Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/06/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 102
CORDOBA, R.A. VIERNES 2 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de los fondos previsionales, de manera de continuar avanzando en el objetivo de propender hacia la justicia social en estricta observancia de los lineamientos trazados en la Constitución de la Provincia de Córdoba.

Por ello, las normas legales citadas y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- AJÚSTASE, a partir del 1 de mayo de 2023, el importe a percibir en concepto de Complemento Previsional Solidario, en los términos del artículo 5 de la Ley N 10.078, el que garantizará un haber previsional bruto no menor a la suma de pesos ciento dos mil $ 102.000,00.

El Complemento Previsional Solidario se liquidará exclusivamente a favor de los beneficiarios del Régimen Previsional de la Provincia definidos en la disposición legal precitada.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 266 - Letra:D
Córdoba, 31 de mayo de 2023
VISTO: La Resolución Ministerial N 341/2009.
Y CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo previsto por el Artículo 63 de la Ley N 9.086, texto reglamentado, bajo la Resolución Ministerial N 341/2009, se faculta a la Secretaria de Administración Financiera de este Ministerio, a autorizar ampliaciones transitorias de Fondos Permanentes, cuando razones excepcionales así lo justifiquen, con posterior ratificación por esta Cartera de Estado, disponiéndose y estableciéndose, a su vez, lineamientos de procedimiento para la rendición correspondiente, y ello a más de facultar - también - a la mentada Secretaria Administración Financiera, a dictar las normas complementarias necesarias para la operatividad de la referida Resolución.
Que, el día 1 de junio próximo inmediato, entra en vigencia la Ley N
10.835 De Administración Financiera y Control Interno del Sector Público No Financiero de la Provincia - cual, entre otras disposiciones transitoria y
finales, deroga la Ley N 9.086, resultando necesario y conveniente en este estadio dejar sin efecto la Resolución Ministerial N 341/2009, a los fines de adecuar oportunamente todo procedimiento interno a la nueva Ley N
10.835 y su Decreto Reglamentario.
Por ello, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ministerial N 341/2009, atento lo expuesto en los Considerando de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N 2023/D-00000266
FDO.: OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 80 - Letra:D

VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
Y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 189/2021, se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio Caminero Único, suscribiéndose el pertinente contrato el día 5 de julio y el Acta de Replanteo confeccionada con fecha 2 de agosto, ambas de 2021. Asimismo, por Resolución N 2023/00000003 se dispuso una ampliación del plazo de obra de 100 días fijando como nueva fecha de finalización de los trabajos el día 9 de mayo de 2023.

la Provincia de Córdoba solicita la Adecuación Provisoria de Precios Nº 7, por las variaciones de costos verificadas en el mes de diciembre del 2022, en la realización de la obra: MEJORAMIENTO CAMINO DE LA RED TERCIARIA T-334-8, T 346-9 Y T-396-7, TRAMO: RP Nº 1 COLONIA DOS
HERMANOS COLONIA MAUNIER COLONIA 10 DE JULIO.

Que por Resolución Ministerial N 2022/00000098 se aprobó la sexta Adecuación Provisoria de Precios al mes de octubre de 2022.
Que obra en autos Solicitud de Adecuación Provisoria realizada por el Consorcio Caminero Único, suscripta digitalmente con fecha 6 de diciembre de 2022.

Córdoba 04 de abril de 2023
Expediente Digital Nº 0045-022964/2021/A35.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/06/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/06/2023

Page count8

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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