iniciada por este Poder Ejecutivo; y CONSIDERANDO:
Que atento a ello, y dada la necesidad de organizar operativamente la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, corresponde designar a los funcionarios que secundarán al titular de la misma;
Que en virtud de lo expuesto se ha propuesto para el cargo de Asesora Jurídica en el ámbito de la mencionada repartición, a la Dra. Rocio Gabriela Rivero, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del mismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase a partir de la fecha del presente, Asesora Jurídica de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, a la Dra. Rocio Gabriela Rivero, MI N 29.620.148, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes, con una remuneración equivalente a un cargo Nivel 41 del Personal Fuera de Escalafón contemplado en la Ley N 8620.
Art. 2º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a la Dirección General de Presupuesto a realizar en forma conjunta las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el artículo 1.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/9/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/09/2016

Page count18

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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