Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 266
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

PODER EJECUTIVO
Decreto N 507
Córdoba, 31 de mayo de 2021
VISTO: el Expediente N 0110-102263/2002 del registro de la entonces Dirección de Educación Media y Superior del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con las gestiones realizadas por el Ministerio de Educación, a efectos del recupero de haberes indebidamente liquidados a la señora Gabriela Alejandra CILENTI, ex agente dependiente de la Cartera actuante.
Que del informe producido por la Jefatura de Sección Sueldos DEMES de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación de fecha 02/10/2018, surge que la señora Cilenti registra una deuda por la suma líquida de Pesos Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve con Doce Centavos $ 8.859,12, originada en el registro extemporáneo de la licencia sin goce de haberes convalidada mediante Resolución N 2273/2007 de la Dirección General de Educación Media Especial y Superior de dicha cartera, correspondiente al periodo comprendido entre los días 26/02/2007 al 26/03/2007.

Que se acompañan los medios de notificación en virtud de los cuales se intimó a la señora Cilenti para la devolución de la suma adeudada consignada precedentemente, a saber: Notificación vía web desde la plataforma digital Ciudadano Digital Ci. Di. del día 19/10/2018 y Cartas Documento OCA CDH0047459 3, CDD0091166 8 y CDD0091180
4, de fechas 23/10/2018, 14/11/2018 y 27/11/2018, respectivamente, piezas devueltas por el servicio postal bajo los códigos 05- domicilio incompleto o 02-se mudó.
Que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos del mencionado Ministerio informa que se han agotado las gestiones administrativas en orden al recupero de la suma adeudada por la ex agente.
Que en ese marco, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 4027, inciso 3, del Código Civil, vigente hasta el 31 de julio de 2015 y aplicable en la especie en virtud de lo establecido por el artículo 2537 del Código Civil y Comercial de la Nación, así como la jurisprudencia imperante en la materia, el crédito por la suma dineraria, cuyo recupero se persigue, se encuentra prescripto a fecha presente, razón por la cual resulta inconveniente el inicio de la acción judicial enderezada a aquél fin.
Que en consecuencia, procede en la instancia declarar incobrable el crédito de que se trata, en virtud de lo dispuesto en el artículo 76, segundo párrafo, de la Ley Nº 9086.

Que sin perjuicio de lo expuesto, corresponde remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Investigaciones Administrativas dependiente de Fiscalía de Estado, para el inicio de la investigación de rigor, a fin de deterBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
poder ejecutivo Decreto N 507 Pag. 1
Decreto N 656 Pag. 2
Decreto N 1488 Pag. 2
Decreto N 1525 Pag. 3
Decreto N 1532 Pag. 4
Decreto N 1534 Pag. 5
ministerio de obras públicas Resolución N 381 Pag. 6
ministerio de educación Resolución N 889 Pag. 6
secretaría general de la gobernación Resolución N 77 Pag. 7
ministerio de finanzas subsecretaría compras, presupuesto e inversiones públicas Resolución N 3 Pag. 8
ministerio de ciencia y tecnología subsecretaría de nuevas tecnologías y economías del conocimiento Resolución N 20 Pag. 8
empresa provincial de energía córdoba - epec Resolución N 84720 Pag. 10
Resolución N 84757 Pag. 10
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Número 1176 - SERIE A Pag. 10
Acuerdo Número 1187 - SERIE A Pag. 11

minar la responsabilidad de los agentes y/o funcionarios involucrados en la errónea liquidación de haberes, así como en las tardías e infructuosas gestiones de recupero por parte de la Jurisdicción de origen.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 797/2019 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DECLÁRASE incobrable el crédito a favor de la Provincia de Córdoba respecto de los haberes indebidamente liquidados a la señora Gabriela Alejandra CILENTI, D.N.I. N 23.763.675, ex agente del Ministerio de Educación, por la suma líquida de Pesos Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve con Doce Centavos $ 8.859,12, en los términos del artí-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date27/12/2021

Page count12

Edition count4120

First edition01/02/2006

Last issue20/04/2024

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