Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 108
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 780
Córdoba, 6 de junio de 2023
VISTO: el Expediente Digital N 0622-001538/2022 del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones desde el Ministerio de referencia se propicia la titularización de docentes interinos, dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, nominados en autos, en los cargos y Centros Educativos especificados para cada uno de ellos, en los términos del artículo 3 de la Ley N 10.729.
Que la Inspección de la Zona VI de la Dirección General de Educción Técnica y Formación Profesional, dependiente del Ministerio de Educación, insta la titularización de los docentes interinos que nomina, en el ámbito de los establecimientos educativos detallados.
Que al efecto, respecto de los referidos docentes, se adjunta la documentación requerida mediante Memorándums Nros. 3/2021 y 1/2022 de la Secretaría de Educación; incorporándose también la imputación presupuestaria, a fin de atender lo gestionado.
Que se incorpora nota suscripta por la señora Secretaria de Educación, en la que certifica la acreditación por parte de los docentes, de los requisitos de titulación necesarios para la medida que se impulsa.
Que previa validación de lo actuado por la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, se expide favorablemente el servicio jurídico del Ministerio de Educación, a través del Dictamen N
2023/00000238.
Que obra el Visto Bueno del señor Ministro de Educación a la gestión de marras.
Que en ese marco, a mérito de lo informado por las autoridades educativas competentes y las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N 10.729 modificatoria del Decreto-Ley N 214-E/1963, así como el Acta Acuerdo concertada entre el Ministerio de Educación y la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba en fecha 3 de abril de 2020, homologada por Resolución N 189/2020 del Ministerio de Trabajo, y su Adenda de fecha 21 de noviembre de 2021, homologada por Resolución N
427/2021 de la citada Cartera de Trabajo, procede hacer lugar a lo solicitado, disponiendo las titularizaciones de los restantes docentes nominados en autos; con excepción del caso observado por Fiscalía de Estado en su Dictamen N 576/2023.
Que no obstante, de manera previa a la efectivización de las titularizaciones en cuestión, el Ministerio de Educación deberá requerir a los docentes en cuestión la actualización de las certificaciones emitidas por los registros de deudores alimentarios morosos y de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual y/o antecedentes penales, en caso BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 780 Pag. 1
Decreto N 795 Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 273 - Letra:D Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 404 Pag. 5
MINISTERIO DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL
Resolución N 650 Pag. 6
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 38 Pag. 6
Resolución N 101 - Letra:D Pag. 7
Resolución N 174 - Letra:D Pag. 8
Resolución N 175 - Letra:D Pag. 9
AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 116 Pag. 10
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - APROSS
Resolución N 258 Pag. 11
TRIBUNAL ELECTORAL PROVINCIAL
Resolución N 34 Pag. 11

de corresponder, en razón del tiempo transcurrido desde la emisión de aquéllos incorporados en autos. Asimismo, y en tal oportunidad, deberá la Cartera de origen verificar nuevamente lo requerido por el Memorando N
01/22 de Secretaría de Educación y la situación de incompatibilidad de los docentes mencionados, correspondiendo arbitrar las medidas pertinentes en el marco de lo establecido por los Decretos Nros. 3489/1969 y 389/2011.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Coordinación Asuntos Legales del Ministerio de Educación con el N 2023/00000238, por Fiscalía de Estado bajo el N 576/2023 y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DISPÓNESE la titularización de los docentes nominados en el Anexo I el que, compuesto de cinco 5 fojas útiles, forma parte de este instrumento legal, en la órbita de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional del Ministerio de Educación, en los cargos y establecimientos educativos que se detallan para cada uno de ellos.
Artículo 2.- INSTRÚYESE al Ministerio de Educación para que, de manera previa a la efectivización de las titularizaciones dispuestas en el artículo precedente, se requiera a los docentes en cuestión la actualización de las certificaciones emitidas por los registros de deudores alimentarios morosos y de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date12/06/2023

Page count11

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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