Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/12/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 249
CORDOBA, R.A. JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 9º PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2022 la fecha tope del período establecido en el primer párrafo del?artículo 6?del Decreto N
976/2021.

Artículo 11º FACULTAR a la Dirección General de Rentas a dictar las normas complementarias que considere necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 10º PRORROGAR hasta el período Abril de 2022 inclusive, el beneficio de exención dispuesto por el tercer párrafo del artículo 6 del Decreto N?976/2021 para los contribuyentes del régimen simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -artículos 250 y siguientes del Código Tributario Provincial?Ley N?6006, T.O. 2021-.

Artículo 12º PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

FDO DIGITALMENTE.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

Resolución N 73 - Letra:D
Córdoba, 30 de noviembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0473-081072/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 217/20, el Poder Ejecutivo Provincial estableció la exención, hasta el 30 de junio de 2020, del pago del Impuesto de Sellos a los actos, contratos y/o instrumentos celebrados en la Provincia de Córdoba, que se encuentren destinados o afectados al desarrollo, cumplimiento y ejecución de los distintos programas, acciones y/o medidas que instrumente el Poder Ejecutivo, en el marco de la emergencia sanitaria establecida por Ley N 10.690 y demás normativa complementaria.
Que por el Decreto Provincial N 252/20, se dispuso, hasta el 30 de Junio de 2020, una exención tributaria en el Impuesto de Sellos a los actos, contratos y/o instrumentos que realicen las instituciones financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias, en la Provincia de Córdoba, con motivo del otorgamiento, renovación, cancelación y refinanciación de préstamos destinados -con fines específicosa empresas MiPymes micro, pequeñas y medianas empresas, en el marco de las consideraciones y/o limitaciones que en dicho Decreto se establecieron.

Que, a través de los citados instrumentos legales, se facultó al Ministerio de Finanzas a prorrogar la fecha límite de vigencia de las disposiciones establecidas en los mismos.
Que conforme lo dispuesto en la Resolución N 43D/2021 de este Ministerio, la fecha referida en los párrafos precedentes, se encuentra prorrogada hasta el 30 de noviembre de 2021.
Que más allá de las recientes medidas de flexibilización sanitaria
adoptadas por el Estado Nacional, las cuales tienen una incidencia directa en el desarrollo de actividades económicas en el contexto de pandemia por COVID-19, se estima que, a la fecha de la presente Resolución, subsisten las consecuencias de los impactos negativos que la pandemia generó en la economía en general y, en particular, en los distintos sectores o agentes económicos.
Que, en tal sentido, y como una medida más adoptada por esta Administración Tributaria Provincial tendiente a coadyuvar con los contribuyentes que enfrentan los referidos efectos negativos, resulta conveniente prorrogar hasta el 30 de Abril del 2022, la vigencia de las exenciones en el Impuesto de Sellos establecidas por los Decretos N 217/2020 y 252/2020.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Unidad de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 41/2021 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 602/2021, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1º PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2022, la fecha límite de vigencia de las disposiciones contenidas en los Decretos N 217/2020 y N 252/2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de ambos Decretos.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO DIGITALMENTE.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 396
Córdoba, 24 de noviembre de 2021
Expediente Nº 0045-023006/2021/A5.VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de los Fondos de Reparo de la obra: PAVIMENTACIÓN ACCESO A SILVIO
PELLICO RUTA PROVINCIAL Nº S-336 TRAMO: RUTA PROVINCIAL
Nº 2 SILVIO PELLICO DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTIN
PROVINCIA DE CÓRDOBA.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas POP, de conformidad a lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019, la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la exis-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/12/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/12/2021

Page count17

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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