Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2021 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 258
CORDOBA, R.A. JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Consejo General de Tasaciones, lo que sumado al 10% adicional autorizado por el artículo 14 de la Ley 6394, e intereses del artículo 13 del mismo régimen legal, hace un importe total y único, definitivo e irrevocable de Pesos Ciento Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con Treinta y Tres Centavos $ 132.446,33, el que se considera que incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de la Ley de Expropiaciones N 6394.
Que asimismo, se acuerda que habiendo abonado al momento de la toma de posesión parte del precio, se paga los propietarios el saldo restante mediante cheques, los cuales son imputados al pago total, único y definitivo.
Que la transferencia de dominio del inmueble a favor del Estado Provincial será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6394.
Que procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, conforme se gestiona, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 13, 14 y 21 de la Ley N 6394, así como las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N
1598/1997 y artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas con el N 442/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N 996/2021 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

para la ejecución de la Red de Accesos a Córdoba RAC, correspondiente a la Ruta Nacional N 19, conforme Ley N 9857, e individualizado por Resolución N 120/2015 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 353/2015, ubicado en Pedanía Yegua Muerta, Departamento Río Primero de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en Matrícula N
861.184, con una superficie a afectar de 6.785 m2 y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento que, como Anexo I, compuesto de doce 12 fojas útiles, integra este acto, suscripto entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de concesionaria de la Red de Accesos a la ciudad de Córdoba y los señores José Enrique ANDRIOLI, D.N.I. N 13.257.813, Mario Héctor ANDRIOLI, D.N.I. N 13.499.281, y Roberto Carmelo ANDRIOLI, D.N.I. N 21.399.848, en su carácter de titulares del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de la obra: DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N 19 TRAMO: VARIANTE
MONTECRISTO - PROGRESIVA 0 + 000 a 10 + 850 .
Artículo 2.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6394.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Artículo 1.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica
ANEXO

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 266
Córdoba, 07 de octubre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0027-077214/2020.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia autorizar un nuevo precio para el Contrato de Servicios, a Cargo de Terceros, que vincula al señor Gabriel Benjamín Pío VENTURA D.N.I. N 11.747.971, con la Administración Pública Provincial.
Que mediante el Decreto N 595/2020, se autorizó la vinculación, bajo la modalidad de Contrato de Servicios a Cargo de Terceros, con el señor Gabriel Benjamín Pío VENTURA, a partir del 15 de agosto de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021; ello así, habiéndose realizado previsiones contables y de control externo, por la Resolución Ministerial N 202/2020, se contrató, en el marco de lo autorizado.

Que mediante el Decreto N 255/2021, el Poder Ejecutivo dispuso prorrogar, desde su vencimiento, hasta el 31de marzo de 2022, el plazo de la autorización otorgada para la vinculación antes referenciada y, en tales BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

términos y por Resolución Ministerial N 150/2021, se dispuso imputar el egreso proyectado, equivalente al precio total de pesos novecientos sesenta mil $ 960.000.-, esto es, la suma de pesos pesos ochenta mil $
80.000,00 mensuales.

Que, mediante Decreto N 1093/2021, el Poder Ejecutivo autorizó para la aludida contratación y a partir del 1 de octubre de 2021, el precio mensual de pesos noventa y seis mil $ 96.000,00.
Que se incorpora el documento contable de rigor, consecuente a la diferencia existente entre el precio mensual vigente y el autorizado últimamente Orden de Compra N 2021/000057.01.

Por todo ello, de acuerdo a lo relacionado, lo previsto por el artículo 54
del Decreto N 1615/2019, ratificado por la Ley N 10.726 y lo autorizado por el Decreto N 595/2020, N 255/2021 y N 1093/021, Orden de Compra N 2021/000057.01 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N 483/2021, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º AUTORIZAR un nuevo precio para el Contrato de Servicios, a Cargo de Terceros, que vincula al señor Gabriel Benjamín Pío VENTURA

3

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date16/12/2021

Page count6

Edition count4126

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031