Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/06/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MIÉRCOLES 21 DE JUNIO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 113
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE FINANZAS

1

a SECCION

Resolución N 289 Letra:D
Córdoba, 16 de junio de 2023

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 289 Letra:D Pag. 1
Resolución N 292 Letra:D Pag. 1
Ministerio de Gobierno y Seguridad SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN
Resolución N 1 Pag. 2

VISTO:
El Decreto Nº 1693/16 modificado por Decreto Nº 1493/2022 que aprueba el Procedimiento para la implementación y mantenimiento del Proceso de Aprobación de Fraccionamiento Urbanos en la Provincia de Córdoba en el que se crea la Mesa Única de Entrada de Loteos M.E.U.L.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 378 Pag. 3

Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Finanzas es la autoridad de aplicación del procedimiento aprobado por el Decreto N 1693/16 con facultades para disponer las modificaciones que estime pertinentes como así también para el dictado de normas complementarias.
Que mediante Resolución Ministerial N 244 de fecha 16 de septiembre de 2022 se procuró precisar el alcance del procedimiento establecido en el Decreto N 1693/2016 en lo referido a aquellas solicitudes de fraccionamientos que, en su presentación actual, no superasen los 25 lotes o unidades finales.
Que la referida Resolución precisa ser dejada sin efecto ya que dicha materia ha sido regulada en el Decreto N 1493/2022 dictado con posterioridad y por medio del cual se sustituyó el Anexo Único al Decreto N 1693/2016 y modificatorios, en los apartados 2.1.3. y 2.1.4.
Que, por otra parte, y atención a que el nuevo Anexo Único del aludido decreto establece una modificación en la cuarta etapa del procedimiento de MEUL en el que prevé la opción entre la ejecución de obras o el otorgamiento de garantías, luce pertinente requerir que, dentro del plazo previsto en el apartado 5.4.1., el loteador informe a la M.E.U.L., la opción elegida junto con los datos identificatorios del profesional ingeniero que actuará como Director Técnico de obra, con su registración por ante el Colegio Profesional correspondiente.
Por ello, atento lo expresado precedentemente, Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de este Ministerio al N 2023/DAL-00000356.-

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Incentivo Docente Pag. 4

Resolución N 292 Letra:D
Córdoba, 16 de junio de 2023
VISTO:
La delegación de facultades establecida por el Artículo 32 del Decreto N
486/2023, texto reglamentario de la Ley N 10.835 y lo autorizado por el Artículo 38 de la Ley N 10.852.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA CÓRDOBA - EPEC
Disposición N 41375 Pag. 3

EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ministerial N 244 de fecha 16 de septiembre de 2022.Artículo 2º ESTABECLECER que una vez notificados de la aprobación de la Licencia Ambiental, los loteadores deberán optar por la constitución de garantía o la ejecución de obras, debiendo en ambos casos informar a la M.E.U.L. la opción elegida junto con los datos identificatorios del profesional ingeniero que actuará como Director Técnico de obra con su registración por ante el Colegio Profesional correspondiente, dentro del plazo previsto en el apartado 5.4.1. del Anexo Único al Decreto Nº 1693/16 modificado por Decreto Nº 1493/2022 que aprueba el Procedimiento para la implementación y mantenimiento del Proceso de Aprobación de Fraccionamiento Urbanos en la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N 2023/D-00000289
FDO.: OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 10.835, texto reglamentado por Decreto N 486/2023, establece y regula la administración financiera y el control del Sector Público No Financiero de la Provincia de Córdoba, previendo, entre otras, las normas de Modificación Presupuestaria.
Que, por el Artículo 32 de la Ley N 10.835, el Poder Ejecutivo Provincial puede ejecutar las reestructuraciones y modificaciones presupuestarias que sean necesarias, siempre dentro de los límites que la misma norma establece y en este sentido repárese que, mediante la reglamentación del
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/06/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date21/06/2023

Page count4

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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