Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/09/2020 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIX - Nº 222
CORDOBA, R.A. JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
c Contribuir al desarrollo profesional y la movilidad del capital humano calificado en comercio exterior, para atender las necesidades del sector industrial exportador de la Provincia;
d Promover la especialización teórico-práctica de egresados de carreras afines al Comercio Exterior, residentes en la Provincia de Córdoba.
Artículo 3.- FACÚLTASE al Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar, en el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa Provincial de Promoción del Empleo, para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la implementación del presente Programa y, a determinar los cupos de beneficiarios y el monto de la asignación estímulo a otorgar a los mismos, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la jurisdicción.
samente en la normativa específica del presente Programa.
Artículo 5.- EL Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar gestionará ante el Ministerio de Finanzas, las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender las erogaciones del presente Programa.
Artículo 6.- EL presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 7.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR LAURA JUDITH JURE, MINISTRA DE
Artículo 4.- ESTABLÉCESE la aplicación supletoria del Decreto N
840/16 y la Ley N10.236, para todos los aspectos no comprendidos expre-
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PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DE LA ECONOMÍA FAMILIAR - JORGE EDUARDO
CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.
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