Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/12/2021 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en autos Póliza de Caución Sustitución Fondo de Reparo de Obras Públicas N 569232, Condiciones Particulares y Condiciones Generales, con vigencia desde las 0
horas del día 24 de septiembre del 2021 hasta la extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre, y Anexo A - Endoso Nº 0 donde se consigna que los aseguradores son Consorcio Caminero Único y Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba Ministerio de Obras Públicas Dirección Provincial de Vialidad, emitida por Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A. - CUIT 30-70918794-1, por un monto de Pesos Diez Millones $
10.000.000,00, en relación a la obra de referencia, constituyendo el asegurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado.
Que según constancias del Portal de Obras Públicas POP la obra de que se trata registra un avance acumulado del 16,90%, conforme MEDICIÓN
MENSUAL N 007-0 CORRESPONDIENTE AL PERIODO OCT-2021.
Que obra Dictamen Nº 477/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas N
8614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones Decreto N 4758/77
puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos certificados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emitido en caso de así correspondery para los que se emitan en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 477/2021 y en uso de sus atribuciones;

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 249
CORDOBA, R.A. JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR la sustitución anticipada del Fondo de Reparo mediante Póliza de Seguro de Caución N 569232, Condiciones Particulares y Condiciones Generales y Anexo A Endoso Nº 0, para aquellos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra:
MEJORAMIENTO CAMINO RURAL DE LA RED SECUNDARIA S-130
LAS PEÑAS LOS MISTOLES DEPARTAMENTO TOTORAL, expedida por Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A., C.U.I.T. N
30-70918794-1, por un monto de Pesos Diez Millones $ 10.000.000,00, hasta cubrir dicho monto, debiéndose reservarse en la Unidad Ejecutora, el original de la Póliza aludida.
Artículo 2.- FACÚLTASE a la Dirección Provincial de Vialidad a emitir los Certificados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección Provincial de Vialidad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Resolución N 398
Córdoba, 24 de noviembre de 2021

Y CONSIDERANDO:
Que el expediente de referencia se tramita en expediente electrónico, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas en adelante POP, de conformidad a lo prescripto por Ley N 10.618, su Decreto Reglamentario N 750/19, la Resolución N 1 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización, la Resolución N 20 de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de aplicación en la especie.

Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte la existencia de
Acta de Replanteo; con un avance real acumulado al mes de julio de 2021
del 1,00% - según archivos titulados RESUMEN MEDICIÓN MENSUAL
N 001 CORRESPONDIENTE AL PERIODO AGO - 2021 y MEDICIÓN
MENSUAL N 001 CORRESPONDIENTE AL PERIODO AGO 2021.
Que por Nota de Pedido N 2 de fecha 3 de agosto de 2021, la contratista solicita la aprobación de un nuevo plan de trabajo y curva de inversión, habiendo renunciado expresamente a reclamar los gastos improductivos, gastos generales directos e indirectos, como cualquier otro que pudiera corresponder por la instrumentación, tramitación aprobación y/o aplicación del Nuevo Plan de Avance y Curva de Inversión solicitada.
Que se acompaña Informe Resumen de Nuevo Plan de Avance y Curva de Inversión, en virtud del cual se desprende que el Consorcio Caminero único, contratista de la obra de referencia, solicita la aprobación del Nuevo Plan de Avance y Curva de Inversión: Dado que no se cuenta a la fecha entre los elementos del expediente del Contrato con planos del desarrollo Planialtimétrico del tramo a ejecutar, al igual que se carece de estudios de drenaje ni definición del esquema de escurrimiento y su respectivo sistema de alcantarillas, se limitarán los trabajos a ejecutarse en los próximos 60 días a los Ítems de limpieza de terreno y movilización de obra, dando así lugar temporal a la Inspección y/o Comitente para completar y definir los aspectos técnicos del
un archivo titulado Índice, haciendo plena fe de su contenido.

Que la obra mencionada fue adjudicada al Consorcio Caminero Único, creado por Ley N 10.546 y su Decreto Reglamentario N 1053/2018, por Resolución Ministerial N 189 de fecha 2 de junio de 2021, suscribiéndose el pertinente contrato de obra con fecha 5 de julio de 2021 y el acta de replanteo total confeccionada con fecha 2 de agosto de 2021. Fijando el plazo de ejecución de obra en 365 días a contar desde la fecha del
proyecto pendientes, indicando además que al momento de replanteo de la obra, no se contaba aún con el proyecto ejecutivo definitivo y que el mismo se efectúa en forma conjunta entre la dirección y la contratista, esto genera la necesidad de disminuir el ritmo de inversión durante los primeros dos meses del plazo de obra para efectuar los relevamientos correspondientes y efectuar la definición de la rasante por lo que se reformulo la programación de las tareas en los meses subsiguientes, ello conforme lo normado por el artículo IV.1.9

Expediente N 0045-022964/2021/A9.VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como Coordinadora de la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único, propicia la aprobación del nuevo plan de avance y curva de inversión, correspondientes a la obra: MEJORAMIENTO CAMINO DE LA RED TERCIARIA T-334-8, T
346-9 Y T-396-7, TRAMO: RP Nº 1 COLONIA DOS HERMANOS COLONIA MAUNIER COLONIA 10 DE JULIO.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/12/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/12/2021

Page count17

Edition count4142

First edition01/02/2006

Last issue17/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031